MÉXICO, D.F.; 3 de septiembre (apro).- Los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación le han dado vueltas y vueltas, pero pronto tendrán que definir si solapan a los militares violadores de derechos humanos o si sacan a México de la condición de casi paria internacional en la que se encuentra por negarse a acotar el fuero militar.
La disyuntiva es resultado del fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el que se condenó al Estado mexicano por la desaparición de Rosendo Radilla a manos de militares en Atoyac de Álvarez, Guerrero, en 1974, durante la guerra sucia contra la guerrilla en México.
Como parte del Estado mexicano, el Poder Judicial de la Federación, cuyo máximo representante es la Suprema Corte, está obligado a cumplir con la sentencia en lo que le corresponde, pues la jurisdicción de la Corte Interamericana fue reconocida por México en 1998.
A pesar de que el fallo es muy claro respecto a la obligación de la Suprema Corte para hacer una interpretación constitucional de la jurisdicción militar, algunos ministros, encabezados por Sergio Salvador Aguirre Anguiano y Luis María Aguilar, se valieron de una chicana –como se refieren los litigantes a las ardides para dilatar un asunto– para posponer la definición de la Corte.
Anguiano, quien incluso calificó a la Corte Interamericana de “prestidigitadora” por haberse metido con el fuero militar, introdujo la idea de que la Suprema Corte necesita un acuerdo que fije lo que deben hacer los ministros para tratar con los fallos de la Corte Interamericana.
En su sesión del jueves 2 de septiembre, el pleno de ministros fue una caricatura de sí mismo, pues varios de los jueces del máximo tribunal no encontraban la manera de justificar sus rodeos respecto a un tema que es central en cualquier país que se diga democrático: el control de los militares por parte del poder civil.
Los ministros saben que parte de esa responsabilidad está en sus manos, pues el caso Radilla es apenas el primero de una serie de juicios en los que muy probablemente se condene de nueva cuenta al Estado mexicano no sólo por la violación a los derechos humanos por parte del Ejército, sino porque éstas son investigadas en la jurisdicción militar y no por los tribunales ordinarios.
En octubre próximo se espera que la Corte Interamericana emita un nuevo fallo condenatorio al Estado mexicano por la detención ilegal y tortura por parte de militares y encarcelamiento por decisión de un tribunal castrense de los campesinos ecologistas Rodolfo Montiel y Teodoro Cabrera, también de Guerrero, en 1999.
Pero el caso Radilla es más que emblemático, pues a partir de él, –si es que la Suprema Corte lo avala–, los tribuales civiles mexicanos estarían en la condición de investigar los más de 400 desparecidos durante la guerra sucia, oficialmente reconocidos por la Comisión Nacional de Derechos Humanos.
Las repercusiones alcanzarían también a las violaciones a los derechos humanos cometidos por el Ejército y la Marina en la “guerra” al narcotráfico de Felipe Calderón y que ahora están en la jurisdicción castrense.
Si los ministros se imponen a sí mismos reglas para decir cómo deben cumplir los fallos de la Corte Interamericana es casi seguro que se amarren las manos, como lo hicieron cuando fijaron los lineamientos para investigar los casos de graves violaciones a los derechos humanos y que no van más allá del mero señalamiento de involucrados, pero no responsables, como ha ocurrido en los casos de Atenco, Lydia Cacho, Oaxaca –aunque ahí sí mencionaron al gobernador Ulises Ruiz– y la guardería ABC.
El año pasado, la Corte tuvo ya una primera oportunidad de sentar precedente y acotar el fuero militar, pero una mayoría de ministros se impuso para negar el amparo a Reynalda Morales Rodríguez, quien mediante ese recurso pretendía que los tribunales civiles investigaran el asesinato de su esposo y otros tres hombres en la sierra de Badariguato, Sinaloa, en marzo de 2008.
Los hombres fueron ejecutados por militares sin que mediara advertencia alguna, pero gracias a la decisión de la Corte el caso se mantiene dentro de la jurisdicción militar.
México es casi una excepción en América Latina. Durante décadas, la mayoría de los países de la región estuvieron gobernados por dictaduras militares.
Bajo los nuevos gobiernos civiles, han sido los Congresos mediante reformas constitucionales o las propias Cortes a través de interpretaciones constitucionales los que han acotado el fuero militar.
El común denominador de esas reformas e interpretaciones ha sido que las violaciones a los derechos humanos cometidas por militares deben ser investigadas por la justicia civil, pues los instrumentos internacionales de derechos humanos prohíben que los militares se investiguen a sí mismos.
No sólo en el ámbito latinoamericano México está aislado en ese tema. En las agencias y grupos de derechos humanos de la Organización de Naciones Unidas han sido constantes las sugerencias de países de todo el mundo –incluso de Asia y África– para que México abandone esa práctica que es ya una vergüenza internacional.
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