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lunes, agosto 31, 2009

Peligroso homicida, libre de nuevo

Si a esta hora no ha ocurrido, en cualquier momento puede quedar libre de nuevo José Antonio Zorrilla, autor intelectual, según sentencia firme, del asesinato del periodista Manuel Buendía. El viernes pasado un tribunal le otorgó amparo para ciertos efectos y, dados los antecedentes, es posible que el gobierno de la ciudad de México se escude en esa resolución judicial, que no ordena la libertad del ex jefe de la policía política mexicana, para dejar que una vez más abandone la prisión en que debería permanecer diez años más.Zorrilla fue dejado en libertad anticipada en febrero pasado, cuando estaba a punto de cumplir veinte años preso, en vez de los treinta y cinco que fijó la sentencia original. Con motivo del vigésimo quinto aniversario del homicidio de Buendía, el 30 de mayo siguiente se inició un vigoroso movimiento de periodistas y agrupaciones y empresas relacionadas con la información, en demanda de que Zorrilla retornara a la cárcel, pues su liberación era ilegal e ilegítima. En entrevistas públicas, el jefe y el secretario del gobierno capitalino Marcelo Ebrard y José Ángel Ávila se comprometieron a revisar el proceso de liberación y, como resultado de ese compromiso, Zorrilla fue reaprehendido. En vista de que su liberación denotaba una aplicación torpe o venal de la ley aplicable, como parte del movimiento que demandó revocar la libertad del antiguo director federal de seguridad, insistí en conocer —no hay impedimento para hacerlo— la orden respectiva. Fue imposible acceder a ese documento. Cuando más, recibí una suerte de recado, como las “tomas de razón” que copian los pasantes de derecho para seguir el curso de los expedientes. Temí que se tratara de un documento fácilmente combatible ante los tribunales de amparo, para que Zorrilla saliera de nuevo a la calle, esta vez sin el riesgo de que nadie urgiera al cumplimiento de su sentencia.Mi prevención parece cobrar cuerpo. El 17 de junio, una semana después de su reingreso a la prisión, Zorrilla demandó amparo contra la revocación de su libertad. Por una extraña casualidad, el juicio de garantías fue a dar al mismo juzgado octavo de distrito de amparo en materia penal que en diciembre pasado había sentado las bases para que la autoridad capitalina permitiera a Zorrilla salir libre. Y por la misma peculiar coincidencia el mismo tribunal segundo colegiado que en febrero pasado confirmó la sentencia de primera instancia, a raíz de la cual a la velocidad del rayo el asesino de Buendía quedó en libertad, repitió esa operación ahora. En ninguno de los dos juicios los juzgadores federales ordenaron la liberación; sólo protegieron a Zorrilla para que la dirección de ejecución de sanciones penales del gobierno capitalino fundara y motivara sus decisiones. En vez de hacerlo, y pretextando que la justicia lo había dispuesto así, esa autoridad administrativa dejó a Zorrilla irse a su casa hace seis meses y medio. Volverá, me temo, a parapetarse en la nueva sentencia de amparo para reconocerse derrotada y permitir que por segunda vez, ahora definitivamente Zorrilla se beneficie de una libertad que no merece.La sentencia firmada el viernes pasado por unanimidad de los magistrados del segundo tribunal colegiado de amparo en materia penal ordena a la dirección de ejecución de sanciones penales dejar insubsistente la revocación dictada en junio y actuar “conforme a sus atribuciones legales”, esto es, en plenitud de jurisdicción, lo que quiere decir que puede reiterar la revocación. Pero como es manifiesta la decisión de beneficiar a un homicida, es de temer que lo haga una vez más.Zorrilla no tenía derecho a la libertad anticipada. De las tres formas de esa figura, dos eran claramente inaplicables en su caso. El artículo 42 de la Ley de ejecución de sanciones penales del Distrito Federal expresamente ordena que el tratamiento preliberacional y la libertad preparatoria deben ser negados a los sentenciados por homicidio calificado, que es el caso de Zorrilla. Se le otorgó entonces la tercera forma de la libertad anticipada, remisión parcial de la pena. Consiste en que por cada dos días de trabajo se disminuya uno de prisión. Zorrilla no emprendió nunca actividades laborales ni participó en tareas educativas, requisitos para ese beneficio. Y es dudoso que se pueda calificar como buena conducta —otra de las condiciones para obtener esa forma de libertad anticipada— a la vida regalada que le depararon la fortuna que presumiblemente obtuvo en sus tratos con el narcotráfico, y su relación con Rafael Caro Quintero, de quien recibió la celda que éste ocupaba en un reclusorio capitalino cuando fue trasladado al Altiplano donde ahora se halla. En otra de las varias casualidades presentes en este caso, el director de prisiones del Distrito Federal en 1989, cuando Zorrilla fue atrapado después de escapar cinco años a la justicia, era José Manuel Casaopriego, que ahora, como director de ejecución de sanciones ha tenido en sus manos la suerte de Zorrilla y es manifiestamente inclinado a favorecerlo.Aunque haya sido cometido hace un cuarto de siglo, el asesinato de Manuel Buendía no puede pasar inadvertido ahora, cuando es más eficaz que nunca el nexo entre autoridades y delincuentes. Así como abundan quienes estiman que Carlos Gardel canta cada vez mejor, también puede asegurarse que Zorrilla es tanto o más peligroso que cuando ultimó al mayor columnista político del medio siglo reciente. Su poder económico está intacto. Debe cumplir su sentencia.— México, D.F.
ma@granadoschapa.com

sábado, junio 06, 2009

Revocar la libertad de Zorrilla


Meses antes de que se cumplieran, el 30 de mayo, veinticinco años del asesinato de Manuel Buendía, el autor intelectual de su homicidio, José Antonio Zorrilla Pérez, quedó en libertad. Está libre diez años antes de cumplir la sentencia que purgaba en el Reclusorio Oriente del Distrito Federal. Me pregunto cuánto costó una década de prisión. Formulo la cuestión porque Zorrilla fue liberado contra la ley y en circunstancias que deben ser investigadas, por el director ejecutivo de Sanciones Penales del gobierno capitalino, José Manuel Casaopriego Valenzuela, probablemente con la participación, por acción u omisión del propio secretario de Gobierno José Ángel Ávila Pérez.

Fue de tal modo ilegal la liberación de Zorrilla Pérez, el 18 de febrero pasado, que la resolución respectiva está dirigida a Casaopriego y firmada por él mismo. Debía haberla signado Ávila Pérez, pero en su antefirma se declara que está ausente y por eso el destinatario se convirtió en el remitente. Sospecho que Ávila Pérez eligió no comprometerse con su rúbrica a desdecirse en febrero de lo que había afirmado en diciembre anterior. En esta fecha había solicitado la revisión del amparo otorgado por la justicia federal a Zorrilla Pérez y sostenido, por lo tanto, que el exdirector de la policía política mexicana debía permanecer en prisión.La liberación de Zorrilla no fue decidida por la justicia federal. Es verdad que un juez y un tribunal colegiado lo ampararon para que se emitiera una nueva resolución, dejando insubsistente la que en octubre del año pasado por enésima ocasión negó a Zorrilla la libertad anticipada. Pero el juez octavo de distrito no ordenó dejar en libertad al asesino de Buendía. Dispuso que la autoridad responsable, la Secretaría de Gobierno, emitiera una nueva resolución que fundara y motivara el acto reclamado (pues el juzgador consideró, y por eso y para eso lo amparó, que no lo había hecho la propia secretaría). Pero el juez dejó en libertad a la autoridad capitalina para actuar en plenitud de jurisdicción, por lo que la nueva resolución pudo ser emitida en el mismo sentido, es decir negando la libertad, sólo que fundando y motivando la negativa.Zorrilla no debía haber salido de la prisión antes de cumplir su condena, que se ejecutaba con grandes privilegios procesales y materiales. En vez de purgar sucesivamente las dos sentencias por homicidio que se le dictaron, logró que se cumplieran simultáneamente. Zorrilla no fue sólo condenado por el asesinato de Buendía, de cuya amistad se jactaba, sino también por la muerte de José Luis Esqueda, su amigo de juventud, con quien había realizado sus iniciales correrías políticas. Pero Esqueda se convirtió en una suerte de conciencia incómoda para Zorrilla. Habían concebido el sueño de hacer carrera política, Esqueda en Morelos, Zorrilla en Hidalgo, apoyándose mutuamente. El hidalguense gozó fortuna política antes que su amigo, y éste fue quedándose en una suerte de subordinación que no le restaba lealtad. Por ella no dejó de reprochar a Zorrilla el tren de vida a que se incorporó una vez designado director Federal de Seguridad, y el origen de los recursos que lo permitían. Para evitar que alguna vez Esqueda revelara las entretelas de su amigo, éste –calificado claramente como egocéntrico en los exámenes sicológicos carcelarios– lo quitó del camino. Mandó matarlo con el mismo cálculo frío con que resolvió asesinar a Buendía.Todavía al impugnar la sentencia del juez octavo, el secretario de Gobierno argumentó que Zorrilla no había sido readaptado, como es el propósito de la reclusión: “el quejoso no labora, no tiene participación escolar y sólo cuenta con 3970 días laborados, y en ese sentido se hace necesario mencionar que el hecho de que el interno cuente con dos licenciaturas que obtuvo durante su vida en libertad no implican que esté readaptado socialmente, ya que dichos estudios profesionales no lo inhibieron para que cometiese dos veces el delito de homicidio…”Agregó la autoridad responsable al solicitar la revisión del amparo que “el quejoso niega la comisión del delito, no posee conciencia delictiva, no obstante que fue encontrado culpable de la comisión del delito de homicidio calificado en agravio de Manuel Buendía Téllez Girón… al no haber conciencia delictiva, no existe conciencia del daño causado tanto a la persona a la que se privó de la vida como a su familia y el propio daño que se comete a la sociedad con estos delitos…”La Secretaría General había considerado también que la propuesta del Consejo Técnico Interdisciplinario del Reclusorio Preventivo Varonil Oriente del Distrito Federal, favorable a Zorrilla, no vinculatoria, no la obliga a proceder en tal sentido, sino era sólo uno de los factores a tomar en cuenta. En febrero, sin embargo, ese dictamen, en que “se propone por mayoría (a Zorrilla) como candidato para obtener el beneficio de la libertad preparatoria”, se transformó en el argumento para liberar al homicida. En la nueva resolución, firmada por Casaopriego y dirigida a Casaopriego se declara, en sentido contrario a lo expuesto, que Zorrilla está readaptado socialmente, por lo cual “esta autoridad ejecutoria tiene a bien concederle el beneficio de la remisión parcial de la pena a José Antonio Zorrilla Pérez”. El documento entra en franca contradicción consigo mismo en la línea siguiente, al explicar que “el otorgamiento de este beneficio se sustenta en los estudios técnico interdisciplinarios practicados al interno, al encontrarse avances en su proceso de readaptación social” (las cursivas son mías).En la resolución liberatoria se impuso a Zorrilla la obligación de acudir cada treinta días a la Dirección Ejecutiva de Sanciones Penales “para firma y seguimiento de sus obligaciones en libertad”. Se estipuló así mismo que debe “residir en el domicilio que para tal efecto señale a esta dirección ejecutiva, y del cual no podrá ausentarse sin permiso de la misma”. El incumplimiento de estas condiciones puede provocar la revocación de su libertad. Tengo informes de que Zorrilla ha ido a residir a uno de los muchos bienes inmuebles que posee y de los que no se le privó: un rancho en las inmediaciones de Atotonilco el Grande, en Hidalgo. Es probable que no haya acudido a la firma obligatoria los días 18 de marzo, de abril y de mayo, por lo que acaso está en situación de perder su libertad.También sería revocable su libertad si la resolución que se la otorgó fuera declarada nula por sus deficiencias jurídicas. El juez octavo de distrito ordenó emitir una nueva resolución fundada y motivada, y la que liberó a Zorrilla no cumple esos requisitos del artículo 16 constitucional. La sentencia judicial debe ser cumplida por la autoridad responsable, y el firmante del documento liberador no encarna a la autoridad responsable.Zorrilla debe volver a la prisión. El recuerdo de sus víctimas, Esqueda y Buendía, nos urge a esforzarnos en conseguir ese objetivo. l