En un caso inédito, una
asociación civil que se autodenomina Comisión Mexicana de Derechos
Humanos solicitó a la Secretaría de Gobernación aplicar
el artículo 33 de la Constitución a los chilenos Camila Vallejo, Marcos
Alberto Enriquez-Ominami Gumucio y al asesor uruguayo Luis Costa Bonino
“por inmiscuirse en asuntos políticos del País”.
La Constitución política
de los Estados Unidos Mexicanos señala en su Artículo 33: “Son personas
extranjeras las que no posean las calidades determinadas en el artículo
30 constitucional y gozarán de los derechos humanos y garantías que
reconoce esta Constitución. El Ejecutivo de la Unión, previa audiencia,
podrá expulsar del territorio nacional a personas extranjeras con fundamento en la ley, la cual regulará el procedimiento administrativo,
así como el lugar y tiempo que dure la detención. Los extranjeros no
podrán de ninguna manera inmiscuirse en los asuntos políticos del país”.
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