Ackermann dijo que si el Legislativo es omiso, entonces los magistrados
tienen que ir más allá del criterio cuantitativo de irregularidades.
Ciudad de México.- Por primera vez en la historia de México hay una
impugnación para la totalidad de la elección presidencial y el Tribunal
Electoral federal tiene que analizarla de manera integral, no limitarse
al criterio de 25 por ciento de casillas con causales, consideró John
Ackerman, especialista en temas electorales.
"Tiene que emitir un dictamen y tiene que evaluar la totalidad del
proceso electoral, esa es su responsabilidad. Esta es la primera vez en
la historia en que formalmente se reconoce la posibilidad de la
invalidez de la elección presidencial.
"Hace seis años, incluso (Andrés Manuel) López Obrador no lo pedía
explícitamente, porque la ley misma no la reconocía como tal", señaló.
En entrevista, el académico de la Universidad Nacional Autónoma de
México detalló que la nulidad implica, estrictamente hablando, retirarle
la validez a algo que es válido. En la elección presidencial, añadió, a
diferencia de los comicios de senadores y diputados, es la Sala
Superior del Tribunal la que emite la primera y la última decisión con
respecto a la validez.
Añadió que la restricción impuesta por los partidos al Tribunal
Electoral con la reforma 2007-2008, de solamente anular la elección por
causales expresamente señaladas en la ley, fue un ataque de la clase
política al Tribunal, una revancha de los políticos en contra de los
jueces.
Destacó que en 2008 el Senado incluyó en la nueva Ley General de Medios
de Impugnación en materia electoral el rebase de tope de gastos de
campaña como una causal de nulidad expresa; no obstante, la Cámara de
Diputados retiró esa causal.
"En ese momento era un esfuerzo específico de parte del PRI y del PAN
queriendo hacer un esfuerzo por limitar las facultades de interpretación
y de acción del Tribunal", señaló Ackerman.
Ante ello, planteó la recuperación de la esencia de la causal abstracta
de nulidad, que ha ocurrido en los últimos años, por parte del Tribunal
Electoral.
"Esta nueva causal de invalidez por violación a principios
constitucionales significa la recuperación de las facultades del
Tribunal Electoral para defender nuestra constitución y asegurar el
Estado de derecho.
"Esta limitación a la facultad de interpretación del Tribunal es
simultáneamente una obligación al Poder Legislativo para elaborar y
redactar dentro de las leyes las causales efectivas para la nulidad",
apuntó.
Aseveró que si el Legislativo es omiso, entonces los magistrados tienen
que ir más allá de sólo ese criterio cuantitativo de irregularidades en
25 por ciento de casillas.
"No hay confusión, lo que existe es un esfuerzo de los jueces por
garantizar su función de garantes de la Constitución ante un esfuerzo
político por limitar sus facultades.
"La invalidez y la nulidad son cosas distintas, la misma Constitución en
su artículo 99 dice que el Tribunal Electoral tiene que emitir una
declaratoria de validez y la Ley General de Medios de Impugnación habla
de nulidad, son dos cosas distintas", consideró.
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