Por Julio Pimentel Ramírez
Reformas constitucionales al sistema de justicia penal
Es innegable que la inseguridad en que vivimos los mexicanos, agravada por la corrupción e ineficiencia del sistema responsable de procurar e impartir justicia, demanda profundos cambios en el marco legal sin olvidar que dichas reformas deben formar parte de las transformaciones integrales que se requieren en todos los ámbitos del Estado y la sociedad, si de verdad se desea que México transite hacia un régimen de verdadera democracia y justicia social.
En medio de las tradicionales prisas legislativas de fin de año, periodo en el que diputados y senadores despachan reformas legales de todo tipo, algunas de importancia secundaria y otras trascendentes para la vida nacional, los mexicanos nos encontramos con que la reforma constitucional en materia de justicia penal se encuentra en sus trámites finales y, de concretarse ciertas modificaciones fundamentales, estaríamos entrando a la legalización de un Estado policiaco, con todas las consecuencia que eso significa.
Según denuncias de organizaciones de derechos humanos, especialistas y sectores del Partido de la Revolución Democrática (PRD), dicha reforma deja de lado --entre otras cosas-- las obligaciones que el Estado mexicano ha contraído al ratificar los instrumentos y tratados que integran el derecho internacional de los derechos humanos. En ellos, el derecho al debido proceso es reconocido como un derecho absoluto en favor de todas las personas sin que quepa discriminación alguna.
El dictamen, aprobado de origen por los diputados, sufrió cambios menores en la Cámara de Senadores: las modificaciones sólo matizan los términos en que se darán los allanamientos policiacos sin orden judicial, y eliminan la disposición que permitía al Ministerio Público tener acceso directo a documentación fiscal, financiera, fiduciaria, bursátil, electoral y de carácter confidencial en investigaciones sobre delincuencia organizada. Sin embargo, la reforma mantiene los arraigos y cateos sin orden de un juez y la incomunicación de detenidos.
La reforma, que deberá ser revisada nuevamente por la cámara baja en febrero del próximo año, si bien contiene aspectos positivos al adoptarse un modelo de enjuiciamiento acusatorio, incluye conceptos preocupantes como el de configurar un régimen particular para las personas a quienes se impute su pertenencia a la "delincuencia organizada".
En los términos en que ha sido redactado el dictamen, dichas personas quedarían sustraídas de la protección conferida por las garantías del debido proceso. Esta circunstancia, grave por sí misma, es aún más preocupante si se considera que en México se han documentado casos en los que, por motivos más políticos que jurídicos, falsamente se acusa a personas inocentes de "pertenecer" a la "delincuencia organizada".
Recordemos que a lo largo de la historia mexicana, las clases y grupos en el poder acusaron a movimientos sociales y sus dirigentes de formar parte de la "delincuencia organizada". Hidalgo y Morelos, en la lucha de Independencia; Juárez en la lucha contra los conservadores y la intervención francesa; Villa y Zapata, en la Revolución de 1910; Genaro Vázquez y Lucio Cabañas, entre otros muchos luchadores sociales, fueron tachados, con acepciones propias de cada época, de formar parte de grupos de delincuentes fuera de la ley.
Cabe una acotación: la criminalización de los movimientos sociales sigue vigente y amenaza con generalizarse e incrementarse, tal como nos lo muestra la forma como el Estado ha enfrentado las demandas de los comuneros de Atenco y de la Asamblea Popular de los Pueblos de Oaxaca, por sólo mencionar los casos más conocidos.
Así, a lo largo de la historia nacional, los luchadores sociales fueron combatidos con mecanismos que ahora se pretende incluir en la Constitución: cateos indiscriminados sin orden de aprehensión, sustracción al debido proceso con prolongados "arraigos" que, en muchas ocasiones, se convirtieron en desapariciones definitivas. Así vemos que el saldo del daño social del uso de estos instrumentos de investigación policiaca, durante los años 60 a 80 del siglo XX, es inconmensurable y hasta la actualidad las heridas se mantienen abiertas.
Con razón se subraya que es contradictorio que en una reforma legislativa, que pretende promover el avance hacia un nuevo sistema de justicia, se incluyan normas que legalizan prácticas típicas del modelo de justicia que se pretende superar, tales como el arraigo o como el allanamiento sin orden judicial. De igual manera, preocupa que el dictamen amplíe, mediante diversas disposiciones, las facultades del ministerio público y la policía, bajo el argumento de que el Estado necesita mayores herramientas para combatir al crimen organizado.
El Estado mexicano, consideran organismos de derechos humanos, cuenta con herramientas suficientes para realizar sus labores en materia de seguridad y justicia en un marco democrático de respeto a los derechos humanos; si los resultados de estas labores son hoy exiguos se debe a factores que, como la corrupción e ineficacia de los agentes estatales, son ajenos al marco constitucional que regula la investigación y sanción de los delitos.
Incluso el presidente de la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), José Luis Soberanes, que en diversos temas ha mantenido posiciones vacilantes, ha denunciado con energía que la minuta de reforma constitucional del sistema de justicia significa un retroceso en la protección de los derechos fundamentales.
Con razón el senador perredista Pablo Gómez exclamó desde la tribuna de Xicoténcatl: "¡Qué manera de partirle la madre a la Constitución!", ante la negativa de priístas y panistas de eliminar el párrafo 12 del artículo 16 de la Carta Magna, en el que se otorgan facultades a la policía para ingresar a los domicilios sin orden judicial, "cuando exista una amenaza inminente a la vida y a la integridad de las personas".
"¿Cuándo, en la historia del constitucionalismo, se permitió a los policías, a su criterio, entrar en la casa de quien sea?", preguntó el perredista, e insistió: "Se están creando las bases en la Carta Magna para un Estado policiaco" y ni siquiera servirá para combatir el crimen organizado. "A los narcos no les hará ni cosquillas".
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