30 HECHOS PARA FORMAR CRITERIO SOBRE LA PRIVATIZACIÓN
Movimiento Nacional en Defensa del Petróleo
Parece ser que el término “privatización” del petróleo de los mexicanos se ha convertido en una pegajosa telaraña tanto para los que la quieren hacer avanzar la entrega de nuestros recursos, como para los que tratan de impedirlo y demostrar que el proceso privatizador empezó hace muchos años.
Los que niegan la privatización, privatizando, dicen:
“No se modificará los artículos 27 y 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, solo se reformarán leyes secundarias para modernizar a PEMEX”
“El petróleo seguirá siendo de los mexicanos”
“No se cederá un ápice de la soberanía sobre los hidrocarburos”
“No se venderá un solo tornillo de PEMEX”
“No veo que se esté vendiendo a PEMEX”
“Hay que democratizar el capital de PEMEX”
“En la Ley reglamentaria se permite la participación de la iniciativa privada”
“No hay ninguna iniciativa formal que se esté discutiendo en el Congreso”
“El Ejecutivo Federal y PEMEX no tiene recursos para invertir, por lo que hay que realizar alianzas estratégicas sin perder soberanía”
Los que quieren impedir la privatización y revertir el proceso que empezó hace años, dicen:
“Es falso que no se tengan recursos para invertir en PEMEX, ya que el organismo es la segunda empresa petrolera en ingresos antes de impuestos, solo que el Ejecutiva se los incauta para después derrocharlos”
“Está claro que el Ejecutivo Federal, el PRI, el PAN y sus aliados de la oligarquía nacional y las empresas petroleras extranjeras y sus gobiernos, no requieren modificar la Constitución para que la privatización siga avanzando”
“La privatización de PEMEX es un compromiso del presidente espurio, a cambio de que lo hayan dejado usurpar la presidencia”
“Está probado que PEMEX si tiene capacidad para realizar su misión a favor de la Nación, solo hay que asignarle recursos suficientes en una nueva autonomía presupuestal, técnica y de gestión y extirparle el cáncer de la corrupción en el que maneja sus relaciones con clientes, proveedores, contratistas y sindicato, para que vuelva a recobrar su vigor”
Lo curioso es que nadie le ha preguntado a la gente, o cuando menos, tratado de hacer ejercicios de reflexión, para ver si al final la Nación puede tener claridad con lo que está pasando con los hidrocarburos y hacia donde los quieren llevar, y si esto, finalmente tiene que ver como dicen algunos con la supervivencia de México como Nación, o si como dicen otros es solo un asunto de “negocios” y “modernidad”.
Para responder a las preguntas que más adelante se presentan es necesario tener claros los fundamentos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en relación a la propiedad y dominio sobre los hidrocarburos.
El artículo 27 constitucional 1 tiene singular importancia en el estudio de las garantías individuales. Entraña una de las grandes reformas sociales que ha experimentado nuestro país en los últimos años. Juntamente con el artículo 123, señala las bases para una mejor repartición de la riqueza pública y un trato más humano para los hombres y mujeres encargados de explotarla.
Establece, en primer término, a quién corresponde la propiedad de tierras y aguas comprendidas dentro de los límites del territorio nacional, señalando a la propia Nación como la titular original de dicho derecho.
Establece la propiedad privada de las tierras y aguas mediante el derecho que tiene la Nación para trasmitir el dominio de ellas a los particulares. Sin embargo, la propia Nación, tendrá en todo tiempo la facultad de imponer a la propiedad privada las modalidades que dicte el interés público, así como regular el aprovechamiento de los elementos naturales susceptibles de apropiación para hacer una distribución equitativa de la riqueza pública y para cuidar de su conservación……
Las modalidades o limitaciones que la Nación tiene derecho de establecer sobre la propiedad privada, pueden llegar hasta la misma expropiación; procedimiento que consiste en desposeer a una persona de su propiedad, ajustándola a la ley y por causa de utilidad pública.
Las expropiaciones solo podrán hacerse por causa de utilidad pública y mediante indemnización. Por tanto, el viejo concepto de la propiedad, que veía a ésta como un derecho el cual se podía usar, gozar y aun abusar, ha quedado abolido en México, sustituyéndole por la idea de que la propiedad se justifica porque va a beneficiar no sólo al propietario, sino a toda la colectividad. De aquí que todo derecho de propiedad que perjudique a la colectividad debe limitarse, aun cuando esto vaya en contra del interés personal del titular.
Establece también los bienes que son propiedad de la Nación y que el dominio que la Nación tiene sobre los productos del subsuelo y las aguas que antes se hacer referencia, es inalienable e imprescriptible; es decir que no puede desprenderse de él y que, asimismo, no puede prescribir. Los mexicanos y las sociedades mexicanas pueden explotar dichos bienes sólo mediante concesiones; es decir, autorizaciones o permisos que le otorga el Gobierno Federal a nombre de la Nación.
En el caso del petróleo y los hidrocarburos sólidos, líquidos o gaseosos o minerales radioactivos, la Nación se reserva el derecho para la generación, conducción, distribución y abasto de energía eléctrica que tenga como objeto el servicio público y para la generación de energía nuclear, la cual solo podrá tener fines pacíficos. En éstas materias no se otorgarán concesiones a los particulares……………...
Luego entonces en relación a los hidrocarburos estamos frente a un trinomio constitucional indisoluble:
- La propiedad de la Nación sobre los hidrocarburos.
- El dominio (quién manda) de la Nación sobre la explotación de los hidrocarburos.
- Petróleos Mexicanos y sus Organismos Subsidiarios como el medio de la Nación para cumplir con los preceptos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
15 HECHOS HISTÓRICOS PARA FORMAR CRITERIO SOBRE LA “PRIVATIZACIÓN O NO” DEL PETRÓLEO Y PEMEX
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