Arturo Alcalde Justiniani
La iniciativa de
reforma laboral de Calderón exhibe una marcada incongruencia entre la
exposición de motivos y el contenido desarrollado en sus artículos. Se
apoya en un conjunto de declaraciones sin ningún efecto práctico, que
buscan confundir, haciendo creer que la enmienda logrará más empleo y
mayor competitividad. Su texto específico, muy distinto a lo que varios
comunicadores afirman, es un intento por reducir el costo de mano de
obra, abatir la estabilidad en el empleo, favorecer el despido barato e
incrementar el sistema de control empresarial sobre la contratación
colectiva.
El principal señuelo consiste en hablar de trabajo decente, igualdad de género, modernización procesal y de conceptos como dignidad en el trabajo y productividad, cuando sus efectos reales generarían más precariedad e incapacidad para construir relaciones laborales decentes, sustentadas en una negociación colectiva auténtica.
Los verdaderos autores de la iniciativa (cinco abogados de la Confederación Patronal de la República Mexicana, Coparmex) buscan lograr, entre otros, cuatro objetivos torales: El primero pretende suprimir la responsabilidad patronal a través de una subcontratación sin protección. Si bien en la iniciativa se afirma que este nuevo régimen busca evitar la evasión y elusión del cumplimiento de obligaciones a cargo del patrón, la verdad es que pretende encubrir las obligaciones de los beneficiarios del servicio a través de una triangulación con los llamados subcontratistas, que sólo están obligados a cumplir con los derechos mínimos, salario mínimo y seguridad social.
En cinco artículos –13, 15A, 15B, 15C y 15D– se destruyen los principios básicos que rigen las relaciones laborales, que parten de la premisa de que quien se beneficia del trabajo de otro, es el verdadero patrón y asume responsabilidades como tal. Se propone encubrir esta obligación con un contrato mercantil, que revierte las cargas laborales al subcontratista, quien normalmente es una figura simulada para que el verdadero patrón se escabulla. En realidad, lo que se pretende es abrir la puerta legal para homologar a la baja las condiciones de trabajo. De aprobarse la iniciativa, el subcontratismo se convertirá en el régimen común porque no está debidamente regulado, el futuro será tan sólo de derechos mínimos; por otro lado se afectan el fisco y el régimen de seguridad social.
Ver masEl principal señuelo consiste en hablar de trabajo decente, igualdad de género, modernización procesal y de conceptos como dignidad en el trabajo y productividad, cuando sus efectos reales generarían más precariedad e incapacidad para construir relaciones laborales decentes, sustentadas en una negociación colectiva auténtica.
Los verdaderos autores de la iniciativa (cinco abogados de la Confederación Patronal de la República Mexicana, Coparmex) buscan lograr, entre otros, cuatro objetivos torales: El primero pretende suprimir la responsabilidad patronal a través de una subcontratación sin protección. Si bien en la iniciativa se afirma que este nuevo régimen busca evitar la evasión y elusión del cumplimiento de obligaciones a cargo del patrón, la verdad es que pretende encubrir las obligaciones de los beneficiarios del servicio a través de una triangulación con los llamados subcontratistas, que sólo están obligados a cumplir con los derechos mínimos, salario mínimo y seguridad social.
En cinco artículos –13, 15A, 15B, 15C y 15D– se destruyen los principios básicos que rigen las relaciones laborales, que parten de la premisa de que quien se beneficia del trabajo de otro, es el verdadero patrón y asume responsabilidades como tal. Se propone encubrir esta obligación con un contrato mercantil, que revierte las cargas laborales al subcontratista, quien normalmente es una figura simulada para que el verdadero patrón se escabulla. En realidad, lo que se pretende es abrir la puerta legal para homologar a la baja las condiciones de trabajo. De aprobarse la iniciativa, el subcontratismo se convertirá en el régimen común porque no está debidamente regulado, el futuro será tan sólo de derechos mínimos; por otro lado se afectan el fisco y el régimen de seguridad social.
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