lunes, febrero 11, 2008

El contrato abarca exploración, perforación y producción de hidrocarburos

Secretos, el contenido y avances de los convenios entre Pemex yExxon Mobil

Las compañías acuerdan estrictas medidas para negar toda información por 10 años

Al amparo del “secreto industrial”, Petróleos Mexicanos (Pemex) y el gigante petrolero estadunidense Exxon Mobil, introdujeron cláusulas de confidencialidad en el Convenio general de colaboración académica, científica y tecnológica, que signaron ambas empresas el pasado primero de febrero de 2008. Las compañías asumen negar toda información hasta por un periodo de 10 años.
Según el contenido de las versiones públicas que Pemex ha puesto a disposición del público, las cláusulas de confidencialidad se hacen extensivas a sus directivos, funcionarios, empleados, trabajadores, agentes, contratistas independientes, representantes, asesores o cualquier otra persona vinculada al acceso a esta información.
La secrecía del contenido y los avances de los convenios son de tal alcance que ninguna de las dos empresas podrá hacer, publicar o distribuir un comunicado de prensa o cualquier otro anuncio público relacionado, directa o indirectamente, con el contenido del convenio general o de los convenios específicos de colaboración celebrados entre ambas partes, “sin haber recibido previamente el consentimiento por escrito de la otra parte”.
Las dos empresas a través de Pemex Exploración y Producción y Exxon Mobil Ventures Mexico Limited asumen que la “información confidencial” podría constituir un secreto industrial, en términos del artículo 82 de la Ley de la Propiedad Industrial.
Además, el contenido del convenio no comercial no podrá conocerse ni siquiera a través de las entidades que permiten el acceso a la información pública. “La información confidencial será considerada como confidencial en los términos de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental”, señala el documento.
Ambas partes se obligan a mantener con toda la reserva que sea necesaria la “información confidencial” que reciban de la otra parte a partir de la fecha de la firma del este convenio (primero de febrero de 2008) o con anterioridad a la misma, y a no enajenarla, arrendarla, prestarla, grabarla, negociarla, revelarla, publicarla, enseñarla, darla a conocer, transmitirla o divulgarla de alguna otra forma.
Tampoco podrá ser proporcionada a ninguna persona moral o física, nacional o extranjera, pública o privada, por cualquier medio conocido o por conocerse, aún cuando se trate de incluirla o entregarla en otros documentos como estudios, reportes, propuestas u ofertas, en todo o en parte.
Los informes precisan que el convenio de colaboración en investigación, desarrollo científico y tecnológico y de recursos humanos será en temas de exploración, perforación y producción de hidrocarburos.
El alcance del acuerdo será para desarrollar un “estudio conjunto del levantamiento electromagnético marino de fuente controlada”, para reducir el riesgo exploratorio en aguas profundas.
Este convenio firmado el primero de febrero de este año se suma a los anteriormente firmados entre Pemex Exploración y Producción y Chevron; Nexen, Petrobras, Shell y Statoil.
Cualquier controversia deberá ser resuelta en arbitraje por la Cámara de Comercio Internacional, aplicando las leyes de los Estados Unidos Mexicanos.

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