domingo, octubre 28, 2007

LOS SENTIMIENTOS DE LA NACIÓN

José María Morelos y Pavón(1765 - 22 de diciembre de 1815)

Estos 23 puntos fueron escritos hace ya 197 años por D. José María Molerelos y Pavón. Vale la pena recordarlos (y recordar que era, como Hidalgo, un sacerdote excomulgado). También vale la pena recordarlos pues ahora, si le preguntan a cualquier joven egresado de la secundaria, no conocen los "Sentimientos de la Nación", y quizá ni sepan bien quién fué Morelos. Con excepción de sus proclamaciones de unicidad de la iglesia católica, pudieron haber sido escritos hoy:


. Que la América es libre e independiente de España y de toda otra Nación, Gobierno o Monarquía, y que así se sancione dando al mundo las razones.


. Que la religión católica sea la única sin tolerancia de otra.


. Que todos sus ministros se sustenten de todos y solos los diezmos y primicias, y el pueblo no tenga que pagar más obvenciones que las de su devoción y ofrenda.


. Que el dogma sea sostenido por la jerarquía de la Iglesia, que son el Papa, los obispos y los curas, porque se debe arrancar toda planta que Dios no plantó: omnis plantatis quam non plantabit Pater meus Celestis cradicabitur. Mat. Cap. XV.


. Que la Soberanía dimana inmediatamente del pueblo, el que sólo quiere depositarla en el Supremo Congreso Nacional Americano, compuesto de representantes de las provincias en igualdad de números.


. Que los Poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial estén divididos en los cuerpos compatibles para ejercerlos.


. Que funcionarán cuatro años los vocales, turnándose, saliendo los más antiguos para que ocupen el lugar los nuevos electos.


8º. La dotación de los vocales será una congrua suficiente y no superflua, y no pasará por ahora de 8000 pesos.


9º. Que los empleos sólo los americanos los obtengan.


10º. Que no se admitan extranjeros, si no son artesanos capaces de instruir y libres de toda sospecha.


11º. Que los Estados mudan costumbres y, por consiguiente, la Patria no será del todo libre y nuestra mientras no se reforme el Gobierno, abatiendo el tiránico, substituyendo el liberal, e igualmente echando fuera de nuestro suelo al enemigo español, que tanto se ha declarado contra nuestra Patria.


12º. Que como la buena ley es superior a todo hombre las que dicte nuestro Congreso deben ser tales, que obliguen a constancia y patriotismo, moderen la opulencia y la indigencia, y de tal suerte se aumente el jornal del pobre, que mejore sus costumbres, alejando la ignorancia, la rapiña y el hurto.


13º. Que las leyes generales comprendan a todos, sin excepción de cuerpos privilegiados; y que éstos sólo lo sean en cuanto al uso de su ministerio.


14º. Que para dictar una ley se haga junta de sabios en el número posible, para que proceda con más acierto y exonere de algunos cargos que pudieran resultarles.


15º. Que la esclavitud se proscriba para siempre y lo mismo la distinción de castas, quedando todos iguales, y solo distinguirá a un americano de otro el vicio y la virtud.


16º. Que nuestros puertos se franqueen a las naciones extranjeras amigas, pero que éstas no se internen al reino por más amigas que sean, y sólo habrá puertos señalados para el efecto, prohibiendo el desembarque en todos los demás, señalando el diez por ciento.


17º. Que a cada uno se le guarden sus propiedades y respete en su casa como en un asilo sagrado, señalando penas a los infractores.


18º. Que en la nueva legislación no se admita la tortura.


19º. Que en la misma se establezca por Ley Constitucional la celebración del día 12 de diciembre en todos los pueblos, dedicado a la Patrona de nuestra Libertad, María Santísima de Guadalupe, encargando a todos los pueblos la devoción mensal.


20º. Que las tropas extranjeras o de otro reino no pisen nuestro suelo, y si fuere en ayuda, no estarán donde la Suprema Junta.


21º. Que no se hagan expediciones fuera de los limites del reino, especialmente ultramarinas; pero Ise autorizan las] que no son de esta clase [para] propagar la fe a nuestros hermanos de Tierra adentro.


22º. Que se quite la infinidad de tributos, pechos e imposiciones que nos agobian y se señale a cada individuo un cinco por ciento de semillas y demás efectos o otra carga igual, ligera, que no oprima tanto, como la Alcabala, el Estanco, el Tributo y otros; pues con esta ligera contribución y la buena administración de los bienes confiscados al enemigo, podrá llevarse el peso de la guerra y honorarios de empleados.


23º. Que igualmente se solemnice el día 16 de septiembre todos los años, como el día aniversario en que se levantó la voz de la Independencia y nuestra santa Libertad comenzó, pues en ese día fue en el que se desplegaron los labios de la Nación para reclamar sus derechos con espada en mano para ser oída; recordando siempre el mérito del grande héroe, el señor Dn. Miguel Hidalgo y su compañero Don Ignacio Allende.


Repuestas en 21 de noviembre de 1813.

Y por tanto, quedan abolidas éstas, quedando siempre sujetos al parecer de S. A. S.
Chilpancingo, 14 de septiembre de 1813.
José María Morelos[rúbrica].
Obtenido de "http://es.wikisource.org/wiki/Sentimientos_de_la_Naci%C3%B3n"

En el siglo XIX, sin ciencia pero con fé, Morelos era un sacerdote comprometido con el pueblo y con su patria.
Hoy, dos siglos después, la jerarquía católica afirma:
Quien comete abuso debe dar asesoría espiritual, pastoral y sicológica a su víctima, dice......(NI A LOS TRES CHIFLADOS SE LES OCURRIRÍA ALGO TAN CHISTOSO SI NO FUERA GROTESCO).
La Iglesia afirma que no tiene obligación de denunciar a sacerdotes pederastas
Por cuestiones de edad o enfermedad, el culpable podría no ser excluido de su ministerio
Y, como si fueran niños de kinder o adultos inmaduros, les receta lo siguiente el Sr. Norberto Rivera:

Recomendaciones a clérigos

Nicolás Aguilar, buscado por pederasta

La arquidiócesis de México determinó desde enero pasado que “no tiene la obligación de denunciar a un clérigo culpable de abuso sexual”. Asegura que la ley debe proceder contra el causante del ilícito “solamente por queja del ofendido o su representante”.
Determina, asimismo, que cuando un obispo, sacerdote o diácono cometa alguna falta relacionada con abuso sexual a un menor, ese religioso está obligado a ofrecerle a la víctima “la asesoría sicológica, espiritual y pastoral necesaria para tratar de resarcir el daño”. Y si el caso lo amerita, “asumir con responsabilidad las consecuencias canónicas y civiles” que correspondan.
Lo anterior forma parte del compendio “Criterios de la arquidiócesis de México en relación con comportamientos inadecuados, principalmente con menores, que pudieran suceder por parte de clérigos”, presentado por el obispo auxiliar Marcelino Hernández Rodríguez en la Gaceta Oficial de la Curia, con fecha enero-junio 2007, y ordenado por el cardenal Norberto Rivera Carrera, a quien en septiembre del año pasado se acusó, en Estados Unidos, de presunto encubrimiento del sacerdote pederasta Nicolás Aguilar Rivera.
En el texto, la arquidiócesis se compromete a cooperar con las autoridades civiles para facilitar la investigación en torno a una denuncia por ataque sexual cometido por un religioso, “cuidando la confidencialidad y todo el respeto a los derechos humanos tanto de la víctima como del acusado”, siempre y cuando el afectado o alguno de sus representantes interponga la denuncia correspondiente.
Pero antes de cumplir con ese compromiso, el arzobispo –en este caso el cardenal Rivera Carrera– ordenará una “seria investigación” que procure la “clara verdad de los hechos”, para evitar que sus clérigos sean víctimas de denuncias falsas.
El arzobispado de México ofrece a obispos, sacerdotes o diáconos que tienen inclinación al abuso sexual o que en el pasado lo han cometido, dar cuenta por sí mismos para recibir la ayuda necesaria tanto en el campo espiritual como en el sicológico, y si se comprueba que alguno cometió “alguna falta que involucre a un menor, debe ofrecerle (a la víctima) la asesoría sicológica, espiritual y pastoral necesaria para tratar de resarcir el daño”.
Para la Iglesia católica, la corrupción de menores, el hostigamiento sexual, el abuso sexual, el estupro y la violación cometidos por alguno de sus representantes son pecados graves y “contrarios a la moral y la doctrina cristiana”, además de ser delitos “severamente castigados por la ley civil y eclesiástica”.
La curia metropolitana precisa en el compendio que normalmente no investiga acusaciones anónimas basadas en sospechas o murmuraciones sin fundamento, aunque sí trata con “respeto y atención” las recibidas de viva voz o por escrito.
De acuerdo con el procedimiento establecido para atender las acusaciones por abuso sexual contra clérigos, existe la posibilidad de cerrar un caso y guardarlo en el expediente personal del imputado, si éste ofrece una explicación “creíble” de su comportamiento y se carece de evidencias, testigos o acusaciones previas de alguna falta similar.
Si un religioso ya ha sido acusado de abuso sexual o existe en su contra una “sospecha razonable”, se le someterá a una evaluación de personalidad “para tener mayor certeza” de su conducta, y se tomarán “medidas cautelares, ya sea traslado o suspensión”, además de que se realizará un careo entre las partes involucradas y, si es oportuno, “se pondrá el resultado por escrito”.
Una vez que el arzobispo reciba un reporte completo de todo lo anterior, éste determinará, junto con el equipo que haya nombrado para el manejo de los casos de abuso sexual –integrado por cinco personas–, el procedimiento a seguir.
Si el denunciado no acepta las indicaciones que le haga el arzobispo, éste “puede iniciar el proceso canónico más adecuado para proteger a la comunidad cristiana”, como es remover del cargo al acusado, retirarle facultades, impedir el ejercicio de su ministerio o imponerle algún otro castigo.
Pero si el clérigo admite la acusación, se le retirará del ejercicio público de su ministerio y de cualquier cargo eclesiástico. En caso de que su “mal comportamiento fuera tan grave”, se le podría expulsar del estado clerical, ofreciéndole ayuda espiritual y terapia sicológica adecuadas.
Aunque la arquidiócesis advierte que un solo acto delictivo comprobado es suficiente para que un religioso no reciba más nombramientos para servir en parroquias, escuelas, ministerios pastorales o cualquier otro cargo, señala que se puede retornar al ministerio activo con restricciones y un programa de seguimiento, aunque se reservarán algunos casos por “especiales circunstancias (abuso de menores –especifica, así entre paréntesis–) para que sea la sagrada congregación para la doctrina de la fe la que diga al arzobispo cómo proceder.
Destaca, en el compendio dirigido a sacerdotes, que un clérigo podría no ser excluido de su ministerio, aunque sea culpable de abuso sexual, por razones de edad o enfermedad. Sin embargo, aclara que “deberá llevar una vida de oración y penitencia sin celebrar públicamente o administrar sacramentos. Vivirá con discreción y sin exhibirse como sacerdote”.
En los casos en que hubiera escándalo, el equipo del arzobispado estudiará la oportunidad de informar a la comunidad sobre las determinaciones tomadas, “con el fin de propiciar la pronta recuperación del daño social”.

Los curas no son homosexuales........son pederastas que, por oficio, deberían ser perseguidos por la ley civil....es el celibato contranatura el que los hace así, y buscan los lugares más apropiados (seminarios y escuelas confesionalistas) " PARA SATISFACERSE".
Pero aquí en México no hay justicia, y los hoy hombres adultos que fueron abusados sexualmente, tienen que ir a tratar de obtener justicia en otro país, en EEUU.
Kafka revisited !!!!

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