Historial académico de Mouriño, una incógnita más
Campeche, Cam., 5 de mayo (apro).- La forma en que el secretario de Gobernación, Juan Camilo Mouriño Terrazo, obtuvo la maestría en Administración, con especialización en Finanzas, por la Facultad de Contaduría de la Universidad Autónoma de Campeche (UAC) es, igual que su nacionalidad, todo un enigma.Y es que, inexplicablemente, las autoridades universitarias decidieron clasificar como “confidencial” el expediente académico del exjefe de la Oficina de la Presidencia.Lo más que se sabe es que Mouriño curso la maestría de 1998 a 2000, cuando fungía como dirigente estatal del PAN y que la maestría que presume en su currículo la obtuvo siete años después, en 2007, ya como jefe de la Oficina de la Presidencia.Personal académico de la UAC consultada por esta reportera comenta que durante el periodo que Mouriño cursó la maestría fue cuando más vigilada estuvo la universidad. Aunque la vigilancia en torno de su persona data de 1995, luego de que fue víctima de un secuestro.No obstante, nadie en la universidad campechana sabe, a ciencia cierta, cómo, con qué trabajo y quiénes fueron los sinodales del actual secretario de Gobernación para obtener el grado de maestro en Administración, con especialización en Finanzas.Ni siquiera la directora de la Facultad de Contaduría, Rosalinda Echavarría Sánchez. En entrevista con la agencia Apro, la académica asegura que Mouriño Terrazo cursó la maestría en Administración de 1998 a 2000; que el examen de titulación lo presentó apenas el semestre pasado, y que eligió la elaboración de una tesina como opción para obtener la maestría en Administración, con especialización en Finanzas. Sin embargo, en la biblioteca central de la UAC no hay rastros de dicha tesina. Echavarría Sánchez explica que la normatividad escolar ni fija ningún plazo para titularse en posgrado y reitera que Mouriño eligió la tesina como opción para titularse. Esta vía es el procedimiento más rápido para obtener el título.Al preguntarle sobre el tema de la tesina que presentó Mouriño, la directora de la Facultad de Contaduría de la UAC responde, esquiva: “Él estudió una maestría con formación en Finanzas, luego su tema de tesis tenía que versar sobre lo que estudió, independientemente de la vida profesional, tiene que versar lo que estudió, no tuvo nada que ver con el actual empleo en el que está.”
--¿Pero cuál fue el tema?, insiste la reportera.La catedrática universitaria responde: “No recuerdo el tema. Debe estar… yo los mando todos los ejemplares a la Biblioteca Central y ahí ya es acceso público. La verdad yo insisto mucho, hay ciertas informaciones que ya con la Ley de Transparencia no nos permiten proporcionar, no es porque se trate precisamente de él, para mí, él aquí es un estudiante más y así siempre se ha manejado, no hay concesiones absolutamente para nadie.Subraya, así mismo, que aparte de la tesina, Mouriño presentó un examen oral.
--Entonces, ¿se puede saber la fecha de titulación?,
--Ese dato, la verdad… no tengo un dato exacto de la fecha en que se tituló.
--Sus sinodales, ¿quiénes fueron?
--Pues…. Ja, ja, ja…
--¿Su asesor de tesis?
--se le pregunta. Rosalinda Echavarría niega con la cabeza.
--¿El coordinador de posgrado?
--Él no da información si yo no autorizo. No es cuestión de triangular, es cuestión de respeto a la información personal.
--¿Aprobó por unanimidad?
--!Tiene el título! Eso es un dato confidencial que no puedo dar, ni de él ni de nadie. Ni por la Ley de Transparencia, la normatividad marca que el voto secreto.
--¿Fue un alumno brillante?
--se le inquiere a la directora de la Facultad.
--Esos son datos que… creo que… todos los alumnos que estudian con nosotros desde que concluyen es que son brillantes pero de manera general
--responde titubeante.
--¿Destacado?
--se le insiste.
--Si era un alumno destacado
--acepta, pero se resiste a divulgar la calificación del secretario de Gobernación.
--¿Más que el promedio?
--Para nosotros fue un alumno más
--ataja. Y embiste impaciente: “Sí, sí fue un alumno destacado; sí, sí tuvo un excelente promedio; pero no nada más él estuvo en esta generación, y nosotros como Facultad, como institución, vemos alumnos, su función académica aquí, aquí lo que buscamos son alumnos independientemente a nivel licenciatura o a nivel posgrado que sean comprometidos con la institución educativa. Y a cualquiera, al gobernador, el presidente, el que sea que venga a estudiar aquí la exigencia es la misma.”
--¿Él sí era comprometido?
--Sí, como cualquier alumno. Sí, sí era comprometido, realmente sí. Pero nosotros como institución educativa, repito, sí somos muy exigentes. Eso lo puedo garantizar y como institución estamos acreditados en un programa de licenciatura, hemos logrado primeros lugares en Ceneval, por la exigencia que se tiene.Argumentó que no puede revelar el promedio con el que se tituló el actual secretario de Gobernación porque “esos datos ya son muy personales” y como institución educativa no puede proporcionar porque hay una ley que le impide hacerlo.
--Paradójicamente la ley que aduce es la Ley de Transparencia y Acceso a la información.
--Allá se señala lo solicitado como dato personal. Y no es porque sea él, eh? De ningún alumno en general y alguien externo a él me venga a pedir información, no la damos.
--¿Se puede conocer su récord de asistencia?
--Aquí los alumnos deben cubrir 90% de asistencia para que puedan acreditar y concluir sus estudios. Insisto, él como cualquier otro alumno fue tratado de la misma manera. Atendiendo a la sugerencia de Echavarría Sánchez se buscó la supuesta tesina en la Biblioteca Central de la UAC, pero en los registros bibliotecarios no apareció ningún autor de apellido Mouriño. La reportera solicitó, entonces, la información a través de la Unidad de Enlace de la UAC., pero ésta fue denegada. La respuesta al folio 71, con el que se marcó la solicitud, fue que “con fundamento en lo dispuesto en los artículos 16, 6 y 7 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y lo establecido en los artículos 4 Fracción IX, 27 y 31 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del estado de Campeche, no es posible otorgarle la información que requiere en razón de estar clasificada como confidencial de conformidad con los preceptos antes invocados. “En razón de lo anterior, y a efecto de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley de Transparencia, es pertinente señalar que la información solicitada encuadra en la hipótesis de excepción prevista en el artículo 27 de dicha ley, máxime que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos consagra el derecho a la vida privada como límite a la intromisión del Estado en el ámbito de la persona al establecer en su artículo 16 que nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente, que funde y motive la causa legal del procedimiento…”“En razón a lo anterior, es claro que el Estado Mexicano ha consolidado el respeto a los datos personales y a su vez ha claramente delimitado en dicho precepto que los datos personales se encuentran dentro de la esfera de la vida privada de una persona y que cualquier contravención a ello debe ser considerado como actos autoritarios carentes de la legalidad que caracteriza a las acciones de los entes y dependencias del Poder Público.“Por tal motivo, como se señala en líneas previas al consolidarse el derecho a la vida privada como garantía individual de primera generación, que únicamente pueden ser suspendidas en los casos y condiciones que la propia Constitución precisa, al no actualizarse ninguno de dichos supuestos, es de resolverse que no es posible acceder su solicitud.”
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