Francisco Rodríguez
Indice Político
Permitir una injusticia significa abrir el camino a todas las que siguen. Willi Brandt
UNA AMIGA MÁS de Margarita Zavala Gómez del Campo encabeza el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación: Maricarmen Alanís. Irrevocablemente, en manos de ella están los resultados de los comicios venideros, lo cual a muchos nos hace desconfiar. Peor aún cuando Alanís ha brindado recientes nuevas muestras de su parcialidad y, peor aún, de su proclividad a contravenir las leyes, sólo para dar gusto a “las causas” de sus encumbradas –“haiga sido como haiga sido”— amistades.
El de Iztapalapa es el caso. Un muy detallado análisis jurídico encargado por el comité del PRD en la capital nacional a la Asociación Nacional de Abogados Democráticos (ANAD), que encabeza el prestigiado Lauro Sol, da cuenta de cómo es que, en manos de los actuales magistrados, no sólo la elección próxima, incluso la del 2012, ya se encaminan a configurar, cual sucedió en 2006, la consumación de sendos fraudes a la voluntad popular.
De acuerdo al mismo estudio, el TRIFE de la muy cercana amiga de Margarita Zavala Gómez del Campo violó el principio de definitividad y, además se pasó por el arco del triunfo los fallos que al respecto ya había dictado el Tribunal Electoral del DF, sólo con el objeto de anular la votación recibida en 47 casillas, con lo que se dio la vuelta al resultado comicial, cual era el compromiso de Los Pinos con la corriente “chuchera” del sol azteca… en consecuencia, hubo “ilegal aplicación de la suplencia de la Queja, ya que como quedó establecido, si la candidata Silvia Oliva impugnó el encarte en forma extemporánea y esto fue confirmado por la Comisión de Garantías del PRD, el Tribunal Electoral del Distrito Federal y por la misma Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial, nos debemos de preguntar: ¿cómo entonces si no existe jurídicamente dicha impugnación (el TRIFE) la toma como base para anular casillas”... y además atrajo el caso sin que hubiere “fundamentación y motivación de los criterios que permitan establecer si el caso es excepcional y que son el de interés y trascendencia…”
Pifia tras pifia del TRIFE de Alanís. Harto evidentes, además.
Porque es el cuarto punto del análisis de la ANAD, el que más evidencia la parcialidad del órgano encargado de dictar el fallo definitivo de los siempre manipulados resultados electorales, mismo al que los abogados democráticos titularon “Criterios contradictorios por parte del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación” y que lleva como epígrafe “Mismo supuesto = criterios distintos. Mismos favorecidos = mismos perjudicados”.
Ahí se señala que “el Tribunal Electoral, ante el mismo supuesto de casillas integradas en el Encarte con funcionarios que no son militantes, en el caso de la elección Nacional de la Dirigencia del Partido de la Revolución Democrática no fueron anuladas, mientras que en el caso de la elección de Candidato a Jefe Delegacional en Iztapalapa por el mismo partido sí fueron anuladas.
“En 2008, Alfonso Ramírez Cuéllar y Alejandro Encinas impugnaron la votación en diversas casillas toda vez que funcionarios designados en el Encarte no eran militantes. La Comisión Nacional de Garantías ANULÓ dichas casillas utilizando entre otras pruebas el Padrón de militantes, para determinar que las personas que recibieron la votación NO eran militantes, no obstante estar designados en el Encarte publicado por la entonces Comisión Técnica Electoral, por lo que Jesús Ortega ante el Tribunal argumentó que no era procedente anular dichas casillas puesto que los funcionarios que recibieron la votación FUERON AUTORIZADOS EN EL ENCARTE publicado por la entonces Comisión Técnica Electoral.
“El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación revocó la declaración de nulidad de la votación recibida decretada por la Comisión Nacional de Garantías, respecto a las casillas cuyos funcionarios no eran militantes del PRD pero aparecían designados en el ENCARTE por la autoridad competente para ello, la entonces Comisión Técnica Electoral, bajo el argumento de que dicho documento no fue impugnado en el momento procesal oportuno. Tal criterio, favoreció a Jesús Ortega de NUEVA IZQUIERDA.
“En 2009, Silvia Oliva impugnó la votación de diversas casillas en las que recibieron los votos, funcionarios designados en el Encarte que no eran militantes. La Comisión Nacional de Garantías, en seguimiento al criterio adoptado en 2008 por el Tribunal en el asunto de Jesús Ortega y Alfonso Ramírez Cuéllar (quién impugnó bajo los mismos argumentos que Alejandro Encinas), DETERMINÓ NO ANULAR las casillas, bajo el criterio de que las personas que recibieron la votación FUERON AUTORIZADOS EN EL ENCARTE publicado por la ahora Comisión Nacional Electoral, por lo que Clara Brugada señaló que los funcionarios que recibieron la votación FUERON AUTORIZADOS EN EL ENCARTE publicado por la Comisión Nacional Electoral. Mismo argumento utilizado por el Tribunal en el año 2008.
“En palabras lisas el argumento que el TEPJF utilizó en el caso de Iztapalapa es el mismo con el que se hubiera determinado la derrota de Jesús Ortega el año pasado, 2008, o lo que es lo mismo, si el Tribunal hubiera actuado congruentemente y resolviera conforme a sus propios criterios, no se hubiere revertido la votación a favor de Silvia Oliva…”
Y aún así, conociendo todos sus detractores las cochinadas del TRIFE, hicieron mofa del enojo de Andrés Manuel López Obrador.
Enojo compartido por miles, ¿millones? contra el TRIFE de la amiga de Margarita Zavala Gómez del Campo, además.
Índice Flamígero: La brecha es cada vez mayor entre Felipe Calderón y Carlos Mouriño, hermano del malogrado segundo secretario de Gobernación de esta Administración fallida. Del inicial enojo –“a mí sí dime lo que en verdad sucedió”, fue el reclamo filial—, han pasado al enfriamiento casi total. Aún así, todo indica que desde Los Pinos ya le han “escriturado” Campeche –y en un descuido, buena parte del resto de la península yucateca—, a esta familia proveniente de ultramar. ¿A manera de disculpa? ¿Compensación por los enoooormes servicios prestados a la causa? ¿Pago de marcha? Retorno, pues, al sistema feudal. Campeche es el marquesado de los Mouriño.
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