Encargados de determinar la constitucionalidad de las normas y actos de la autoridad, los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación son designados en su encargo mediante un mecanismo que no garantiza la idoneidad de su perfil ni la independencia de su trabajo. A 186 años de haberse constituido, la Corte no logra consolidarse como la cabeza de un Poder Judicial autónomo y al servicio de la sociedad.
El trabajo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) está lleno de claroscuros, pues lo mismo se muestra progresista en temas como la despenalización del aborto, que poco diligente en otros, como la defensa de los derechos humanos.
Además, el máximo tribunal constitucional del país mantiene su dependencia al titular del Ejecutivo, a pesar de que la reforma judicial de 1994 intentó romper el vínculo entre éste y el Poder Judicial.
Muestra de ello es que continúa siendo el presidente de la República quien propone a los candidatos para ocupar alguno de los 11 lugares del pleno de la Corte, en un proceso en el que se desconoce el criterio con el que el mandatario elige.
De este modo, persiste la “dependencia política” de los ministros respecto de aquél que los elige, acusa el abogado Juan de Dios Hernández Monge, miembro del Colectivo de Abogados Zapatistas.
En este proceso discrecional, poco vale la experiencia académica y profesional de los candidatos, pues incluso los requerimientos establecidos para ocupar el cargo de ministro son laxos al respecto, al solicitar sólo el título de licenciado en derecho, “con, por lo menos, 10 años de antigüedad”, como se lee en el portal electrónico de la SCJN.
De este modo, no hay garantía de que quien ocupe el más alto cargo del Poder Judicial de la Federación tenga el perfil idóneo para ello, explica Pedro Salazar Ugarte, experto en control de la constitucionalidad.
El investigador del Instituto de Investigaciones Jurídicas (IIJ) de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) también considera que el procedimiento de designación de los ministros favorece la opacidad en la construcción de los argumentos para seleccionar a los candidatos.
No es de extrañar que, bajo estos criterios, apenas la mitad de los ministros actuales tenga un grado académico superior al requerido. Y que de éstos, únicamente tres sean especialistas en derecho constitucional, aun cuando parte de su trabajo en la SCJN sea precisamente dirimir cuestiones relativas a la constitucionalidad o inconstitucionalidad de una norma o acto de la autoridad.
Ministros sin preparación
A decir de Salazar Ugarte, el trabajo de los jueces es una de las pocas tareas de un Estado democrático que requiere un alto grado de especialización en derecho y de una formación sólida en derecho constitucional, toda vez que sus resoluciones se basan en su interpretación de la Constitución y tienen efectos generales e inapelables para todo el país.
Sin embargo, para ser ministro de la SCJN basta con haber estudiado sólo la licenciatura en derecho, tal como lo han hecho seis de los 11 ministros actuales, incluido el presidente de la Corte, Juan Nepomuceno Silva Meza.
De acuerdo con lo que consignan sus currículos, de los cinco ministros que cuentan con estudios de posgrado, únicamente José Ramón Cossío Díaz, Margarita Beatriz Luna Ramos y Arturo Zaldívar Lelo de Larrea son especialistas en derecho constitucional.
“En general, los ministros de la Suprema Corte carecen de los méritos y de los conocimientos académicos para ocupar el cargo de ministro”, opina Monge.
Al respecto, el abogado recuerda que durante la discusión en la SCJN sobre los matrimonios entre personas del mismo sexo, los ministros no supieron diferenciar la cuestión moral de la ética.
“Y eso en la Corte representa un golpe muy fuerte porque son conceptos fundamentales que tienen que ver con la impartición de justicia. Creo que ése es un problema muy grave”, apunta.
Cuestionado sobre la importancia de su profesionalización, el ministro José Ramón Cossío Díaz concuerda con que los ministros deben tener una formación en derecho constitucional, porque básicamente su trabajo es determinar la constitucionalidad de los actos y normas.
Sin embargo, defiende que “no es lo único” que los ministros deben conocer, pues también atienden asuntos de materia civil, penal, laboral, administrativa, fiscal o mercantil, y señala que “es muy difícil” que se tenga una especialización en control de la constitucionalidad.
Cossío Díaz defiende que los requisitos establecidos para ser ministro son adecuados y considera que “no es malo” el que sólo se estipule el grado académico de licenciatura para el principal encargo del Poder Judicial de la Federación.
Una postura contraria es la que expresa el experto en control de la constitucionalidad Miguel Covián Andrade, para quien la especialización de los ministros en materia constitucional es fundamental para el desempeño de su trabajo.
En su libro La Suprema Corte y el control de la constitucionalidad (diez años de fallas e imprecisiones), Covián Andrade analiza casos en los que la falta de conocimiento en materia constitucional de los ministros los ha llevado a hacer interpretaciones equivocadas.
Una de ellas se refiere a que los partidos políticos no son los únicos que pueden ejercer una acción de inconstitucionalidad en contra de leyes electorales. El argumento esgrimido por los ministros es que la referencia expresa a que los partidos políticos pueden utilizar este recurso de impugnación no significa que otros actores estén impedidos de hacerlo.
Covián Andrade explica que en derecho público rige el principio “lo que no está permitido, está prohibido”; por ello, cuando no se concede una atribución a un órgano, se entiende que no puede ejercerla justamente porque la norma no se lo autoriza.
Otro ejemplo documentado por el actual profesor de la Facultad de Derecho de la UNAM es el de la supremacía de la Constitución por encima de las leyes nacionales y los tratados internacionales.
Una interpretación incorrecta del artículo 133 llevó a los ministros a sustituir con una tesis errónea un trabajo previo en el que se había establecido que las leyes federales y los tratados internacionales están en el mismo nivel de jerarquía.
“Sumo derecho, suma injusticia”
El doctor en derecho Daniel Márquez Gómez recuerda el aforismo latino “sumo derecho, suma injusticia” para explicar que el trabajo de los ministros de la Corte también se ve mermado por una aplicación excesiva de los aspectos formales de la ley.
Tal fue el caso de la controversia constitucional promovida en 2003 por el entonces presidente Vicente Fox Quesada para impedir que la Auditoría Superior de la Federación (ASF) solicitara a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público la suspensión del pago de los créditos asumidos por el Fondo Bancario para la Protección del Ahorro (Fobaproa).
El argumento esgrimido por Fox Quesada fue que la Auditoría no tenía facultades para hacer tal solicitud, por lo que pidió a los ministros la anulación de los oficios emitidos por la ASF.
La mayoría de los ministros (a excepción de Cossío Díaz, Juan Silva Meza y el exministro Genaro Góngora Pimentel) votó a favor de la controversia promovida por el expresidente. Con ello, se impidió que cuatro instituciones de la banca privada asumieran créditos por más de 4 mil millones de pesos incluidos de forma irregular en el Fobaproa.
Para Márquez Gómez, esta resolución es ilustrativa de cómo la SCJN ha optado por privilegiar un apego excesivo a la ley en contiendas que no están dirimiendo sustancialmente un tema jurídico, sino que se relacionan con el entorno político, económico y social del país, que es “el enfoque sustancial de la controversia constitucional”.
En el mismo tenor se resolvió el caso de la guardería sonorense ABC, subrogada por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y que se incendió en junio de 2009 y provocó la muerte de 49 niños y decenas de heridos.
La SCJN atrajo el caso por estar entre sus facultades la de investigación. Sin embargo, en la resolución los ministros rechazaron señalar como responsables a 14 funcionarios involucrados, entre ellos Juan Molinar Horcasitas, exdirector del IMSS y actual secretario de Comunicaciones y Transportes; Daniel Karam, titular del IMSS; y Eduardo Bours, exgobernador de Sonora.
La propuesta de fincar responsabilidades a los funcionarios fue hecha por el ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, pero fue desestimada por ocho de sus compañeros con el argumento de que la Corte no tenía facultades para hacerlo. Al final, el término responsables se matizó con el de involucrados.
Para el miembro del Colectivo de Abogados Zapatistas, Juan de Dios Hernández Monge, más allá de la capacidad que tengan los ministros para hacer resoluciones, el problema está en que ésta “queda supeditada a intereses de orden político y administrativo, y no se busca empatar la verdad histórica de los hechos con la verdad jurídica”.
El abogado sostiene que en México no hay justicia, pues ésta no existe en tanto no se empaten ambas verdades, un ejercicio ausente no sólo en la mayoría del trabajo de la SCJN, sino de todo el Poder Judicial.
Corte, “cada vez más derechista”
Como resultado de la permanencia de la derecha en el poder, en la SCJN se ha acrecentado la influencia del sector empresarial y de instituciones privadas, sostiene Edgar González Ruiz, especialista en estudios de la derecha política en México.
De los 11 ministros que actualmente integran la Corte, siete han sido nombrados durante los gobiernos panistas de Fox Quesada y Felipe Calderón Hinojosa.
“Éste, como corresponde a sus propias ideas y raíces, ha impulsado a personajes más reaccionarios que los que ascendieron en la época de Fox, cuya falta de congruencia ideológica era conocida”, señala González Ruiz.
En lo que va del actual sexenio, Calderón Hinojosa ha nombrado a tres ministros de la Corte. Dos de ellos, Saldívar Lelo de Larrea y Jorge Mario Pardo Rebolledo, provienen de la Escuela Libre de Derecho (ELD), de donde también es egresado el mandatario.
El ministro José Fernando Franco González Salas también es egresado de esa institución educativa, vinculada a la derecha, donde además impartió clases.
Tanto él como los ministros Cossío Díaz y Zaldívar Lelo de Larrea tuvieron vínculos laborales con el Instituto Tecnológico Autónomo de México y, en el caso de Cossío Díaz, con la Universidad Panamericana, ambas instituciones privadas, calificadas por González Ruiz como “instituciones donde se defienden los intereses empresariales”.
En el caso del ministro Zaldívar Lelo de Larrea, es conocida su trayectoria como abogado al servicio de grandes empresas, entre ellas los bancos vinculados con el caso del Fobaproa, de acuerdo con el reportaje “Ministros marcados”, del periodista Jorge Carrasco Arriaga, publicado en el número 1731 de la revista Proceso.
Además, el semanario dio cuenta de que el ministro fue contemporáneo de Fernando Gómez Mont en la ELD, y fue éste quien operó su inclusión en la terna elaborada por el consejero jurídico de la Presidencia, Miguel Alessio Robles, también egresado de dicha institución.
Aunque González Ruiz aduce un “claro compromiso con el gobierno derechista y con los empresarios” de parte de todos los ministros, señala que es Sergio Salvador Aguirre Anguiano quien representa nítidamente a la ultraderecha católica, “que abandera el emblema de la cruz-espada del catolicismo”.
Dado que antes de que concluya el sexenio, Calderón Hinojosa tendrá que nombrar a dos ministros más (en sustitución de Aguirre Anguiano y Guillermo Ortiz Mayagoitia), el filósofo prevé que la SCJN “será cada vez más servil a la derecha en el poder y más opuesta al bienestar del pueblo de México, así como más represiva hacia la disidencia social y política”.
Claroscuros de la Corte
La composición actual de la SCJN es muy diversa por haberse constituido de forma escalonada, lo que le ha dado perfiles muy diferenciados, considera el investigador del IIJ Salazar Ugarte.
Y es que, aunque la mayoría de los ministros han sido nombrados durante las administraciones panistas, persisten cuatro jueces que fueron nombrados en 1995 por Ernesto Zedillo Ponce de León, el último de los presidentes priistas.
Dos de ellos serán sustituidos antes de que concluya el sexenio; sin embargo, los otros dos –Silva Meza y Olga Sánchez Cordero– permanecerán en sus cargos hasta 2015: el sucesor de Calderón Hinojosa definirá esos nombramientos.
En opinión de Salazar Ugarte, con los últimos cinco nombramientos se está configurando una Corte con una “vocación democrática más clara”, contraria a la tendencia de los ministros de la primera generación, a los que califica como “sólidos juristas, pero no necesariamente demócratas”.
Para González Ruiz, las recientes decisiones de la SCJN han manifestado dos tendencias de signo opuesto, ya que por un lado han prevalecido posiciones progresistas en casos como la despenalización del aborto y la autorización del matrimonio entre personas del mismo sexo en el Distrito Federal, incluso a pesar de la oposición del ministro Ortiz Mayagoitia, entonces presidente de la Corte.
Sin embargo, en casos de violaciones a los derechos humanos, como el de la periodista Lydia Cacho, el de la represión contra activistas sociales en Atenco y el de la Guardería ABC, “la gestión de la Corte fue calificada de poco diligente y poco eficaz, al grado de que los culpables de esos actos quedaron sin sanción jurídica alguna”.
Lo que ha prevalecido, sin embargo, es el compromiso de algunos ministros con la defensa del poder ante cualquier desafío proveniente de sectores sociales o de los medios de comunicación, concluye González Ruiz.
El Fobaproa y la “independencia” de los ministros
Durante su encargo como ministro, Humberto Román Palacios contó al entonces periodista Carlos Avilés Allende una anécdota que ilustraba la independencia que había ganado la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) respecto del presidente de la República tras la reforma judicial de 1994, impulsada por Ernesto Zedillo Ponce de León.
La historia se refería a la petición hecha por la Cámara de Diputados a Zedillo Ponce de León de los informes del Fondo Bancario para la Protección del Ahorro (Fobaproa).
El exministro recuerda que se hizo la petición al presidente “a sabiendas de que estábamos haciendo el requerimiento hacia quien había sido la persona que nos propuso”.
Ante el hecho, el ministro reflexionó: “Qué mejor forma de demostrar nuestra independencia que estar resolviendo en contra de la persona que nos propuso”.
El testimonio de Román Palacios forma parte del libro Los rostros de la Suprema Corte, publicado en 2003. Ese mismo año, el entonces presidente Vicente Fox Quesada presentó una terna para nombrar a un nuevo ministro de la SCJN. En ella, figuraba Margarita Beatriz Luna Ramos, quien hasta ese momento se desempeñaba como magistrada del Consejo de la Judicatura Federal.
A pesar de su amplia formación académica –es doctora en derecho y cuenta con varios cursos de especialización– y profesional –había ocupado todos los cargos de la carrera judicial posibles hasta entonces–, Luna Ramos no fue elegida y su terna fue desechada.
En la segunda propuesta de Fox Quesada, Luna Ramos fue nuevamente incluida, aun cuando el artículo 96 constitucional establece que debe tratarse de una terna nueva.
Esta vez, Luna Ramos fue elegida ministra y meses más tarde fue la encargada de dictaminar la controversia constitucional promovida por Fox Quesada en contra de la Cámara de Diputados, en la que la ASF reclamaba el pago de fondos del Fobaproa a cuatro bancos.
El 23 de junio de 2005, la mayoría de los ministros, entre ellos Luna Ramos, votaron a favor de que la petición de la ASF había invadido atribuciones, por lo que se invalidó. De este modo, la ASF no pudo recuperar 4 mil millones de pesos entregados a los bancos a través del Fobaproa.
De acuerdo con una nota de El Universal publicada el 8 de mayo de 2009, Carlos Ahumada reveló en su libro Derecho de réplica que él había operado la aprobación de Luna Ramos en el Senado de la República gracias a su relación con el entonces líder de la bancada panista, Diego Fernández de Cevallos.
El nombramiento había sido, según Ahumada, un favor personal a su amigo Alejandro Luna Ramos, hermano de la actual ministra y magistrado de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
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