jueves, junio 12, 2008

Asesinato Industrial en Gamesa – PepsiCo

Trabajadores activos de Gamesa, Comité de apoyo a los despedidos de Gamesa-Pepsico y el Frente Unitario de Trabajadores (FUT)

Teléfono: 04455 25031708

De las amenazas pasan a los hechos en la fábrica GAMESA, filial de la trasnacional PepsiCo.

El día 16 de abril en la audiencia realizada en la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, el abogado de Gamesa, Oscar Mendoza Aburto, amenazó al trabajador Hugo Ortega Vázquez, diciéndole que en caso de que ganara la demanda por reinstalación en el trabajo, la empresa no le garantizaba la seguridad, pues podría sufrir algún accidente que le costara la vida. Esta amenaza del representante legal de la empresa, se cristalizó el día lunes 9 de junio a las 12:20 horas en la persona del obrero Raúl Martínez Martínez de 32 años de edad.

Raúl Martínez, quien deja en la orfandad a dos niñas de entre 5 y 7 años, falleció debido a que la empresa no es capaz de brindarles seguridad a sus trabajadores.

Manifestamos que esto no fue un simple accidente de trabajo, fue un asesinato. Raúl Martínez cayó dentro de un silo de aceite rociado debido a que no recibía cursos de capacitación ni las condiciones de seguridad requeridas, trabajaba bajo presión para hacer funcionar silos ya casi inservibles y laboraba las inhumanas e ilegales jornadas de 12 horas que la empresa ha impuesto a los trabajadores en complicidad con la CTM y la STPS.

Una vez sufrido el accidente al caer dentro del silo de aceite de rociado, el capataz que funge como "gerente de producción", de nombre JOSÉ GUILLÉN, NO PERMITIÓ que se rompiera las paredes del silo para sacar al compañero y prestarle los primeros auxilios, si no que lo dejo agonizar por más de 6 horas, ya que no se sabía si estaba vivo o muerto. Para este desgraciado capataz, lo importante era no parar la producción y no le importó la vida del trabajador.

Con este fatal incidente, queda claro que la lucha del compañero Hugo Ortega Vázquez, por lograr la reinstalación en su puesto de trabajo del que fue despedido injustificadamente, es en beneficio de todos los obreros de GAMESA-PEPSICO, ahora más que nunca los trabajadores deben unirse y obligar al "líder sindical" que sirva para algo y que exija a la empresa cuando menos la indemnización que marca la Ley Federal del Trabajo, que a la letra dice:

Artículo 500. Cuando el riesgo traiga como consecuencia la muerte del trabajador, la indemnización comprenderá::

I. DOS MESES DE SALARIO por concepto de gastos funerarios y

II. El pago de la cantidad que fija el artículo 502

Artículo 502. en caso de muerte del trabajador, la indemnización que corresponda a las personas a que se refiere el artículo anterior, será la cantidad equivalente al importe de SETECIENTOS TREINTA DÍAS DE SALARIO. …………..

Además, los deudos deben exigir la prima de antigüedad como lo marca el:

Artículo 162. Los trabajadores de planta tienen derecho a una prima de antigüedad, de conformidad con las normas siguientes:

I. La prima de antigüedad consistirá en el importe de DOCE DÍAS DE SALARIO, por cada año de servicio.

VI. La prima de antigüedad a que se refiere este artículo se cubrirá a los trabajadores o a sus beneficiarios, independientemente de cualquiera otra prestación que les corresponda.

OJO, LOS DEUDOS DEL COMPAÑERO DEBEN RECIBIR LA PARTE PROPORCIONAL DEL AGUINALDO Y DE LAS VACACIONES DE 2008, Y SI TENÍA CAJA DE AHORRO TAMBIÉN, ADEMÁS EN 2009 DEBEN RECIBIR LA PARTE PROPORCIONAL DEL REPARTO DE UTILIDADES. QUE LE CORRESPONDERIA, si en el Contrato Colectivo de Trabajo existen otras prestaciones o son mayores que lo que marca la ley, se deben exigir.

ATENTAMENTE,

Trabajadores activos de Gamesa, Comité de apoyo a los despedidos de Gamesa-Pepsico y el Frente Unitario de Trabajadores (FUT)

Teléfono: 04455 25031708

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