MÉXICO, D.F., 10 de mayo (apro).- Ahora ya sabemos que bajo el pretexto de “apadrinar” los spots promocionales de su entidad, Enrique Peña Nieto se hace publicidad como si fuera el Señor de los Cerritos. Esto inició el 3 de mayo, cuando Joaquín López Dóriga entrevistó en su estudio al mandatario mexiquense para promocionar “las tradiciones” del Estado de México y, de paso, reiterar que en septiembre dará a conocer sus aspiraciones presidenciales.
La entrevista se produjo el mismo día que el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) exoneró --con cuatro votos a favor y tres en contra-- a Peña Nieto por la difusión de sus spots sobre su quinto Informe de Gobierno, en septiembre de 2010, en cobertura nacional. Criterio contrario le aplicó a los spots de Andrés Manuel López Obrador, financiados por el PT.
El artículo 134 de la Constitución prohíbe expresamente que en la propaganda de gobiernos estatales se incluyan “nombres, imágenes, voces o símbolos que impliquen promoción personalizada de cualquier servidor público”. La nueva fórmula de la gran tradición dispendiosa del Grupo Atlacomulco es presentar al mandatario mexiquense como una especie de secretario de Turismo y promotor de las costumbres ancestrales de su entidad para hablar, como no queriendo la cosa, de sus aspiraciones presidenciales.
El infomercial sobre sí mismo volvió a repetirse el lunes 9 de mayo en el programa de variedades Hoy, en el Canal 2 de Televisa. Peña Nieto apareció durante 6 minutos y medio para hablar nuevamente de la fiesta del Señor del Cerrito, como si se tratara de un asunto de primer orden estatal.
El gobernador de los spots y del advertainment aprovechó el viaje para promoverse, con motivo del Día de las Madres. “Te puedo decir que a las mamás mexiquenses… hemos venido trabajando para ellas en general y para la sociedad mexiquense de distintas maneras”, le dijo a la conductora Andrea Legarreta.
La impunidad de Peña Nieto está amparada por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación. La magistrada presidenta, María del Carmen Alanís, quien protagonizó una polémica por promover reuniones privadas en su domicilio para “gestionar” la resolución sobre el gobernador mexiquense, revocó en su sentencia la resolución del IFE del 18 de enero de 2011, en la cual se sanciona a Peña Nieto por violaciones a los artículos 134 de la Constitución y 228 párrafo 5 del Cofipe.
De acuerdo con el expediente, Peña Nieto apareció entre el 29 de agosto y el 10 de septiembre de 2010 en un total de 3 mil 484 spots en 214 emisoras en 30 entidades distintas al Estado de México, con lo cual violó la prohibición de promoverse personalmente.
A pesar de exonerar al mandatario priista, los magistrados consideraron que había responsabilidad de las televisoras en la violación al artículo 228 párrafo 5 del Cofipe que prohíbe la difusión de spots de informes de gobierno fuera del ámbito territorial de responsabilidad del servidor público, en este caso, el Estado de México.
Determinaron dar un plazo de 15 días hábiles al Consejo General del IFE para que sancione a las 12 televisoras, entre ellas Televisa y TV Azteca, que consideró responsables de haber emitido los promocionales de Peña Nieto fuera del territorio mexiquense.
Según Alanís, magistrada ponente del caso, los concesionarios difundieron los promocionales de manera unilateral, por lo que subrayó que ni Peña Nieto ni el coordinador de Comunicación Social del Estado de México, David López, son responsables de las violaciones del Cofipe.
En contra de este argumento votaron los magistrados Pedro Esteban Penagos, Alejandro Luna Ramos y Salvador Nava Gomar. “¿Cómo que un tercero es responsable y el servidor público no?”, cuestionó Penagos.
Alanís insistió que la aparición de Peña Nieto no violó el artículo 134 constitucional al aparecer en esos spots porque lo ampara la regla que permite realizar promoción siete días antes y cinco días posteriores al informe de gobierno o de gestión del funcionario público.
El magistrado Penagos comentó que su lógica no acepta que “digamos que un tercero es responsable, y que el tercero servidor público, porque si se determina responsabilidad de las televisoras en la transmisión a nivel nacional de spots por el informe de Peña Nieto, también debería determinarse para los funcionarios involucrados”.
La votación dividida en el tribunal contradijo lo que el IFE había considerado una violación al artículo 228-5 del Cofipe porque Peña Nieto difundió su informe en estaciones y canales de medios electrónicos más allá de la cobertura regional del Estado de México.
Peor aún, dio el banderazo para que inicie la etapa de plena impunidad en el gasto y promoción personal de Peña Nieto para influir en los próximos comicios estatales del 3 de julio. Ahora queda claro que no es Eruviel Ávila, el candidato a gobernador del PRI, el que se juega el cargo, sino el mandatario estatal el que aprovechará cualquier oportunidad para seguir con los actos anticipados de campaña.
www.homozapping.com.mx
No hay comentarios.:
Publicar un comentario