Gustavo Iruegas
La neutralidad fue alguna vez una vertiente importante de la política exterior mexicana. Al estallar la Gran Guerra, don Venustiano Carranza consideró que lo mejor para el pueblo mexicano sería mantenerse totalmente ajeno a la conflagración. Don Isidro Fabela, en funciones de secretario de Relaciones del Gobierno Revolucionario, declaró la neutralidad de México el 25 de septiembre de 1914, según lo previsto en la Convención sobre los Derechos y Deberes de las Potencias Neutrales en Caso de Guerra Marítima.
En 1919 se estableció la Sociedad de Naciones (también conocida como Liga de las Naciones), y con ello se instituyó el concepto de la seguridad colectiva que practicaban los tres mosqueteros de Dumas -uno para todos y todos para uno-, que intrínsecamente cancela la neutralidad entre sus asociados.
México se integró a la Sociedad de Naciones en 1931 y su actuación fue muy destacada en los casos en que la seguridad colectiva fue quebrantada, especialmente en los de Eritrea y España. Pero casi ninguna nación cumplió a cabalidad las obligaciones de solidaridad en los casos de agresión que conoció la Liga: Manchuria, Eritrea, Finlandia, España y la blitzkrieg alemana que derivó en la Segunda Guerra Mundial.
Dada la insuficiencia que demostró la seguridad colectiva que prometió la Sociedad de Naciones, México tuvo que a acogerse nuevamente a la neutralidad. Al día siguiente de estallar el conflicto armado en Europa -3 de septiembre de 1939- el presidente Cárdenas anunció: "... el gobierno que presido declara su resolución de permanecer neutral en la contienda, sujetando su conducta a las normas establecidas por el derecho internacional..." Un mes después, el 3 de octubre, se realizó la primera Reunión de Consulta de Los Ministros de Relaciones Exteriores de las Repúblicas Americanas y en ella se adoptó una Declaración general de neutralidad de las Repúblicas Americanas, que en su primer párrafo sustantivo resuelve: "Afirmar la posición de Neutralidad General de las Repúblicas Americanas, correspondiendo a cada una de ellas reglamentar, con carácter particular y en ejercicio de su propia soberanía, la forma de darle aplicación concreta."
Es a estas dos declaraciones a las que atiende la Ley para Conservar la Neutralidad del País que el Congreso de los Estados Unidos Mexicanos decretó el 10 de noviembre de 1939, misma que ahora, casi 68 años después, se pretende abrogar. Es un texto muy corto que contiene sólo cuatro artículos por los que se prohíbe la permanencia en territorio mexicano (agua, aire y tierra) de barcos, submarinos y aviones de las potencias beligerantes.
Más corta que esta ley fue el decreto que, menos de tres años después, la anuló de hecho, aunque no la derogó, pero sí canceló hasta hoy la política de neutralidad de México: "El Congreso de los Estados Unidos de México decreta: Artículo I.- Se declara que desde el 22 de Mayo de 1942, existe un estado de guerra entre los Estados Unidos de México (sic) y Alemania, Italia y Japón".
Al final de la guerra, México asumió dos compromisos de seguridad colectiva intrínsicamente contrarios a la noción de neutralidad: el Tratado Interamericano de Asistencia Recíproca (TIAR), que felizmente ya ha sido denunciado por México, y la Carta de las Naciones Unidas.
La pertenencia a esta organización -modelo que descansa en la seguridad colectiva- implica para México la imposibilidad de retomar la neutralidad como política de Estado, y la membresía de prácticamente todas las naciones del mundo en esa institución elimina la opción de neutralidad en las relaciones internacionales. Más grave aún, la propia seguridad colectiva resulta menguada porque el orden internacional descansa en el poder hegemónico de una sola potencia.
La iniciativa en proceso para derogar la Ley para Conservar la Neutralidad del País ha despertado muchas sospechas. El recelo surge de que en los últimos cinco años se han presentado iniciativas de ley para modificar la Constitución en el sentido de dar facultades al Presidente para declarar la suspensión de garantías sin necesidad de pedir la autorización del Congreso; para que el Presidente pueda ordenar la salida de tropas nacionales y admitir la entrada de tropas extranjeras y el estacionamiento de flotas en aguas nacionales sin el permiso del Congreso; además está ahora en proceso una iniciativa que le da facultades de investigación a la policía preventiva, y autoriza el espionaje sobre los ciudadanos sin orden judicial; está en sus últimos trámites la incorporación del delito de "terrorismo internacional" a nuestro código penal.
El conjunto de este paquete legislativo tiende a darle a México el carácter de un Estado policiaco, lo que, sumado al hecho de que el gobierno participa en conversaciones para incluir al país en el perímetro de seguridad de Estados Unidos, despierta temores muy fundados.
¿Quiere el gobierno de facto autorizar el estacionamiento de submarinos, portaviones y bombarderos que prohíbe la ley? Todo indica que sí. ¿Derogar la ley de neutralidad se lo permitiría? No.
¿Cuál es la urgencia de derogarla ahora? Bien puede esperar otros 10 o 20 años: la neutralidad no volverá. La ley inocua que se quiere derogar no da mejores oportunidades de sacrificar la seguridad del país en abono de la de Estados Unidos, ni es una salvaguardia contra ello. Pero las airadas sospechas que despierta tienen motivos muy fundados.
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