14 agosto 2009
"Las constancias que obran en la causa penal (acerca de la matanza de Acteal) no es posible afirmar que jurídicamente haya culpables".
José Ramón Cossío,
ministro de la SCJN.
I
El fallo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación --¿Cuál nación? ¿La criolla? ¿La mestiza? ¿Las indígenas?-- por el cual excarcela a 20 de los 26 sentenciados por la matanza de Acteal, en 1997, tiene varios significados.
Y más allá del significado obvio, letrístico, del fallo --la excarcelación misma sustentada sobre deficiencias en el "debido proceso" que condujo a su sentencia--, lo que emerge inequívocamente es la vera misión de la Corte.
Y esa misión es la de velar por el statu quo del poder político del Estado mexicano, como el elemento constitutivo de éste que debiere subordinarse al otro elemento constitutivo superior, el pueblo, la sociedad.
Velar por el statu quo exige, insoslayable e imprescindiblemente, practicar la simulación no sólo filosófica --v. gr., el sofisma-- sino esencialmente ideológica y política y, cual enser útil, la jurídica.
Acerca del statu quo dígase que éste es conocidísimo, pero por lo que atañe al asunto de la matanza de Acteal, dicho estado de cosas es opresivo y, por ello, a la luz de sus expresiones, antisocial --contra la sociedad--.
Simular --el atributo molecular, protoplásmico diríase, del Estado mexicano-- tiene por móvil estratégico hacer que prevalezca como sea un estado de derecho diseñado para someter y reprimir en extremo.
Vaya no muy lejos el caro leyente en el pretérito histórico o en el presente para verificar la desintegración a ojos vista del poder político del Estado mexicano (del que la SCJN es intrínseca), tiene manifestaciones claras.
Y una de esas manifestaciones claras de desintegración del poder político del Estado (y la de éste mismo, por la inferencia válida del contagio) es la recursividad jurídica de la simulación del derecho al impartir justicia.
II
Éste es el objetivo estratégico del estado de derecho. Pero servir a la justicia tiene atajos, vericuetos y laberintos por los cuales transita la simulación. En el caso, el "debido proceso" fue así premeditadamente.
Dicho de otro estilo: la Procuraduría General de la República sustentó con deficiencias a propósito, para que en tiempo la Corte tuviere razones de técnica jurídica para excarcelar a los perpetradores de la matanza de Acteal.
Mediante esas sofisterías, el fallo equivale a un complot antisocial --contra la nación tzotzil, en Chiapas-- y confirma que hay espacio amplio para la maniobra leguleya que da pie a que el derecho no sirva a la justicia.
La etimología de la palabra "derecho" --del latín "directus"-- nos describe su significado: lo recto, lo rígido, lo adecuado. Ello lo vincula con nociones de fundamentación moral y política que subordina los límites de lo jurídico.
La función del derecho es, así, organizar la vida colectiva. Ello establece que el interés colectivo --en el caso,el de los tzotziles-- tiene primacía sobre el interés particular; éste debe obligarse a lo que el interés colectivo impone.
Pero ese deber --sometimiento de los miembros de una sociedad a ésta-- es distorsionado aviesamente, como mírase cual verismo lacerante en éste fallo de la Corte. La ley se aplica selectivamente en aras de un interés dado.
Y aquí el interés dado es el del poder político del Estado, considerado autor de la matanza por no pocos tzotziles y otras naciones originarias, académicos de ciencias sociales y políticas y especialistas en derecho, etc.
Crimen de Estado, pues. Ello es percepción pública de impecable nitidez. Sí, crimen de Estado, pero ¿por qué? La pregunta nos lleva sin alcorce a la historia o, por mejor decir, a las luchas históricas de los pueblos de México.
III
Esas luchas históricas de los pueblos que ocupaban y continúan ocupando desde siempre territorios de lo que luego fue Nueva España y hoy México tienen origen y móvil: la defensa patrimonial ante los conquistadores.
Podríase afirmar que el fallo se inserta en ese "continuum". Los atavismos de la Conquista son continuidad de la dominación colonial externo español y de sus sucesores, promotores jurídicos de un colonialismo interno.
Los sucesores son el poder político del Estado mexicano (nótese que ningún ministro es indígena como Juárez o mestizo, sino criollo), tienen una cosmovisión concomitante, "mexicanista", de conservadurismo inmovilista.
Esa cosmovisión "mexicanista" --filósoficamente copulativa con la "indigenista"-- deviene en un modelo económico, político, social y cultural cuyos valores se sustentan en la propiedad privada y el capitalismo salvaje.
Tales valores (propiedad privada y capitalismo salvaje generan avaricia incontenible) son opuestos a los de las naciones indias, cuya cosmovisión y presencia en tierras con vastas riquezas primas son barrera al saqueo.
De allí viene la discriminación en agravio del grupo social más vulnerable --los pueblos indígenas, superado sólo por el de las mujeres aborígenes-- y de allí viene el racismo como herencia de la corona española.
En esos contextos históricos, actuales, coyunturales, culturales, políticos, económicos e incluso filosóficos e ideológicos-- se sitúa el fallo que se comenta. La Conquista continúa; el despojo y el saqueo siguen. Impunes.
Esos contextos no son ajenos entre sí, sino vinculados por su dialéctica misma: cohesionan todo aquello que, como el fallo que alienta impunidades, somete aun más a los pueblos originarios y escoliarlos hasta desaparecerlas.
ffponte@gmail.com
www.faustofernandezponte.com
Glosario:
Alcorce: atajo. desviación para acortar el camino.
José Ramón Cossío,
ministro de la SCJN.
I
El fallo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación --¿Cuál nación? ¿La criolla? ¿La mestiza? ¿Las indígenas?-- por el cual excarcela a 20 de los 26 sentenciados por la matanza de Acteal, en 1997, tiene varios significados.
Y más allá del significado obvio, letrístico, del fallo --la excarcelación misma sustentada sobre deficiencias en el "debido proceso" que condujo a su sentencia--, lo que emerge inequívocamente es la vera misión de la Corte.
Y esa misión es la de velar por el statu quo del poder político del Estado mexicano, como el elemento constitutivo de éste que debiere subordinarse al otro elemento constitutivo superior, el pueblo, la sociedad.
Velar por el statu quo exige, insoslayable e imprescindiblemente, practicar la simulación no sólo filosófica --v. gr., el sofisma-- sino esencialmente ideológica y política y, cual enser útil, la jurídica.
Acerca del statu quo dígase que éste es conocidísimo, pero por lo que atañe al asunto de la matanza de Acteal, dicho estado de cosas es opresivo y, por ello, a la luz de sus expresiones, antisocial --contra la sociedad--.
Simular --el atributo molecular, protoplásmico diríase, del Estado mexicano-- tiene por móvil estratégico hacer que prevalezca como sea un estado de derecho diseñado para someter y reprimir en extremo.
Vaya no muy lejos el caro leyente en el pretérito histórico o en el presente para verificar la desintegración a ojos vista del poder político del Estado mexicano (del que la SCJN es intrínseca), tiene manifestaciones claras.
Y una de esas manifestaciones claras de desintegración del poder político del Estado (y la de éste mismo, por la inferencia válida del contagio) es la recursividad jurídica de la simulación del derecho al impartir justicia.
II
Éste es el objetivo estratégico del estado de derecho. Pero servir a la justicia tiene atajos, vericuetos y laberintos por los cuales transita la simulación. En el caso, el "debido proceso" fue así premeditadamente.
Dicho de otro estilo: la Procuraduría General de la República sustentó con deficiencias a propósito, para que en tiempo la Corte tuviere razones de técnica jurídica para excarcelar a los perpetradores de la matanza de Acteal.
Mediante esas sofisterías, el fallo equivale a un complot antisocial --contra la nación tzotzil, en Chiapas-- y confirma que hay espacio amplio para la maniobra leguleya que da pie a que el derecho no sirva a la justicia.
La etimología de la palabra "derecho" --del latín "directus"-- nos describe su significado: lo recto, lo rígido, lo adecuado. Ello lo vincula con nociones de fundamentación moral y política que subordina los límites de lo jurídico.
La función del derecho es, así, organizar la vida colectiva. Ello establece que el interés colectivo --en el caso,el de los tzotziles-- tiene primacía sobre el interés particular; éste debe obligarse a lo que el interés colectivo impone.
Pero ese deber --sometimiento de los miembros de una sociedad a ésta-- es distorsionado aviesamente, como mírase cual verismo lacerante en éste fallo de la Corte. La ley se aplica selectivamente en aras de un interés dado.
Y aquí el interés dado es el del poder político del Estado, considerado autor de la matanza por no pocos tzotziles y otras naciones originarias, académicos de ciencias sociales y políticas y especialistas en derecho, etc.
Crimen de Estado, pues. Ello es percepción pública de impecable nitidez. Sí, crimen de Estado, pero ¿por qué? La pregunta nos lleva sin alcorce a la historia o, por mejor decir, a las luchas históricas de los pueblos de México.
III
Esas luchas históricas de los pueblos que ocupaban y continúan ocupando desde siempre territorios de lo que luego fue Nueva España y hoy México tienen origen y móvil: la defensa patrimonial ante los conquistadores.
Podríase afirmar que el fallo se inserta en ese "continuum". Los atavismos de la Conquista son continuidad de la dominación colonial externo español y de sus sucesores, promotores jurídicos de un colonialismo interno.
Los sucesores son el poder político del Estado mexicano (nótese que ningún ministro es indígena como Juárez o mestizo, sino criollo), tienen una cosmovisión concomitante, "mexicanista", de conservadurismo inmovilista.
Esa cosmovisión "mexicanista" --filósoficamente copulativa con la "indigenista"-- deviene en un modelo económico, político, social y cultural cuyos valores se sustentan en la propiedad privada y el capitalismo salvaje.
Tales valores (propiedad privada y capitalismo salvaje generan avaricia incontenible) son opuestos a los de las naciones indias, cuya cosmovisión y presencia en tierras con vastas riquezas primas son barrera al saqueo.
De allí viene la discriminación en agravio del grupo social más vulnerable --los pueblos indígenas, superado sólo por el de las mujeres aborígenes-- y de allí viene el racismo como herencia de la corona española.
En esos contextos históricos, actuales, coyunturales, culturales, políticos, económicos e incluso filosóficos e ideológicos-- se sitúa el fallo que se comenta. La Conquista continúa; el despojo y el saqueo siguen. Impunes.
Esos contextos no son ajenos entre sí, sino vinculados por su dialéctica misma: cohesionan todo aquello que, como el fallo que alienta impunidades, somete aun más a los pueblos originarios y escoliarlos hasta desaparecerlas.
ffponte@gmail.com
www.faustofernandezponte.com
Glosario:
Alcorce: atajo. desviación para acortar el camino.
"Continuum": en sociología, continuidad. Formaciones económicas, políticas, sociales, culturales, etc., anteriores sobre una formación posterior.
Escoliarlos: del verbo escoliar. Poner escollos a una obra o acción.
Matanza de Acteal: asesinato de 45 tzotziles de Las Abejas el 22 de diciembre de 1997 mientras rezaban en una iglesia de la comunidad de Acteal, Chiapas. De las víctimas, 16 eran niños, niñas y adolescentes; 20 eran mujeres adultas y nueve varones adultos; siete de las mujeres estaban embarazadas. Los responsables directos fueron unos 90 pistoleros miembros del grupo paramilitar "Máscara roja" y militantes del PRI, opuestos al zapatismo indígena. La operación duró siete horas, casi frente a un retén de la policía chiapaneca, cuyos agentes observaron el episodio y se abstuvieron de intervenir. Unos 56 perpetradores materiales de la matanza están en prisión, pero la SCJN ordenó ayer la excarcelación de 20 y se espera que en fallo próximo otros tantos sean también puestos en libertad.
Molecular: de molécula. Unidad mínima de una sustancia que conserva átomos iguales o diferentes.
Protoplásmica: de protoplasma. parte de una célula que rodea al núcelo de ésta.
Lecturas recomendadas:
"Estado de derecho y democracia", de Jesús Rodríguez Zepeda. Comision Nacional de Derechos Humanos.
Lecturas recomendadas:
"Estado de derecho y democracia", de Jesús Rodríguez Zepeda. Comision Nacional de Derechos Humanos.
"Los indios de México", de Fernando Benítez. Diversas editoriales.
"VI Declaración de la Selva Lacandona", del Ejército Zapatista de Liberación Nacional. Diversas editoriales.
"VI Declaración de la Selva Lacandona", del Ejército Zapatista de Liberación Nacional. Diversas editoriales.
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