MÉXICO,
D.F. (Proceso).- Lo más grave de los fallos del Tribunal Electoral del
Poder Judicial de la Federación (TEPJF) que validan la elección de
Enrique Peña Nieto no es su “letrismo” jurídico o carácter minimalista,
sino su profunda inconsistencia interna. Es evidente que los
magistrados se autolimitaron y abdicaron a su responsabilidad
constitucional de garantizar la celebración de elecciones auténticas y
libres. Hasta personajes como Joaquín López Dóriga aceptan que millones
de mexicanos se han quedado con “un mal sabor de boca”. El desprestigio
es tal que ningún experto reconocido o figura de la sociedad civil ha
aceptado manchar su nombre incorporándose al “equipo de transición”.
Pero
lo que más indigna no es el burocratismo del TEPJF, sino la hipocresía
de los magistrados. Resulta que en este momento cúspide de su
indolencia el máximo tribunal en materia electoral se atreve a presumir
su supuesto activismo. Una lectura cuidadosa de las casi mil 500
fojas producidas por el TEPJF, incluyendo la resolución de SUP-JIN
359/2012 y el Dictamen de Validez, revela que existe una profunda
contradicción entre el esquema de interpretación que los magistrados
dicen apoyar y la metodología que implementan para el caso concreto de
la elección de Peña Nieto. En un solo acto, el tribunal se declara
profundamente comprometido con la estricta tutela de los derechos
humanos y avala sobre las rodillas las ilegalidades más inmundas.
Llama
la atención, por ejemplo, que el TEPJF desmiente de manera contundente
a analistas como Jorge Alcocer y Ciro Murayama, entre otros, que desde
hace meses han buscado reducir el proceso de calificación de la
elección a un mero trámite de sumas y restas para ver si se cumplía
mecánicamente el criterio de 25% de las casillas anuladas señaladas en
la ley como causal de nulidad de la elección presidencial. El Dictamen
de Validez sostiene que “la declaración de validez o invalidez de una
elección, según el caso, deriva no sólo de las facultades específicas en
la legislación electoral, sino particularmente de los principios y
valores constitucionales y derechos fundamentales previstos tanto en la
Constitución como en los tratados internacionales de derechos humanos”.
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