Las franquicias de los Mouriño
Tras el ascenso de Juan Camilo Mouriño a la Segob, el consorcio Grupo Energético del Sureste recibió nuevos contratos de franquicias de Pemex Refinación, pese a que la ley prohíbe las relaciones contractuales entre funcionarios públicos o sus familiares directos con el gobierno federal
No habían pasado 48 horas desde que Juan Camilo Mouriño asumiera la titularidad de la Secretaría de Gobernación, cuando su familia obtenía nuevos contratos en Petróleos Mexicanos.
El 18 de enero de 2008, Carlos Mouriño Terrazo acudió a las oficinas corporativas de Pemex Refinación, en Marina Nacional, para firmar un contrato de franquicia para operar la estación de servicio de gasolina E09121, en Mérida, Yucatán, a nombre del Grupo Energético del Sureste (GES).Carlos Mouriño, a la sazón secretario del Consejo de Administración de la firma ESGES (controladora de las gasolineras propiedad de la familia Mouriño), presentó documentos notariales en los cuales Juan Camilo aparece como tesorero del corporativo.
Para la adjudicación de la franquicia ubicada en la colonia México, en el municipio de Mérida, el empresario presentó ante Refinación el acta constitutiva número 39 de la empresa Servicio Puente de Grijalva, SA de CV, creada el 18 de abril de 2000 y formalizada ante el notario público 18, de Campeche, Tirso René Rodríguez de la Gala Guerrero.
De acuerdo con el documento notarial, el giro de la empresa es “la comercialización de gasolinas y diesel suministrados por Pemex Refinación, así como lubricantes marca Pemex”; además de “explotar servicio público federal de carga especializada en transporte de materiales y residuos peligrosos”, e “instalar, administrar, operar, arrendar, comprar y vender gasolineras, así como comercializar con la gasolina, diesel, aceites y lubricantes, sus derivados directos e indirectos [...]”.
La empresa se creó con un capital social de 60 mil pesos. Sus accionistas son: Grupo Energético del Sureste, SA de CV, 99 por ciento, y Manuel Carlos Mouriño Atanes, 1 por ciento. Como accionistas del GES aparecen: Manuel Carlos Mouriño Atanes, María de los Ángeles Terrazo Blanco, Carlos Mouriño Terrazo, María de los Ángeles Mouriño Terrazo y Juan Camilo Mouriño Terrazo. Según el acta constitutiva, Servicio Puente de Grijalva es dirigida por un Consejo de Administración formado por Manuel Carlos Mouriño Atanes, presidente; Carlos Mouriño Terrazo, secretario, y Juan Camilo Mouriño Terrazo, tesorero.El 3 de noviembre de 2004, cuando Juan Camilo Mouriño Terrazo se desempeñaba como subsecretario de Electricidad, en la Secretaría de Energía, los accionistas de Servicio Puente de Grijalva se reunieron en asamblea general extraordinaria, presidida por Carlos Mouriño, en su carácter de delegado especial. Acordaron modificar el nombre de Servicio Puente de Grijalva por ESGES, SA de CV. El argumento: “Presentar una nueva imagen corporativa, sin que implique ello una nueva estructura accionaria”. Así que, según la escritura pública 259, mediante la cual se certificó la reunión del Consejo de Administración, se modificó el nombre de la compañía, pero no sus acciones ni sus propietarios.
Con los citados documentos notariales, dos días después de que Juan Camilo Mouriño fuera designado secretario de Gobernación, Refinación signó con Carlos Mouriño el contrato mercantil NFC-1373 (las letras se refieren a nuevo contrato de franquicia), firmado por José Ramón Rodríguez Jiménez, gerente de Ventas a Estaciones de Servicio. El documento revela que los franquiciatarios pagaron 313 mil pesos para explotar la sublicencia de Pemex Refinación durante 15 años –de 2008 a 2023–, a prorrogarse por periodos de cinco años por tiempo indefinido. Refinación asignó a la estación la calificación de tres estrellas, considerada máxima categoría de franquicia.
Según las cláusulas estipuladas en el documento, los compromisos de Pemex con las empresas de la familia del secretario son: “Transmitir al franquiciatario la tecnología y los conocimientos técnicos, operativos y de negocios, necesarios para la adecuada operación de la estación de servicio a que se refiere el presente contrato, así como brindarle la asistencia técnica”. Tras el contrato de franquicia, se firmó el contrato de suministro, en el cual la paraestatal se obliga a abastecer a la estación la gasolina y diesel de las marcas Pemex, así como aceites y lubricantes comercializados por Refinación y demás productos petrolíferos que elabore.
El 18 de febrero la familia del secretario de Gobernación recibió otra franquicia, para operar la estación de servicio E06142, ubicada en Luis Donaldo Colosio, entre calle 15 y calle 36, colonia Puntilla, Ciudad del Carmen, Campeche. La operación se formalizó mediante el contrato mercantil NCF-1943, signado por José Ramón Rodríguez Jiménez y Carlos Mouriño.Por ésta se pagaron 156 mil pesos para operar como estación de servicio tres estrellas, vigente del 18 de febrero de 2008 al 6 de agosto de 2016. Una vez concluido el plazo se podrá prorrogar por periodos de cinco años. Carlos Mouriño exhibió ante Pemex Refinación los documentos notariales, cuya copia posee Contralínea, donde su hermano Juan Camilo aparece como tesorero de la sociedad.
Los artículos 2, 7, 8, 15 y 47 de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos (LFRSP) prohíben a todo funcionario tener relaciones contractuales, convenios o cualquier asunto con el gobierno federal del que pueda resultar algún beneficio para él, su cónyuge o parientes consanguíneos hasta el cuarto grado, por afinidad o civiles, o para terceros con los que tenga relaciones profesionales, laborales o de negocios, o para socios o sociedades de las que el servidor público o las personas antes referidas formen o hayan formado parte.
La misma ley impide a los funcionarios públicos y sus familiares tener beneficios económicos de cualquier programa de gobierno, pues lo anterior significaría conflicto de intereses. El artículo ocho establece como sanción, la destitución e inhabilitación –para ejercer empleos, cargos o comisiones en el servicio público desde hasta por 20 años– del funcionario.
Los contratos mercantiles no fueron los primeros. En enero de 2007, cuando despachaba como jefe de la Oficina de la Presidencia de la República, Refinación le otorgó a GES la franquicia E08936. Formalizada con el contrato mercantil NCF-0821, se signó el 25 de enero, por María Guadalupe García Osuna, subgerente de Ventas Regional, adscrita a la Subdirección Comercial, y Carlos Mouriño Terrazo. La franquicia por 15 años les costó 300 mil pesos.
Juan Camilo, franquiciatario
En 2003, integrantes del Sindicato de Trabajadores Petroleros de la República Mexicana, adscritos a la delegación Lerma, en Campeche, denunciaron ante su dirigencia un supuesto fraude contra la paraestatal, atribuido a GES: el desvío a sus gasolineras –ubicadas en los municipios de Campeche, Escárcega y Champotón– de la gasolina que Transportes Especializados Ivancar debía entregar –según su contratación con Pemex– a las estaciones ubicadas en las zonas fronterizas de la Península, la cual tenía subsidio de casi 40 por ciento del costo.
La denuncia fue desechada y Pemex Refinación otorgó a los Mouriño una nueva franquicia, ahora para operar la gasolinera ubicada en el kilómetro 15 de la carretera Villahermosa-Frontera, en Tabasco.
El contrato fue suscrito el 27 de agosto de 2003 por Juan Camilo Mouriño Terrazo, tesorero del Consejo de Administración, y por los funcionarios de la subsidiaria Francisco Morales Ramírez, subgerente de la Subdirección Comercial; Víctor Miguel Cevallos Remes, superintendente de Apoyo a Franquiciatarios, y José Martín Herreros Tapia, coordinador de Especialidad Técnica.
El documento mercantil FP-2678 –que consta de cinco fojas– otorga a la empresa Servicio Lomas de Ocuitzapotilán, SA de CV, la franquicia E07239. Asienta que dicha compañía fue creada el 6 de diciembre de 2001, mediante el acta constitutiva 230, otorgada por el notario Tirso René Rodríguez, e inscrita en el Registro Público de la Propiedad cuatro días después.
Los accionistas son: GES, 99 por ciento, y Manuel Carlos Mouriño Atanes, 1 por ciento. El capital social, 600 mil pesos, y su objeto social principal, la comercialización de gasolinas y diesel suministrados por Pemex Refinación, así como lubricantes marca Pemex. Al frente de ésta quedó un Consejo de Administración presidido por Mouriño Atanes; Carlos Mouriño Terrazo, secretario; Juan Camilo Mouriño, tesorero, y Fátima del Rosario Balan Pérez, comisario.
Entre sus entonces apoderadas destaca Evangelina Aurora Méndez Uh, quien fuera consejera del Instituto Estatal Electoral de Campeche, por el Distrito III, para las elecciones federales de 2006.
En 2003, la empresa obtuvo la licencia de franquicia de Pemex, con vigencia de 15 años y con derecho a prorrogas de cinco años por tiempo indefinido. El costo de 200 mil pesos incluyó la clasificación tres estrellas.Un año después, Nacional Financiera le otorgó subsidios por 600 mil pesos a Servicio Lomas de Ocuitzapotilán, que equivalen a tres veces el costo de la licencia. En 2006, recibió subsidios de la Secretaría de Economía, para la consultoría, capacitación y mejora competitiva.
El papel de Ceballos Soberanis
Luego de que Contralínea diera a conocer los contratos entre Pemex Refinación e Ivancar –signados por el secretario Mouriño Terrazo–, el director de la subsidiaria, José Antonio Ceballos Soberanis, defendió la legalidad de éstos ante la comisión de legisladores que investigó el supuesto tráfico de influencias y conflicto de intereses.
Durante su comparecencia, el 17 de abril pasado, dijo que Juan Camilo Mouriño “nunca habló por teléfono para pedir un contrato”. Detalló que la firma del secretario era “absolutamente legal”, aunque, agregó: “Yo no era director de Refinación cuando Mouriño firmó los contratos”.
Entre el padre del funcionario, Manuel Carlos Mouriño Atanes, y Ceballos Soberanis hay una discreta amistad. Uno de los colaboradores del secretario explica a Contralínea que ésta se deriva de la supuesta defensa que el empresario ha hecho a favor del ingeniero, para que se sostenga al frente de Pemex Refinación.
El 24 de marzo de 1994, Ceballos Soberanis autorizó a la compañía Negocios y Concesiones Mexicana, SA de CV, que tiene como accionista a la familia Mouriño, el contrato 0727, para la franquicia ES-4027. El contrato mercantil fue signado por el ahora titular de Refinación, y Raúl Rodríguez Escoffie, representante de la empresa.
El servidor público firmó un segundo contrato de franquicia –120815– el 15 de noviembre de ese año, con Manuel Carlos Mouriño Atanes. Autorizaba la estación de servicio 2497, a nombre de Servicio Xpujil, SA de CV. La licencia facultó el uso “de las marcas, nombres comerciales de Pemex, sus diseños, logotipos e imagen institucional” durante 10 años, a renovarse por periodos de cinco años.
Un documento de los accionistas del GES, certificado por Tirso Rodríguez de la Gala, señala que, para noviembre de 2004, ESGES absorbió las 33 compañías referentes a las estaciones de servicio, amparadas con contratos de suministro y franquicia de Pemex. Cambió el nombre, pero no los accionistas ni el capital.
Las cláusulas
Con alrededor de 40 estaciones de servicio, la empresa de los Mouriño es actualmente una de las más grandes distribuidoras de refinados de Pemex. Las licencias de franquicia, que adquirieron de 1997 a 2008, les han costado entre 1 mil y 313 mil pesos. Todos los contratos de la familia Mouriño con Pemex son por periodos multianuales, aunque cada año se deben renovar, con su respectivo pago de derechos, indican las cláusulas generales.
Las cláusulas de los contratos de franquicia establecen que Refinación está obligada a dar asistencia técnica y tecnológica a las empresas. También, que el contratista no puede permitir la participación accionaria o social extranjera, sea inversión extranjera directa, indirecta, neutra, “de sociedades con cláusulas de admisión de extranjeros o cualquier otra forma o esquema de participación, administración y/u operación directa o indirecta de la franquicia de pemex por parte de personas físicas o morales con cláusulas de admisión de extranjeros. En el caso de GES, al menos dos de sus accionistas son de nacionalidad española: Manuel Carlos Mouriño Atanes y Juan Camilo Mouriño.El clausulado señala como motivo de rescisión de la franquicia el vender volúmenes o cantidades de productos petrolíferos menores a las ofrecidas o solicitadas por el consumidor. En febrero pasado, Contralínea documentó que la Procuraduría Federal de Protección al Consumidor mantiene semáforo ámbar en 15 estaciones de servicio manejadas por GES, por supuestas irregularidades en el llenado de los tanques.
Se trata de Gasolinera Lerma, SA de CV; Tres Brazos, SA de CV; Servicio Xpujil, SA de CV; Servicio Novia del Mar, SA de CV; Servicio San José, SA de CV, en Campeche. En Tabasco: Servicio Nueva Frontera, SA de CV. En Quintana Roo: Servicio Sac-Xan, SA de CV; Ejido Subteniente López; Servicio Héroes, SA de CV. En Veracruz: Gasolinera del Sureste, SA de CV.
Aunque los contratos indican que estas irregularidades se penalizan con la suspensión de suministros petrolíferos hasta por 15 días o la suspensión de la operación de la gasolinera de 15 a 30 días, Refinación no ha aplicado ninguna de éstas.
Se solicitó entrevista con el titular de Pemex Refinación para hablar sobre las asignaciones de franquicia, pero Ceballos Soberanis se negó. Lo mismo ocurrió con los directivos del Grupo Energético del Sureste.
Revista Contralínea / México
Fecha de publicación: 01 de agosto de 2008 Año 7 No. 107
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