miércoles, agosto 24, 2011

Las indígenas violadas y la evasión de la Sedena

Aun cuando la Corte Interamericana de Derechos Humanos emitió en octubre del año pasado su fallo sobre las dos indígenas guerrerenses violadas por elementos de la Secretaría de la Defensa Nacional en 2002 y exigió al gobierno de Felipe Calderón acatar las sentencias, 10 meses después la justicia no llega para ellas. Los defensores de las agraviadas aseguran que la dependencia recurre a argucias legales para exonerar a los militares inculpados y dejar el asunto en manos de la PGR. Con la determinación aparente de dar cumplimiento a las sentencias emitidas en octubre de 2010 por la Corte Interamericana de Derechos Humanos contra México, en las que se acusa a un grupo de militares de violar sexualmente a dos indígenas guerrerenses, el 29 de julio último la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) decidió trasladar los expedientes del caso a la Procuraduría General de la República (PGR).

Obtilia Eugenio Manuel, Ines Fernández Ortega y Valentina Rosendo, víctimas de violación por militares.



MÉXICO, D.F. (Proceso).- Las indagatorias sobre Inés Fernández Ortega y Valentina Rosendo Cantú, quienes fueron agredidas en 2002 por un grupo de soldados, no sólo estuvieron en instancias castrenses durante nueve años, sino que incluso “tienen vicios de origen”, pues el propósito era exculpar a los responsables de la agresión, comenta el abogado del Centro de Derechos Humanos de la Montaña Tlachinollan, Vidulfo Rosales Sierra, quien lleva la defensa de las agraviadas.

“Tenemos elementos para considerar que los expedientes que la Procuraduría General de Justicia Militar (PGJM) envió a la PGR están construidos para que se declaren cerrados o bien que los militares responsables que fueron identificados por Inés y Valentina con nombre y apellidos hayan sido dados de baja”, dice el litigante a Proceso.

Afirma que la PGR podría declinar competencia a favor de la procuraduría de Guerrero, en un intento por librar la responsabilidad que como institución tiene el Ejército mexicano en las violaciones a derechos humanos.

En sus sentencias, el organismo interamericano subraya que las denuncias de Rosendo Cantú y Fernández Ortega son fundadas, toda vez que aportaron elementos sobre las vejaciones que recibieron por parte de tropas de la Sedena en febrero y marzo de 2002, respectivamente. Por esa razón, la corte determinó la responsabilidad de México en los dos casos, pues se violentó la integridad personal, la dignidad y la vida privada de las dos indígenas; además, las autoridades incumplieron su “obligación de garantizar, sin discriminación, el derecho de acceso a la justicia” (Proceso 1770).

A Rosales Sierra le sorprende que, luego de varios años de negarse a remitir los casos a la PGR aun después de emitidas las sentencias del tribunal de la Organización de Estados Americanos (OEA), la Sedena haya atendido la petición. No obstante, advierte que en el fondo esa declinatoria es producto de la exigencia de organizaciones ciudadanas para que se controlen los excesos de las Fuerzas Armadas contra la población civil, así como de la reforma constitucional en materia de derechos humanos y la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en el análisis de la sentencia de la desaparición forzada de Rosendo Radilla emitida por el mismo tribunal interamericano.

En las notificaciones de la PGJM enviadas a Fernández Ortega y Rosendo Cantú, apunta Rosales, “los militares insisten en que son competentes para conocer el caso, al citar nueve artículos del Código de Justicia Militar, y trasladan los expedientes a la PGR con los argumentos de la existencia de las sentencias de la Corte Interamericana y la solicitud de declinatoria que las señoras hicieron el 27 de julio a la PGJM”.

Los oficios –de los cuales Proceso tiene copia– están fechados el martes 9 y tienen la rúbrica de la agente del Ministerio Público Militar, teniente de corbeta Karla Roberta Espinosa de la Orta. En ellos, la Sedena admite que en los casos de las indígenas se “denuncian presuntas violaciones a los derechos”.

Y aclaran que, por existir sentencias del organismo interamericano contra el Estado mexicano, el 20 de julio de 2011 la fiscalía militar “tuvo a bien acordar la INCOMPETENCIA” para seguir conociendo las indagatorias SC/179/2009/II-E y SC/180/2009/II-E relativas a Fernández Ortega y Rosendo Cantú, respectivamente.

De acuerdo con las notificaciones, entregadas a Inés y Valentina el viernes 12, las averiguaciones previas fueron enviadas a la Subprocuraduría Regional de Control de Procesos y Amparo de la PGR el 29 de julio último “a fin de que determine lo que a derecho proceda”.

La sentencia de la Corte

Después de nueve años de enfrentarse al fuero militar como defensor de las indígenas me’phaa, Rosales Sierra asegura que la Sedena “tiene un as bajo la manga para exonerar a los responsables (de las agresiones a sus clientes) y dejar intocable al Ejército mexicano”.

El abogado del Centro de Derechos Humanos de la Montaña Tlachinollan explica: en el fuero militar “las investigaciones tomaron un rumbo tendencioso, enfocado a exonerar a los militares responsables y encaminado a desacreditar los señalamientos concretos que hicieron Valentina e Inés”.

Relata también que en 2006 la PGJM archivó las averiguaciones previas por considerar que no había responsabilidad de personal castrense en los abusos cometidos contra las indígenas. No obstante, en 2008 los casos se reabrieron en el fuero militar, luego del litigio que se dirimió en Washington ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).

Incluso, añade, a finales de ese año la PGJM envió los expedientes de las dos indígenas a la Procuraduría de Justicia de Guerrero, para que investigara sobre la responsabilidad de civiles en las violaciones sexuales.

Rosales Sierra destaca que aun cuando él y los representantes legales insistieron desde el principio en que la PGR asumiera las indagatorias “siguiendo la línea de la responsabilidad de militares y no de posibles civiles”, la dependencia federal sólo aceptó colaborar con su similar guerrerense.

“En esa parte del proceso –la diligencia se realizó el 14 de agosto de 2009, precisa el defensor–, Inés y Valentina reconocieron a sus agresores en un álbum fotográfico. Ese día ambas señalaron con nombres, apellidos, cargos y los mandos militares a quienes las agredieron”. Se trata, dice, de dos cabos de transmisiones y dos soldados de infantería del 41 Batallón de Infantería bajo el mando de las bases de operaciones Ríos y Méndez.

El compendio fotográfico tenía más de 300 imágenes de militares que entre diciembre de 2001 y abril de 2002, participaron en la Operación Azteca en la cordillera de la Montaña de Guerrero que atraviesa los municipios de Acatepec y Ayutla.

En febrero de 2002, Valentina Rosendo fue atacada en el río cercano a su comunidad, Barranca Bejuco. Antes, un piquete de militares le preguntó si sabía sobre “los encapuchados” que operan en la región. Al mes siguiente, Inés Fernández fue violada en su vivienda frente a sus hijos. ¿El motivo? No supo responder en español a las tropas que ingresaron a su domicilio para interrogarla.

“Tan pronto como se hizo este reconocimiento –retoma el abogado de Tlachinollan– la procuraduría (de Guerrero) declinó competencia a favor de la PGJM (el 30 de octubre de 2009) y quedaron pendientes otras diligencias, entre ellas citar a declarar a los militares responsables, hacer más retratos hablados. Pero como las averiguaciones aún estaban en manos del Ejército, las autoridades desacreditaron los testimonios de las víctimas”.

Procuraduría militar, argucias

Al llevar el caso a la Corte Interamericana de Derechos Humanos, Rosales Sierra y los demás defensores se enteraron de que en noviembre de 2009 la PGJM pidió a una psicóloga militar que determinara si era posible que Valentina Rosendo recordara con nitidez los rasgos físicos de quienes la agredieron en febrero de 2002. “La psicóloga emitió incluso un dictamen teórico y técnico, pero nunca entrevistó a Valentina”, se queja Rosales.

En el caso de Inés Fernández, sus defensores obtuvieron un documento fechado el 20 marzo de 2010 y firmado por la agente del Ministerio Público militar Karla Roberta Espinosa de la Orta en la que ésta solicitaba a la PGR un perito en identificación de personas o identificación físiognómica para que determinara la veracidad de su testimonio.

En el oficio, del que este semanario tiene copia, Espinosa de la Orta antepone la “garantía constitucional de todo inculpado, el derecho a una defensa adecuada”. Y, ante el reconocimiento que hizo Fernández Ortega el 14 de agosto 2009, la agente ministerial comenta que existía “la necesidad URGENTE” de que interviniera en el caso el perito de la PGR para que respondiera al siguiente cuestionario:

1. Que diga el perito en qué casos se solicita la elaboración de un retrato hablado; 2. Que diga el perito si es recomendable mostrarle fotografías al testigo o víctima antes de realizar un retrato hablado; 3. Que diga el perito si es confiable un retrato hablado realizado después de 7 años 4 meses y 23 días (en negritas en el original) de la fecha que sucedieron los hechos y siendo el día de los hechos la primera y única vez que se vio al presunto agresor; 4. Que diga el perito si es posible la correspondencia de identidad entre un retrato hablado y una fotografía; 5. Que diga el perito si los rasgos fisonómicos de los supuestos agresores que señala la ciudadana Inés Fernández Ortega en su declaración de fecha 24 de marzo de 2002 ante el ministerio público de Allende en la ciudad de Ayutla de los Libres, estado de Guerrero, dentro de la indagatoria ALLE/SC/5776/2002, coinciden con los rasgos proporcionados por la propia denunciante para la elaboración de los retratos hablados de fecha 14 de agosto de 2009.

El 24 de marzo de 2010, la directora ejecutiva de Laboratorios del Departamento de Retrato Hablado, dependiente de la Dirección General de Coordinación de Servicios Periciales de la PGR, Sara Mónica Medina Alegría, notificó a la PGJM la designación de Edmundo Acacio Cebreros, perito en materia de identificación fisiognómica, quien debía acudir a la fiscalía militar el 26 de marzo de ese año a las 10:00 horas a realizar la diligencia solicitada.

Medina Alegría dirigió el oficio al coronel Aníbal Trujillo Sánchez, jefe de la sección de Averiguaciones Previas y Asuntos Especiales de la PGJM en ese momento, según la copia del documento obtenido por Proceso. Hoy, Trujillo Sánchez es subdirector de Asuntos Internacionales de la División General de Derechos Humanos de la Sedena. Con ese cargo, el militar acudió a la Corte Interamericana el 28 de junio siguiente.

En ese foro, participó en dos sesiones para dar seguimiento a las medidas provisionales ordenadas por el tribunal interamericano a favor de 107 personas relacionadas con las sentencias de las indígenas guerrerenses, así como de 37 familiares y defensores de tres jóvenes de apellido Alvarado: José Ángel, Rocío Irene y Nitza Paola, detenidos y desaparecidos por miembros de la Sedena en Chihuahua en diciembre de 2009.

En una reunión privada que se efectuó previamente a la sesión para abordar este último caso, Trujillo Sánchez consideró “terrorífico” que la Corte Interamericana de Derechos Humanos transmitiera en vivo la audiencia y que se difundieran los nombres de los militares involucrados. Ninguna de las audiencias relacionadas con México fue difundida después del comentario de Trujillo (Proceso 1809).

Información escamoteada

La defensa de Inés Fernández dice que no tiene las respuestas que dio el perito de la PGR a la fiscalía castrense, porque hasta ahora no ha tenido acceso a las averiguaciones previas. Lo que ha obtenido, dice, corresponde a documentos enviados por el tribunal internacional ante las solicitudes de información que ha hecho al Estado mexicano.

“Por el contenido de las preguntas que se le hicieron al perito –sostiene Rosales Sierra– no se requiere mayor ciencia para saber hacia dónde va la averiguación previa integrada por los militares: a exonerar a los responsables, más que a acreditar su participación en los hechos.”

El abogado de las indígenas, quien ha recibido amenazas por su defensa, expresa su temor de que la PGR archive los casos, aun cuando está obligada a completar las investigaciones, realizar las diligencias pendientes, consignar las averiguaciones y solicitar las órdenes de aprehensión contra los militares responsables.

“También cabe la posibilidad de que los agresores hayan sido dados de baja para librar al Ejército de responsabilidad y entonces enviar el caso a la procuraduría de Guerrero”, dice.

Relata que en la reunión para el cumplimiento de las sentencias del tribunal interamericano, realizada el 19 de mayo último en la Secretaría de Gobernación, él y sus colegas se levantaron de la mesa “cuando los representantes de la PGR se negaron a atraer las averiguaciones previas e instruyeron a la procuraduría estatal para que tomara las investigaciones, situación que, por cierto, rechazó el procurador de Guerrero (Alberto López Rosas)”.

Desde entonces Gobernación no ha vuelto a convocar a los abogados, quienes no saben con detalle si se está dando cumplimiento a las sentencias emitidas por la Corte Interamericana.

El director del centro Tlachinollan, Abel Barrera Hernández, comentó que en estos días enviará una carta al subsecretario de Asuntos Jurídicos y Derechos Humanos de esa dependencia, Felipe de Jesús Zamora Castro, responsable de que se acaten las sentencias del organismo dependiente de la OEA.

En el escrito, del que este semanario tiene copia, Barrera Hernández, quien recientemente fue premiado por Amnistía Internacional (AI) por su trabajo al frente de Tlachinollan, pide al funcionario una fecha para un nuevo encuentro de trabajo en el que las autoridades entreguen copia de los expedientes que la Sedena envió a la PGR.

Asimismo, recuerda al representante del gobierno de Felipe Calderón que el 15 de marzo último, “en presencia de las señoras Fernández Ortega y Rosendo Cantú”, él mismo firmó el “acuerdo para el cumplimiento de las sentencias dictadas por la Corte Interamericana”.

El abogado Rosales Sierra acota: “Cuando tengamos el expediente, promoveremos diligencias para esclarecer los hechos. Pero antes debemos decir que la declinatoria de competencia se dio por una coyuntura política. La prueba está en que no hay avances en los demás resolutivos de las sentencias, que tienen que ver con salud y educación”.


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