martes, febrero 10, 2009

A prueba, las instancias electorales


Ante el desafío del duopolio televisivo, que incumplió con la ley al transmitir por la libre los promocionales electorales, tanto el IFE como el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) deberán actuar con firmeza y sancionar ese desacato. El presidente del IFE, Leonardo Valdés, debe cumplir lo que prometió el año pasado al asumir su cargo: no dejarse avasallar por el Cuarto Poder. Para el exconsejero Jaime Cárdenas Gracia el asunto no es anecdótico, pues lo que está en juego es la influencia de los poderes fácticos en los comicios del futuro.No me dejaré atemorizar por ningún poder formal ni por ningún poder informal”, advertía en marzo de 2008 Leonardo Valdés, recién nombrado consejero presidente del Instituto Federal Electoral (IFE); incluso garantizaba que no cedería a presiones del gobierno ni de las televisoras.“Digámoslo con toda claridad –predicaba, en entrevista con el reportero–: Los medios de comunicación son un poder en nuestra sociedad y también ejercen presión sobre las autoridades públicas. Yo quiero ser tajante: ¡Ni siquiera el Cuarto Poder podrá atemorizar al consejero presidente del IFE!”Menos de un año después, desamparado por los partidos políticos, el Congreso y el gobierno de Felipe Calderón –que ha abdicado de su deber de aplicar la ley en materia de medios de comunicación–, Valdés y el resto de los consejeros del IFE tienen el reto de sancionar con rigor a las cadenas de televisión por las violaciones legales cometidas justo cuando comienzan las precampañas electorales.En lo que es el más reciente de los cíclicos desafíos del poder mediático al IFE, siempre con el sello de la impunidad, Televisa y Televisión Azteca violaron diversas disposiciones del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (Cofipe) y de la Ley Federal de Radio y Televisión en la transmisión de los promocionales partidistas e institucionales a que legalmente están obligadas.Pero no sólo cometieron violaciones legales, sino también a la Constitución General de la República, según documentó la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos.De todas las violaciones –derivadas de “conductas atípicas” que detectó el IFE– hay plena constancia técnica, corroborada inclusive por las propias televisoras en las respuestas a los emplazamientos de la autoridad electoral, que cuenta también con sustento jurídico para aplicar a Televisa y Televisión Azteca sanciones más severas que las amonestaciones y multas que se pretenden imponer.Por lo pronto, con base en los hechos, actos y omisiones encontrados por la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos, y el Comité de Radio y Televisión –que concluyó que hay “presuntas violaciones a la normativa electoral”–, la Secretaría Ejecutiva del IFE inició, el viernes 6, el “procedimiento especial sancionador” contra Televisa y Televisión Azteca.“La Secretaría Ejecutiva del Instituto Federal Electoral, luego de analizar las respuestas recibidas de los concesionarios de televisión y efectuar consultas con el consejero presidente y los ocho consejeros electorales, ha decidido iniciar el procedimiento especial sancionador a las empresas Azteca, S.A. de C.V. (TV Azteca), Televimex, S.A. de C.V. (Televisa) y Novavisión, S. de R.L. de C.V. (Sky)”, informó el IFE la noche del viernes, en un ejercicio inédito que enfureció a los concesionarios.Quedó pendiente si también será sujeta del mismo procedimiento la empresa Cablevisión Red, S.A. de C.V. (Cablevisión), propiedad del Grupo Televisa, como Sky, ambas de televisión restringida, pero no se informó nada sobre el gubernamental Canal 22, dirigido por el escritor Jorge Volpi, que también incurrió en las “conductas atípicas” de las empresas privadas.La argumentación jurídica y las pruebas técnicas, obtenidas por el sistema de monitoreo del IFE, condujeron a conclusiones ine-quívocas sobre el desafío legal de las televisoras y que obligan, además, a que el gobierno de Calderón intervenga más allá de la “conciliación” que promueve Fernando Gómez Mont, secretario de Gobernación.Según información obtenida por Proceso, una vez que se inició el proceso sancionador, cuyo desahogo debe ser en un plazo de cinco días, Valdés solicitará, en su calidad de presidente del IFE, “el apoyo y colaboración de las autoridades federales, estatales y municipales”, con el objeto de allegarse de pruebas necesarias que robustezcan las violaciones a la ley de los concesionarios.
La hora de la verdad
“La sanción debe corresponder a la gravedad de la falta”, afirma al respecto el exconsejero electoral Jaime Cárdenas Gracia, quien advierte que los consejeros deben actuar con firmeza: “El IFE debe mandar el mensaje de que los poderes fácticos no están por encima de las autoridades electorales”.Y añade: “Los consejeros deben tomar en cuenta lo que ocurrió en 2006 y lo que ha venido ocurriendo en estos meses, que forma parte del contexto jurídico e institucional y no sólo un dato político: Las televisoras han estado desafiando a la autoridad electoral, desde luego a los partidos, al Congreso y, en general, a las instituciones.”Testigo directo del desafío de las televisoras desde el proceso electoral de 1997 y sobre todo en 2000, cuando las televisoras lideradas por la Cámara de la Industria de Radio y Televisión (CIRT) se negaron a transmitir spots del IFE –y que contaban con el apoyo del secretario de Gobernación, Diódoro Carrasco, ahora diputado federal del PAN–, insiste en que el órgano electoral debe, además, dar vista a Gobernación, con el fin de iniciar un proceso de revocación de concesiones.“Da la impresión de que los consejeros sancionan primero a los más débiles y no tocan a los más poderosos. Debe ser al revés: Primero con los más fuertes, y en este caso no hay poder más férreo que el de los medios. Si no lo hace, el proceso electoral se les va a ir de las manos y vamos a tener una reedición de 2006.”
–¿Prevé una actuación timorata de la autoridad?
–Sí, que inicie un procedimiento sancionador y diga que, como fue una primera falta, lo que procede es la amonestación, y les advierte que si lo vuelven a hacer los va a multar y si reinciden les impondrá el doble de la multa. No pueden hacer eso. Tienen que hacer un razonamiento sólido para demostrar que la falta es muy grave y ampararse en la ley para establecer una sanción grande.Entrevistado la mañana del jueves 5, antes de conocerse la determinación del IFE, anticipa: “Lo que me temo es que van a irse a la sanción más débil, a la amonestación, y va a ser de risa. Lo que deben hacer es ir a una sanción fuerte y dando vista a Gobernación, a las autoridades competentes por violaciones no sólo al Cofipe, sino a la Ley Federal de Radio y Televisión para que se dé inicio al proceso de revocación de concesiones”.Enfático, Cárdenas dice que no sólo hay una violación al Cofipe y a la Ley Federal de Radio y Televisión, sino a la Constitución, en su artículo 41, tal como también lo refiere el IFE para sustentar jurídicamente el inicio del procedimiento especial sancionador.La fracción tercera, inciso a) dispone que, a partir del inicio de las precampañas y hasta el día de la jornada electoral, quedarán a disposición del IFE 48 minutos diarios de tiempos del Estado, que serán distribuidos en dos y hasta tres minutos por cada hora de transmisión en cada estación de radio y canal de televisión entre las 6:00 y las 24:00 horas.
Lo que encontró el IFE
En lo que se convirtió en un escándalo político, debido a que se produjo en el inicio del período de precampañas, los canales de Televisa y Televisión Azteca, de televisión abierta; y los de Cablevisión y Sky, de televisión restringida, observaron lo que el IFE denominó “comportamientos atípicos”.Repentinamente, el 31 de enero, el partido de futbol Morelia-América, y el domingo 1 el Súper Tazón de futbol americano, fueron abruptamente cercenados para dar paso a bloques de promocionales que enfurecieron a los televidentes. En el caso de Televisa, en los canales 2 y 5 la Dirección de Prerrogativas y Partidos Políticos documentó que se transmiten en bloque la totalidad de los promocionales pautados por hora; al inicio del bloque de la transmisión la emisora inserta una “cortinilla” de aproximadamente 10 segundos que dice: “Los siguientes promocionales son ordenados por el IFE en cumplimiento a la Ley Electoral y se transmitirán hasta el 5 de julio”; los bloques se transmiten justo en el cambio de la hora y en forma sincronizada con otros canales de televisión, y durante los eventos deportivos verificados se interrumpe la transmisión de manera tal que los spots pautados truncan el evento.Según el informe de esa instancia del IFE, la transmisión en bloque –denominado reel– de los promocionales de los partidos políticos y autoridades electorales implica una trasgresión a la pauta y, por lo tanto, una posible violación al artículo 350, párrafo 1, inciso c) del Cofipe, porque los mensajes se transmitieron de forma consecutiva y no sucesiva.Así, Televisa incumplió con la pauta de transmisión, al no haber hecho dichas transmisiones atendiendo a la asignación continua y al orden sucesivo de los mensajes y, en su lugar, realizó las transmisiones de manera consecutiva y conjunta, “manifestando con ello una clara inequidad de este tipo de promocionales frente al resto de la programación, atentando directamente con la función social que tienen estos medios de comunicación de contribuir al fortalecimiento de la integración nacional y el mejoramiento de las formas de convivencia humana, procurando fortalecer las convicciones democráticas, a las que alude el artículo 5 fracción IV de la Ley Federal de Radio y Televisión, ley aplicable supletoriamente a la materia electoral”.Televisión Azteca actuó de manera análoga, según la información oficial del IFE: Se transmite en bloque la totalidad de los promocionales pautados por hora; al inicio del bloque de la transmisión la empresa inserta una “cortinilla” de aproximadamente nueve segundos que dice: “Lamentamos esta interrupción, su programación favorita se reanudará en tres minutos. A continuación damos paso a mensajes políticos transmitidos por orden del IFE, en cumplimiento de las disposiciones del Cofipe aprobadas por el Congreso y promovidas por el Gobierno Federal (sic) y los tres principales partidos políticos”. Al finalizar inserta una cortinilla de aproximadamente cinco segundos que dice: “A continuación regresamos a su programación favorita”. Los bloques se transmiten justo en el cambio de la hora, es decir, juntan la hora previa con la siguiente, de tal suerte que se transmiten seis minutos de transmisión continua y de forma sincronizada con otros canales de televisión. Durante los eventos deportivos verificados se interrumpe la transmisión de manera tal que los spots pautados truncan el evento.El tercer caso examinado por el IFE, el de Sky, es peculiar: En la señal del canal 13 se emitieron diversos promocionales de los partidos políticos, en bloques de tres minutos, al inicio de cada hora de transmisión, desde las 6:00 y hasta las 24:00 horas, el 31 de enero y el domingo 1 de febrero.Sin embargo, dice la información, se detectó que la señal de ese canal, al ser difundida por Sky, fue modificada, precisamente en el momento en que los aludidos bloques de promocionales eran transmitidos por el sistema radiodifundido.Así, en lugar de los promocionales del IFE y de los partidos que estaba siendo transmitida en el canal 13, al mismo tiempo, pero en la señal transmitida por el canal 113 de Sky se insertó publicidad de la entidad privada denominada Fundación Azteca, anuncios de leche Lala y promocionales de la Secretaría de Salud.El IFE comprobó que, hasta el jueves 5, ocurrió exactamente lo mismo. “Las señales atinentes fueron bloqueadas de nueva cuenta y sustituidas con avances informativos y promocionales de la programación de los canales radiodifundidos”.Por ello, el IFE estima que Sky “es probable responsable de la infracción prevista por el artículo 350, párrafo 1, inciso c), en relación con el diverso 75, párrafo 1” del Cofipe, por incumplir con su obligación de incluir, sin alteración alguna, los mensajes de los partidos políticos y de las autoridades electorales y así garantizar el ejercicio de los derechos que el artículo 41, base III, apartado B, en relación con el A, de la Constitución otorga a los partidos políticos.Invariablemente, en su argumentación jurídica para sustentar las violaciones legales de las televisoras, la Dirección de Prerrogativas y Partidos Políticos del IFE alude a que la radio y la televisión constituyen una actividad de interés público, por lo que las autoridades deberán vigilar el debido cumplimiento de su función social, según los artículos 4 de la Ley Federal de Radio y Televisión, y 1 del Reglamento de la Ley Federal de Radio y Televisión.En relación con ello, el artículo 5 de la Ley Federal de Radio y Televisión dispone que la radio y la televisión tienen la función social de contribuir al fortalecimiento de la integración nacional y al mejoramiento de las formas de convivencia humana. Al tratarse de una actividad de interés público, los concesionarios de radio y televisión deben atender a ciertas condiciones en la prestación del servicio que tienden a la consecución de ciertos fines, como el fortalecimiento de las convicciones democráticas, finalidad prevista en el artículo 5, fracción IV de la ley de referencia.
Fraude a la ley
El exconsejero Cárdenas Gracia insiste en que las televisoras deben ser ejemplarmente sancionadas, no sólo por violaciones específicas a la Constitución y a las leyes –que en el caso del Cofipe contempla amonestación, multa de hasta mil días de salario mínimo o el doble por reincidencia–, sino por incurrir en el delito de “fraude a la ley”.“En el asunto de las cortinillas es evidente que no sólo hay una mala fe, sino la intención de desvirtuar y hacer mofa de la norma. Eso constituye en la teoría jurídica, en el derecho, un ilícito atípico de abuso de derecho y fraude a la ley. Lo que hacen es sabotear, cuestionar, mofarse de la ley, y por eso también pueden ser sancionadas.”El IFE debe dar vista, también, a la Secretaría de Gobernación si, como se presume, las televisoras transmitieron en la barra infantil los promocionales del Partido Social Demócrata (PSD) sobre el uso del condón, sobre el aborto y la violencia. “Gobernación no debe lavarse las manos, porque es su competencia, no sólo del IFE”.Tampoco pueden ignorar el tema el Congreso y los partidos políticos: “Los partidos PAN, PRD, PRI, de manera cómoda, han dicho que ese es asunto del IFE y de las televisoras, y se han lavado las manos. Gómez Mont dice que lo van a estudiar, pero la autoridad competente es Gobernación y también puede imponer sanciones por violaciones a la ley”.
–¿Espera que el gobierno cambie su posición ante las televisoras?
–El gobierno federal tiene una actitud de sumisión, de abyección, de sometimiento al poder fáctico de las televisoras. Entonces, aquí se va a ver, con esta decisión, aunque no quería usar estas palabras, de qué están hechos los consejeros y el gobierno federal. “Si dejan pasar por alto, si le imponen a Televisa y Televisión Azteca una sanción leve, una amonestación, y vamos a otra cosa, demostrarán que están sometidos al poder de las televisoras y mandarán un mensaje pésimo para el resto de los actores políticos: Se puede violar la ley, al fin que sólo te imponen una amonestación o una multa, o se va a cebar en los más débiles, como lo han hecho.”
–¿Y que se puede violar la ley con total impunidad?
–Pero hasta en la violación a la ley hay diferencias. El IFE va a actuar respecto a los partidos minoritarios, sancionará a algún dirigente, a algún precandidato, pero con la televisión en serio no se va a ir. Cárdenas Gracia dice que es, también, una oportunidad para que el IFE deje al Tribunal Electoral, al que sin duda llegará, la responsabilidad de no aplicar sanción o una más leve. “Este tema de los spots no es anecdótico, porque está en juego la influencia de los poderes fácticos en las elecciones y está a prueba la independencia de las instituciones electorales, tanto del IFE como del Tribunal Electoral. La decisión será ilustrativa para el resto del proceso electoral y el futuro.”

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