1. El gobierno neofascista de Calderón acaba de presentar en las Cámaras legislativas su propuesta de reforma de la Ley Federal del Trabajo. La LFT, dependiente del artículo 123 Constitucional, es una ley –aunque contradictoria porque permite ataduras al gobierno y líderes venales- ha sido una ley avanzada comparada incluso con la ley del Trabajo yanqui. En 1970, cuando se hizo la reforma y se proclamó la “Nueva Ley Federal del Trabajo”, además del amplio respeto a la contratación colectiva, al derecho de huelga y a la sindicalización, se decía: “contiene más prestaciones legales que favorecen a los trabajadores: mejoramiento y protección de los salarios, otorgamiento de habitaciones, primas de antigüedad para retiros voluntarios, efectividad del derecho de participar en las utilidades, así como preceptos procesales con intención de mejorar la justicia obrera, etcétera.
2. La ley de Calderón será sólo la legalización –de lo que se ha venido registrado desde principios de los años ochenta- de una mayor explotación y opresión contra los trabajadores. Ante el gigantesco desempleo, de un débil sindicalismo y de la lucha social, la ley sólo puede beneficiar a los empresarios locales y transnacionales. Desde principios de los años ochenta habían –con el modelos de las maquiladoras- habíamos vista cómo sería el modelo de explotación que se impondría en el país: a) contratación individual por tiempo y obra determinada; b) prohibición y restricción a la organización sindical; c) desaparición de las conquistas históricas de los trabajadores; d) despido permanente a quienes violen reglas patronales; e) apoyo absoluto del gobierno a la patronal; f) gigantesco desempleo y explotación. Bueno eso es lo negativo, porque lo positivo será quizá es estallido de grandes rebeliones sociales.
3. Calderón negociará nuevamente con el PRI el apoyo de los legisladores priístas a las propuestas de ley de Trabajo. Sabe que para avanzar con sus “reformas estructurales privatizadoras” a favor de la empresa local y transnacional, cualquier oferta es pequeña. Ya el PRI está listo con sus propuestas a cambio de sus votos. ¿Qué pedirá el PRD a cambio de los suyos? Aunque no se quiera aceptar “los burros y tontos” presidentes panistas –Fox y Calderón- han logrado avanzar sobre el petróleo, la electricidad, la minería y ahora sobra la ley del trabajo. Los dirigentes panistas dicen: “mientras negociamos con el PRI, aunque los perros ladren” Y sí, escribimos miles de artículos, salimos a la calle, participamos en foros, se chismea y lloriquea en los cafés hablando mal del gobierno. Mientras el PAN y el PRI negocian votos y aplastan los intereses de los trabajadores y el pueblo.
4. Desde antes de la muerte de Fidel Velázquez en 1997 –el líder corrupto de 3 millones de obreros- venía gestándose aceleradamente la reforma de la ley del trabajo. La política y la economía neoliberal que se había impuesto en el mundo desde los tiempos de los gobierno ingles y yanqui de la Teatcher y Reagan. La implantación de las empresas maquiladoras en varios estados de la República, sobre todo en la frontera con los EEUU fue el modelo. Esas empresas maquiladoras no tuvieron responsabilidad alguna con México, mucho menos con sus trabajadores. Sólo fueron empresas de explotación intensiva mediante amenazas de despido y aprovechándose de la intensa crisis económica y de desempleo que tenía el país. Eran “tan atentas” que recogían a las humildes campesinas en sus pueblos, las encerraban durante ocho o diez horas y luego las devolvían.
5. Fue durante el gobierno de Zedillo (1994-2000) –que no hizo otra cosa que continuar con la política salinista o neoliberal- cuando Velázquez fue a visitar al presidente de la confederación de patrones, Carlos Abascal, para proponerle la “unidad”. Abascal había avanzado mucho con la fuerza de la patronal y a los pocos años fue Fox el que lo impuso como secretario del Trabajo y luego como de Gobernación. El monseñor Abascal fue todo un personaje para partirle la progenitora al movimiento obrero. Pero allí se sellaba una gran alianza entre la patronal y la iglesia con el sector más corrupto del sector obrero oficial. En los hechos ya se imponía la contratación individual y el trabajo por tiempo y hora determinada, pero era necesario para los empresarios legalizar lo que ya era un hecho. Se retrazó mucho pera ahora Calderón y el PRI –con esa experiencia que tiene para intercambiar favores- la aprobarán.
6. Si los grandes empresarios no le hacen un monumento gigantesco, en medio del Zócalo de la ciudad de México, a Salinas, Fox y Calderón por lo mucho que han hecho para agrandar su poder, serían unos tontos malagradecidos. Quizá también habría que poner abajo a De la Madrid y Zedillo porque también ellos dieron un buen empujón a la economía neoliberal. Nadie puede negar que si en algún país la privatización de la economía trajo magníficos resultados para los grandes empresarios y políticos, fue en México. Fueron tan hábiles e “inteligentes” que transformaron a la débil izquierda de los sesenta y setenta en arrastrados socialdemócratas abiertos a negociar y apoyar. Hoy los que quedan son unos cuantos “loquitos” que seguimos soñando –ilusamente- con una revolución, una transformación profunda que hemos situado, objetivamente, en los próximos 100 años.
7. ¿Y el socialdemócrata PRD, el lópezobradorismo y la izquierda no electoral cómo quedarán? Pues sencillo: “chiflando en la lona” como siempre; conformándose con realizar unos cuantos mítines de protesta, con mentarle la madre a los empresarios y el gobierno e ir triste a su casita a ver televisión. Nos han jodido como han querido por falta de inteligencia para lograr estrategias unitarias de lucha social. APPO dividida, AMLO arando en el mar, PRD entregado al gobierno, EZLN silenciado, mineros perseguidos, atenquenses encarcelados, la CNTE atomizada y el 95 por ciento de la población viendo televisión, desahogándose con el fútbol o escuchando a los curas. Pero ni modo, hay que salir a la calle y seguir defendiendo aunque sea la poca dignidad que nos queda. Quizá en una de esas pobretonas batallas podamos estar prendiendo la chispa que incendie la pradera.
pedroe@cablered.net.mx
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domingo, marzo 21, 2010
Joder obrero
México: ¡Agárrense trabajadores!, ahora les madrearán legalmente, antes era sólo en los hechos.
domingo, marzo 07, 2010
Sedesol: publicidad millonaria en programas ineficientes
Durante 2008 y 2009, la Secretaría de Desarrollo Social gastó más de 22 millones de pesos en publicidad en medios de comunicación. En la información que reporta la dependencia, hay inconsistencias respecto de los recursos gastados. Tres de los programas sociales que gozaron de difusión fueron señalados por la Auditoría Superior de la Federación por ineficiencias en su desempeño.
En los dos últimos años, la Secretaría de Desarrollo Social (Sedesol) ha gastado 22 millones 470 mil 200 pesos en publicitar sus programas. Casi la mitad de esos recursos se usaron en la difusión en medios electrónicos, impresos y digitales del Programa 70 y Más, el Programa Estancias Infantiles para Apoyar a Madres Trabajadoras y el Programa de Apoyo Alimentario en Zonas de Atención Prioritaria, mismos que la Auditoría Superior de la Federación (ASF) señala como deficientes en su desempeño, en el más reciente informe de la Cuenta Pública.
De acuerdo con el Informe del resultado de la revisión y fiscalización superior de la Cuenta Pública 2008, el Programa 70 y Más, que otorga apoyos económicos a personas mayores de 70 años en condiciones de pobreza, no contó con mecanismos adecuados para identificar a su población objetivo y canalizarle recursos adecuadamente; mientras que en el Programa Estancias Infantiles para Apoyar a Madres Trabajadoras también se detectó una carencia de regulación en la operación.
Las facturas correspondientes a la contratación de publicidad en 2008 y 2009, de las que Contralínea tiene copia, revelan que, en total, la Sedesol pagó 97 inserciones publicitarias en diarios y 23 en revistas, así como cinco espectaculares y afiches. Aunque la secretaría no entregó facturas que constataran la difusión de estos programas en medios electrónicos, sí pagó 702 mil 908 pesos a la empresa Radio y Televisión de Aguascalientes y 6 mil 400 pesos a Lomas Postproducción, SC, por la producción de spots para televisión y radio del Programa 70 y Más.
También se destinaron 426 mil pesos al pago de dos estudios de medición de las campañas publicitarias, que fueron encargados en diciembre de 2008 y mayo de 2009 a la empresa Varela Maldonado y Asociados, SA de CV, misma que en 2007 fue contratada por la Presidencia de la República para servicios de asesoría en análisis político. La firma que dirige Carlo Varela Maldonado fue señalada por haber colaborado “estrechamente” en la campaña presidencial de Felipe Calderón Hinojosa, como consta en la nota “Vinculan a la Fepade con la defensa jurídica del panista Felipe Calderón”, del reportero Jaime Avilés, publicada el 1 de agosto de 2006 en el periódico La Jornada.
Informe de gobierno, oportunidad para promocionarse
Las facturas, entregadas a través de una solicitud de información pública, muestran que en los días posteriores al Segundo informe de gobierno de Calderón Hinojosa, la Sedesol pagó 2 millones 187 mil 162 pesos por inserciones en periódicos para difundir los “logros de la política social”, como se describe en dichos documentos.
El consorcio Medios Masivos Mexicanos, SA de CV, que agrupa a 89 medios locales, ganó 321 mil 485 pesos por 15 inserciones en las páginas de los diarios Tabasco Hoy, El Diario de Colima, El Diario (ediciones Chihuahua y Juárez), El Debate de Culiacán, El Diario de Morelos; así como el potosino Pulso, Novedades de Campeche, El Bravo de Tamaulipas y El Dictamen de Veracruz.
La ASF apunta que la Sedesol tampoco cumplió con las disposiciones normativas respecto del manejo, control y registro de los recursos del Programa de Apoyo Alimentario en Zonas de Atención Prioritaria, al no haber efectuado un diagnóstico inicial sobre su conveniencia, viabilidad y eficiencia, “lo que limitó el ejercicio de los recursos y propició una reducción de 35 por ciento en el presupuesto autorizado” para dicho programa.
Pese a los problemas que derivaron de su incorrecta ejecución, el proyecto fue promocionado por la Sedesol a través de televisión, radio e internet. Además del gasto de 721 mil 891 pesos que supuso la transmisión de spots por parte de las empresas High Television México, SA de RL de CV; Radiodifusoras Asociadas, SA de CV, y Sociedad Mexicana de Radio, SA de CV, también se erogaron 790 mil 205 pesos en la producción de dichos anuncios.
A las firmas Imagen Soluciones Integrales, SA de CV, y Promotora de Servicios Informáticos y Administrativos, SA de CV, se les pagaron 234 mil 500 pesos por la colocación de banners publicitarios en internet. Los diarios de los grupos Ediciones del Norte, SA de CV, y El Universal Compañía Periodística Nacional, SA de CV, recibieron alrededor de un cuarto de millón de pesos, cada uno, por la inserción de banners en sus portales electrónicos.
Bombardeo en medios electrónicos
La Ley Federal de Radio y Televisión dispone en su artículo 59 que los organismos del Estado mexicano que así lo soliciten pueden disponer del tiempo de Estado, equivalente a 30 minutos diarios en todas las estaciones de radio y televisión abierta en el país. No obstante, la Sedesol recurrió a la contratación de espacios para la transmisión de spots promocionales en distintas televisoras y radiodifusoras.
Leer articulo completo AQUI.
En los dos últimos años, la Secretaría de Desarrollo Social (Sedesol) ha gastado 22 millones 470 mil 200 pesos en publicitar sus programas. Casi la mitad de esos recursos se usaron en la difusión en medios electrónicos, impresos y digitales del Programa 70 y Más, el Programa Estancias Infantiles para Apoyar a Madres Trabajadoras y el Programa de Apoyo Alimentario en Zonas de Atención Prioritaria, mismos que la Auditoría Superior de la Federación (ASF) señala como deficientes en su desempeño, en el más reciente informe de la Cuenta Pública.
De acuerdo con el Informe del resultado de la revisión y fiscalización superior de la Cuenta Pública 2008, el Programa 70 y Más, que otorga apoyos económicos a personas mayores de 70 años en condiciones de pobreza, no contó con mecanismos adecuados para identificar a su población objetivo y canalizarle recursos adecuadamente; mientras que en el Programa Estancias Infantiles para Apoyar a Madres Trabajadoras también se detectó una carencia de regulación en la operación.
Las facturas correspondientes a la contratación de publicidad en 2008 y 2009, de las que Contralínea tiene copia, revelan que, en total, la Sedesol pagó 97 inserciones publicitarias en diarios y 23 en revistas, así como cinco espectaculares y afiches. Aunque la secretaría no entregó facturas que constataran la difusión de estos programas en medios electrónicos, sí pagó 702 mil 908 pesos a la empresa Radio y Televisión de Aguascalientes y 6 mil 400 pesos a Lomas Postproducción, SC, por la producción de spots para televisión y radio del Programa 70 y Más.
También se destinaron 426 mil pesos al pago de dos estudios de medición de las campañas publicitarias, que fueron encargados en diciembre de 2008 y mayo de 2009 a la empresa Varela Maldonado y Asociados, SA de CV, misma que en 2007 fue contratada por la Presidencia de la República para servicios de asesoría en análisis político. La firma que dirige Carlo Varela Maldonado fue señalada por haber colaborado “estrechamente” en la campaña presidencial de Felipe Calderón Hinojosa, como consta en la nota “Vinculan a la Fepade con la defensa jurídica del panista Felipe Calderón”, del reportero Jaime Avilés, publicada el 1 de agosto de 2006 en el periódico La Jornada.
Informe de gobierno, oportunidad para promocionarse
Las facturas, entregadas a través de una solicitud de información pública, muestran que en los días posteriores al Segundo informe de gobierno de Calderón Hinojosa, la Sedesol pagó 2 millones 187 mil 162 pesos por inserciones en periódicos para difundir los “logros de la política social”, como se describe en dichos documentos.
El consorcio Medios Masivos Mexicanos, SA de CV, que agrupa a 89 medios locales, ganó 321 mil 485 pesos por 15 inserciones en las páginas de los diarios Tabasco Hoy, El Diario de Colima, El Diario (ediciones Chihuahua y Juárez), El Debate de Culiacán, El Diario de Morelos; así como el potosino Pulso, Novedades de Campeche, El Bravo de Tamaulipas y El Dictamen de Veracruz.
La ASF apunta que la Sedesol tampoco cumplió con las disposiciones normativas respecto del manejo, control y registro de los recursos del Programa de Apoyo Alimentario en Zonas de Atención Prioritaria, al no haber efectuado un diagnóstico inicial sobre su conveniencia, viabilidad y eficiencia, “lo que limitó el ejercicio de los recursos y propició una reducción de 35 por ciento en el presupuesto autorizado” para dicho programa.
Pese a los problemas que derivaron de su incorrecta ejecución, el proyecto fue promocionado por la Sedesol a través de televisión, radio e internet. Además del gasto de 721 mil 891 pesos que supuso la transmisión de spots por parte de las empresas High Television México, SA de RL de CV; Radiodifusoras Asociadas, SA de CV, y Sociedad Mexicana de Radio, SA de CV, también se erogaron 790 mil 205 pesos en la producción de dichos anuncios.
A las firmas Imagen Soluciones Integrales, SA de CV, y Promotora de Servicios Informáticos y Administrativos, SA de CV, se les pagaron 234 mil 500 pesos por la colocación de banners publicitarios en internet. Los diarios de los grupos Ediciones del Norte, SA de CV, y El Universal Compañía Periodística Nacional, SA de CV, recibieron alrededor de un cuarto de millón de pesos, cada uno, por la inserción de banners en sus portales electrónicos.
Bombardeo en medios electrónicos
La Ley Federal de Radio y Televisión dispone en su artículo 59 que los organismos del Estado mexicano que así lo soliciten pueden disponer del tiempo de Estado, equivalente a 30 minutos diarios en todas las estaciones de radio y televisión abierta en el país. No obstante, la Sedesol recurrió a la contratación de espacios para la transmisión de spots promocionales en distintas televisoras y radiodifusoras.
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jueves, abril 23, 2009
Leyes contradictorias

El Ejecutivo detectó una flagrante contradicción entre la Ley Federal de Radio y Televisión (LFRT) y el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (Cofipe).Tras las reformas aprobadas por el Congreso en marzo pasado, por las mismas infracciones, la primera preveía multas de entre 500 y 5 mil pesos; el código electoral, a su vez, menciona “la suspensión por la autoridad competente, previo acuerdo del Consejo General, de la transmisión del tiempo correspondiente a una hora y hasta el que corresponda por treinta y seis horas”. Esto último, de acuerdo con las tarifas comerciales vigentes en materia de radio y televisión, es mucho más que el tope máximo previsto en la LFRT.La contradicción surgió de la concatenación de un artículo modificado en la LFRT y otros dos no modificados, mientras que la propuesta del Ejecutivo era reformar precisamente uno de los no reformados. En otras palabras: la observación importante era a una disposición que el jefe del Ejecutivo no podía modificar, pues no había sido reformada.El asunto estaba aparentemente trabado. Con justa razón, varios senadores consideraron que no podían atender la observación del Ejecutivo, pues eso implicaría violar el artículo 72 constitucional que regula precisamente la formación de las leyes y, en este caso, se tendría que presentar una nueva iniciativa.Sin embargo, algún senador muy perspicaz (todo indica que fue el panista Ricardo García Cervantes, a quien le habían cercenado su iniciativa original, precisamente para reducir las sanciones a los concesionarios) se dio cuenta que la contradicción se podría resolver por una vía distinta a la que proponía el presidente y en función del artículo modificado, pero aprovechó la situación para ampliar las sanciones aplicables.Con la nueva redacción, contrario a lo que sucedía en el pasado, ya no existe ningún tipo de imprecisión para la aplicación de la fracción IV del artículo 354 del Cofipe, que es precisamente el que prevé la suspensión del tiempo de comercialización, mientras la reforma aprobada originalmente sí se prestaba a diferentes interpretaciones, como se comentó en este mismo espacio (Proceso 1686).Antes de la observación, la reforma simplemente incorporaba una fracción al artículo 64 de la LFRT, que decía: “No se podrán trasmitir… III. Programas, mensajes o cualquier otro material que contravenga a lo dispuesto por el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales”. Posteriormente el artículo 101 decía que constituían infracciones a dicha ley, la violación del artículo 64; a su vez, el artículo 104 establecía que esto se sancionaría únicamente con una multa de 500 a 5 mil pesos.Por otra parte, se agregaba un artículo 107 que aún permanece, el único que, podría eventualmente interpretarse, permitía aplicar la suspensión, según el cual “en caso de que el Instituto Federal Electoral considere que se han cometido infracciones graves y sistemáticas en los términos que establece el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales para los concesionarios y permisionarios; su Consejo General, habiendo escuchado al concesionario o permisionario, dará cuenta a la autoridad competente, para los efectos correspondientes”.Con la modificación a la reforma todo se aclara. Ahora el 64-Bis señala: “Los concesionarios y permisionarios de radio y televisión no podrán transmitir programas, mensajes o cualquier otro material que contravenga lo dispuesto por el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, y la infracción a esta norma será sancionada en términos de lo dispuesto en el Libro Séptimo de dicho Código.” Así que ya no hay interpretación posible: la violación a la norma se sancionará en los términos del Cofipe, que en su artículo 354, párrafo IV, señala claramente que cuando esas faltas sean reiteradas se sancionarán con la suspensión del tiempo comercializable.Además, esa decisión la toma el Consejo General del IFE, y la Secretaría de Comunicaciones y Transportes simplemente será la responsable de aplicarla, tal como señala el Cofipe y en consonancia con el nuevo 107 de la LFRT, ya incluido en la reforma original.Así, por esta vía, y a pesar de que la observación del Ejecutivo no reparaba en la posibilidad de suspender la trasmisión del tiempo comercializable, simplemente en que había incompatibilidad entre el monto de las multas establecidas en el artículo 104 de la LFRT, entre 500 y 5 mil pesos y la fracción II, del inciso “f” del artículo 354 del Cofipe, que establece un máximo de 50 mil salarios mínimos, que equivale aproximadamente a 5 millones 400 mil pesos, el senador panista rescató parte de lo que le habían mutilado a su iniciativa. No pudo incorporar la posibilidad de retirar las concesiones, como pretendía en su propuesta inicial, en el caso de “incumplir, en forma grave y reiterada, las disposiciones establecidas” en la Constitución y en el Cofipe.En lo que parece un diálogo de sordos, pues el Ejecutivo observa un artículo que no se reformó y el Legislativo agrega un artículo que no estaba en la reforma original, se logró rescatar algo de lo perdido en la primera reforma y ahora, no hay duda, la sanción máxima será la suspensión hasta por 36 horas del tiempo comercializable.
lunes, febrero 23, 2009
Propuesta bloqueada
Al aprobar las reformas a la Ley Federal de Radio y Televisión (LFRT), el Senado de la República cancela la posibilidad de que la autoridad revoque una concesión por violaciones graves y sistemáticas a la legislación electoral. También elimina la posibilidad de que el Consejo General del Instituto Federal Electoral (IFE) acuerde suspender “la transmisión del tiempo comercializable correspondiente a una hora y hasta el que corresponda por 36 horas” en el caso de la publicidad encubierta, cada vez más utilizada por actores políticos y concesionarios.Los legisladores suprimieron de la propuesta original del senador Ricardo García Cervantes la fracción V del artículo 12-A (relativa a las facultades del IFE) que señalaba:“Comunicar a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes la comisión de infracciones por parte de los concesionarios y permisionarios de radio y televisión, a efecto de que aplique las sanciones que le corresponda imponer conforme a esta Ley, o las que habiendo sido impuestas por el Consejo General del Instituto Federal Electoral requieran la intervención de la citada Secretaría.”Así mismo, la aplicación de la fracción IV del inciso “f” del párrafo 1 del artículo 354 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (Cofipe), que contempla la citada sanción, requiere que intervenga la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT), pues el texto dice que se podrá castigar “con la suspensión por la autoridad competente, previo acuerdo del Consejo General, de la transmisión del tiempo comercializable…”.A fin de permitir que la sanción se aplique de acuerdo con el criterio del titular de la SCT, los legisladores eliminaron otras reformas de la propuesta de García Cervantes, pero en particular la de un nuevo artículo, el 104-TER, que en el tercer párrafo señalaba: “… la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, a solicitud fundada y motivada por acuerdo del Consejo General, ordenará a los infractores la suspensión de la transmisión del tiempo comercializable correspondiente a una hora y hasta el que corresponda por 36 horas…”.También modificaron la redacción del nuevo artículo 107, que indica en general que en caso de que el Instituto Federal Electoral considere que se han cometido infracciones graves y sistemáticas “dará cuenta a la autoridad competente, para los efectos correspondientes”.En la propuesta del senador se complementaba, sin lugar a interpretación diversa, la disposición del Cofipe para que el Consejo General decida cuándo procede la suspensión; sin embargo, corresponde a la SCT aplicar la sanción.
Límites a la ley
El planteamiento de García Cervantes daba mayor sentido a la fracción V del mismo artículo del Cofipe, en el cual se indica que si una vez aplicada la suspensión referida en la fracción IV el infractor reincide, el Consejo General debe dar aviso “a la autoridad competente para que aplique la sanción que proceda conforme a la ley de la materia”.Además, precisaba: “El Consejo General del Instituto Federal Electoral podrá solicitar por acuerdo fundado y motivado a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes la revocación de la concesión o permiso, en los términos de los artículos 31 y 37 de la presente Ley. La Secretaría de Comunicaciones y Transportes resolverá lo conducente”.La iniciativa original no dejaba lugar a interpretaciones. En el caso de infracciones reiteradas de “venta de tiempo de transmisión, en cualquier modalidad de programación, a los partidos políticos, aspirantes, precandidatos o candidatos…” o “difusión de propaganda política o electoral, pagada o gratuita, ordenada por personas distintas al Instituto Federal Electoral”, el Consejo General de este organismo era el responsable de acordar que se suspendiera la transmisión del tiempo comercializable hasta por 36 horas. En caso de reincidencia, esta autoridad estaba facultada para solicitar ante la SCT el revocamiento de la concesión.En la propuesta de García Cervantes, el Consejo General del IFE podría sancionar, con la suspensión de la transmisión del tiempo comercializable la difusión de la propaganda encubierta que se ha expandido en noticiarios, revistas televisivas y hasta en telenovelas; y, en caso de reincidencia, solicitar a la SCT la revocación de la concesión.Con las reformas aprobadas por los senadores, incluso la suspensión que acuerde el Consejo del IFE está sujeta a interpretación por parte de la Comisión Federal de Telecomunicaciones y de la SCT. Obviamente, no existe la posibilidad de solicitar que sea revocada la concesión.Incluso cuando haya materia para la revocación, el titular de la SCT tampoco la puede aplicar, pues los senadores también eliminaron la reforma al artículo 31 de la LFRT que proponía incluir entre las cláusulas de revocación de las concesiones una fracción IX que señalaba: “Incumplir, en forma grave y reiterada, las disposiciones establecidas por la Base III del artículo 41 de la Constitución y del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales en materia de radio y televisión, acceso de los partidos políticos a sus prerrogativas en dichos medios, o respecto de las prohibiciones establecidas para los particulares y entes públicos en dichos ordenamientos”.La iniciativa aprobada por el Senado es un complemento a la controvertida reforma de noviembre de 2007, pero sobre todo, establece límites a las sanciones y a la actuación del Consejo General del Instituto Federal Electoral. Las multas serán por un máximo de 100 mil salarios mínimos (aproximadamente 5 millones 300 mil pesos) y corresponderá al consejo cobrarlas.En caso de “infracciones graves y sistemáticas” (que obviamente no basta con que sean reiteradas, sino que además debe haber patrones) se dará vista a la “autoridad competente” para los “efectos correspondientes”. Éstos serán inocuos, pues los senadores también se cuidaron de no incluir en las infracciones explícitas ni en las sanciones establecidas en la LFRT la suspensión de la transmisión del tiempo comercializable.En esa reforma hay avances, pues se establece la aplicación supletoria del Cofipe, así como el reconocimiento de la autoridad del Instituto Federal Electoral en la Ley Federal de Radio y Televisión; sin embargo, a cambio de esos logros se protege a los concesionarios, pues todo queda a discreción del titular de la SCT. l
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