Del Diario Libertad. Columna Asimetrías
Por Fausto Fernández Ponte
I
¿Recordaría el caro leyente a Ernestina Ascensión Rosario? Por si la memoria falla --una peculiaridad ostensible en la conciencia colectiva de los mexicanos--, le recordamos que éste personaje falleció el 26 de febrero de 2007. Hace un año, pues.
Empero, su fallecimiento ocurrió en circunstancias que podrían describirse con fidelidad como extraordinariamente anómalas, propias de una situación de guerra en la que la población civil de México sufre los abusos de las fuerzas armadas.
Y esas fuerzas armadas son, por un lado, las del Estado --Ejército, Fuerza Aérea, Marina Armada, corporaciones policiacas y paramilitares y parapoliciacas-- y, por otro, las organizaciones dedicadas al tráfico de estupefacientes y psicotrópicos.
Dicho tráfico es, como bien sabríase, ilícito; es decir, su ejercicio está penado por varias leyes --pilares que son del estado de derecho que, en la práctica, es precario y tiene dos discursos y, desde luego, lenguaje dual, dicotómico y maniqueo.
Uno de los discursos es el filosófico, impecable en las premisas y los silogismos y, otro, defectuoso en extremo, de naturaleza procedural, ajeno a la imparcialidad moral y ética e injusto por selectivo y mercenario en su uso y efectos.
II
Éste último discurso es violatorio del "statu quo" jurídico mismo --el del estado de derecho-- como lo confirma el deceso de doña Ernestina, mujer indígena violada y asesinada por soldados en el aproche de su poblado en la sierra de Zongolica, Veracruz.
Mas el dictamen gubernamental de las causas de su muerte exhibe indocumentadamente establece, cual ucase, que nuestro personaje falleció ¡de gastritis! y no a resultas del maltrato de los soldados que incluye la violación.
La señora Ascensión fue una víctima muy vulnerable, no sólo por ser una mujer indefensa, en el campo serrano, sino porque era una anciana --había iniciado ya su octava década de vida-- y, por ende, frágil físicamente.
La autopsia mostró como causal de su muerte el maltrato --la violación-- a la que la sometieron los soldados, pero ese resultado fue modificado, con el contubernio avieso y alevoso del gobierno del estado de Veracruz. Así surgió lo de la gastritis.
El crimen quedó impune. Las autoridades políticas veracruzanas recurrieron al expedito y muy probado --por antiquísimo-- método de comprar el silencio de los hijos de doña Ernestina. Silenció de tal jaez las expresiones de dolor y demanda de justicia.
III
Lo abominable de éste epispdio no es únicamente el transvestismo del estado de derecho, sino también la corroboración de una realidad insoslayable: el estado de guerra prevaleciente, en el cual se condona toda aberración y atrocidad.
Éstas reflexiones sugieren que por el estado de guerra el estado de derecho es una falacia --lo que explica la propuesta de "Ley Gestapo" del Presidente de Facto--, con la agravante de que las causales de tal lucha caen en el campo de lo sospechoso.
En efecto. La guerra es por el botín que representa el narcotráfico. El gobierno trata se alzarse con ese enorme botín y los cárteles de conservarlo y ampliarlo. Es un jugosìsimo negocio que despierta las ambiciones de ciertos gobernantes involucrados.
Pero las organizaciones del narcotráfico poseen tal poder económico y, ergo, militar y paramilitar que conforman un antagonista formidable del Estado y su andamiaje coactivo y coercitivo de punición y control social. Ese es un verismo.
En ese contexto sociopolítico y sociocultural ocurrió el asesinato de la señora Ascensión. Bajo la cultura de guerra, el soldado comete tropelías incalificables. La violación a mujeres civiles indefensas es, precisamente, una táctica de guerra.
Y bajo ese imperativo, los gobiernos federal y del estado de Veracruz actúan para encubrir el crimen --un crimen de guerra-- pues para el poder la normalidad preside la vida nacional y veracruzana, lo cual está muy lejos de la realidad.
ffponte@gmail.com
Glosario:
Aproches: accesos, inmediaciones, trincheras próximas a una plaza a ser atacada.
Presidente de Facto: Presidente de hecho, más no de derecho.
Ucase: decreto del zar. Orden gubernativa injusta y tiránica. Mandato arbitrario y tajante.
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