martes, junio 24, 2008

Amparos contra la Suprema Corte

Por Enrique Montalvo Ortega

Es probable que la cifra de amparos contra la Ley del ISSSTE constituya un récord mundial que podría constatar Guiness, el de trabajadores del Estado obligados a defenderse jurídicamente de las medidas que ese mismo Estado (su patrón) adopta en su contra: entre un millón doscientos mil y dos millones, según calcula José T. Cardoza Olivas, dirigente de la Coordinadora de Trabajadores y Organizaciones en Defensa del ISSSTE.
Néstor de Buen, abogado experimentado en estas cuestiones sostiene que “lo grave es que la Suprema Corte está resolviendo de antemano asuntos que no le han llegado aún y que están en trámite, más que lento (…) No parece muy adecuado a las reglas de la Ley de Amparo.” (La Jornada, 22 de junio de 2008). Agrega que, además, muy probablemente esté contraviniendo artículos de la Constitución, como el 4 y el 123. O sea, que la Corte está marcando una serie de lineamientos a los que tendrá que sujetarse la solución de los amparos.
Tras esta actitud de los ministros subyace una forma de interpretar la ley al margen de su realidad histórica y social. ¿Acaso el espíritu de nuestra Constitución consiste en desresponsabilizar al Estado de la seguridad social de sus propios trabajadores? ¿O es que dicho espíritu supone que el capital financiero se apropie de los ahorros de los trabajadores para multiplicar sus ingresos a costa del empobrecimiento de estos últimos? ¿En algún lado los Constituyentes del 17 concluyeron que la solidaridad debe ceder el paso al rásquese cada quien con sus propias uñas, al individualismo extremo presente en la nueva ley? Todo lo contrario, si los ministros hicieran una lectura contextual de la Constitución se encontrarían con que es el resultado de una lucha social entre cuyas aspiraciones estaba la de construir un Estado que, a diferencia del porfiriano, encarnara el interés general, la justicia y la solidaridad.
Esto por supuesto que lo saben o debieran saberlo, aunque no está de más recordárselo.¿A qué viene entonces este conjunto de decisiones que, más que fundarse en la Constitución, parece provenir de una lectura jurídica de los tratados de Friedrich von Hayek y de Milton Friedman?
Acaso el contexto socioeconómico de los señores ministros nos ayude a desentrañar el origen de sus inclinaciones interpretativas de rango neoliberal.
El 29 de febrero de este año nos enteramos a través de La Jornada, que:
“Cada uno de los 11 ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) recibirá un salario anual neto de 3 millones 998 mil pesos (más prestaciones)”, o sea 333,166.66 al mes, el equivalente de 211.17 salarios mínimos, que las “prestaciones que reciben ministros, consejeros y magistrados electorales por igual son seguro de vida de 40 meses de sueldo, además de seguros colectivo de retiro, de gastos médicos mayores y de separación individualizado, donde cada funcionario puede ahorrar hasta 10 por ciento de su sueldo y el Poder Judicial aporta otro tanto. Además, perciben aguinaldo de 40 días, ayuda para anteojos, pagos de defunción, prima vacacional (cinco días de sueldo base más compensación garantizada por cada periodo); hasta dos vehículos, teléfono celular y gastos de alimentación”.
Dos años antes, gracias a la misma Jornada, supimos que:
“No importa que hayan sido ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) por unos cuantos meses, tampoco que hayan reanudado sus actividades de litigantes y sean muy exitosos o que ocupen puestos diplomáticos y académicos. Los 37 ministros jubilados reciben una pensión bruta que va de 188 mil 513 pesos hasta un máximo de 263 mil 831 pesos mensuales.” (15 de mayo de 2006).
Además, el trato que los supremos otorgan a sus colegas dista mucho del que dan a los millones de trabajadores que buscan amparo:
“En octubre de 2002, 18 ministros jubilados, encabezados por Irma Cué y Noé Castañón, enviaron una carta al pleno en la que se quejaban de que sus pensiones no fueran similares a las de los ministros electos en 1995, es decir, que los 64 mil pesos que recibían desde que fueron liquidados, en diciembre de 1994, no eran suficientes. Solícito, el ministro presidente, Mariano Azuela Güitrón, atendió el reclamo y lo llevó al pleno, donde con el voto en contra de Genaro Góngora Pimentel se acordó homologar las pensiones, en un acto que éste calificó de inconstitucional, porque los ministros habían ‘legislado’ sin tener atribuciones para ello.”
Hoy el gasto de la Suprema, sólo en pago de de pensiones, rebasa los 90 millones de pesos anuales. Vale recordar que declararon como información clasificada o sea oculta e inaccesible, los nombres de los ministros que reciben jubilación.
Decía John Stuart Mill, célebre liberal del siglo XIX, que uno de los rasgos de la democracia era la existencia de similitud entre las condiciones de vida de los gobernantes y de los gobernados. Responda el lector si cree que puede haberla entre los ministros de la Corte y los trabajadores que acuden a ellos en busca de amparo legal. Y para rematar, los primeros hasta aplican retroactividad en su favor, mientras decretan el despojo de los derechos de los segundos.
Tal vez habría que empezar por considerar que con semejantes sueldos y prebendas para los ministros y altos funcionarios del Poder Judicial, se ha creado una casta burocrática absolutamente insensible e incapaz de aplicar justicia con apego a nuestra Constitución. De ahí que tuerzan la norma a favor de los intereses empresariales neoliberales, que sienten más cercanos a los suyos. El peor escenario para México es que las instituciones encargadas de impartir justicia se conviertan en instancias oligárquicas, porque cierran los conductos de la legalidad para la mayoría y generan una profunda desconfianza en las instituciones.
Sabemos que jurídicamente la Suprema Corte es la última instancia jurídica. ¿Quizá los abogados democráticos puedan considerar alguna forma de amparo o equivalente ante instancias internacionales (la ONU, la OIT, etc.)? ¿O es que está pasando la hora de los abogados y comienza la de las grandes movilizaciones sociales y de la resistencia civil ante actos de la Suprema Corte y en general del Estado neoliberal?
Tal vez una de las acciones de resistencia civil pertinentes sería llenar simbólicamente los juzgados con otra millonada de amparos, ahora contra los lineamientos de la Suprema Corte ¿Por qué no?

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