Alfredo Méndez y Jesús Aranda
Las demandas de amparo contra los actos de aplicación de la nueva Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) podrán seguir presentándose en los próximos días e incluso semanas, siempre y cuando los burócratas inconformes con el ordenamiento aún no hayan recibido el primer descuento de su Sistema de Ahorro para el Retiro en este año, informó Eduardo Miranda Esquivel, presidente de la Unión de Juristas de México y uno de los abogados que diseñaron el formato universal de petición de amparo utilizado hasta este martes por al menos un millón cien mil quejosos.
En entrevista telefónica, el jurista refirió que posiblemente en un par de semanas los juzgados especiales determinarán si admiten a trámite esta cascada de nuevas demandas de garantías y si conceden las suspensiones provisionales correspondientes.
Agregó que hasta el cierre de esta edición las oficialías de partes de los juzgados federales con sede en el Palacio de Justicia de San Lázaro reportaban el registro de al menos 15 mil folios correspondientes a igual número de demandas de amparo, lo cual no significa que sea el total de quejosos, ya que hay demandas integradas por 300 o hasta 600 burócratas peticionarios de protección.
Procedimientos equivocados
En tanto, el dirigente de la Alianza de Trabajadores de la Salud y Empleados Públicos, Antonio Vital, advirtió que alrededor de 30 por ciento de los amparos interpuestos contra de la Ley del ISSSTE –700 mil, según dijo– pueden ser desechados, debido a errores en la elaboración de las demandas.
Entrevistado en el contexto de una sesión de información que celebró la agrupación que encabeza ante las instalaciones de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Vital aseguró que el Consejo de la Judicatura Federal que encabeza el ministro Guillermo I. Ortiz Mayagoitia no ha cumplido con el compromiso de agilizar la admisión de los amparos y que aún no se ha admitido la totalidad de los mismos.
Insistió en que fracasó la estrategia de la judicatura de concentrar todos los amparos contra la Ley del ISSSTE en dos juzgados administrativos auxiliares –por el gran rezago que presentan–, y pidió que todos los juzgados administrativos del país puedan admitir las demandas.
Apuntó que hasta el 4 de enero pasado, el primer juzgado administrativo emitió tan sólo 21 sentencias, las cuales ya fueron remitidas a la Corte, pero resulta que estas resoluciones sólo tienen que ver con un tipo de demanda, cuando en total son 59 los “modelos” de demanda que se presentaron.
Explicó que hay desde los amparos que se presentaron de manera muy sencilla (en este universo entrarían aquellos en los que los abogados no presentaron correctamente los amparos –como 10 por ciento–), hasta los que interpusieron de manera colectiva algunos sindicatos, donde algunos líderes permitieron que los empleados les entregaran documentos no originales y así se presentaran las demandas. Precisamente, la falta de documentación adecuada es razón suficiente para desechar una queja.
Destacó, sin embargo, que entre los tipos de demandas existen algunas que fueron presentadas por jueces y magistrados locales y federales, las cuales están muy bien elaboradas y serán tomadas en cuenta por los ministros al momento de discutir los asuntos.
Cabe recordar que cuando los sindicalistas se reunieron con Ortiz Mayagoitia, en diciembre pasado, éste les prometió que la Corte analizaría la Ley del ISSSTE a la luz de los diferentes tipos de demandas y argumentaciones que se plantearan, de manera que aun cuando no todos los amparos hayan sido presentados con la técnica jurídica adecuada, al final resultarían beneficiados en caso de que el pleno de ministros declare la inconstitucionalidad de algunos artículos.
Los expedientes que sean rechazados por estar mal integrados, no mal fundamentados, son aparte.
En otro orden, anunció que el próximo 5 de febrero la Alianza de Trabajadores de la Salud iniciará un plantón ante la sede de la Corte, para exigir que la Judicatura Federal agilice la admisión de las demandas y haga valer las suspensiones definitivas concedidas, a efecto de que los empleados públicos no resulten afectados en sus derechos con la entrada en vigor de la referida legislación.
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