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Aunque es evidente que el PRI -o una porción de su bancada en San Lázaro, acaso mayoritaria- no comparte la idea de llevar ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación el conflicto eléctrico, es anticiparse demasiado concluir que la Cámara de Diputados resolvió ya no iniciar una controversia constitucional por la extinción de Luz y Fuerza del Centro. No se ha tomado ninguna determinación al respecto, como no fuera la de impedir que el asunto se discutiera el martes mismo. Una mayoría de 298 legisladores no consideró que el asunto fuera de obvia y urgente resolución, pero no canceló su trámite. Expresamente el presidente de la mesa directiva lo turnó a la Junta de Coordinación Política, que tiene en sus manos el asunto, y debe someterlo al pleno para que la Cámara se manifieste en pro o en contra de utilizar aquel mecanismo de control constitucional. Eso no ha ocurrido todavía y, por lo tanto, este aspecto del conflicto poliédrico sigue vigente. No es verdad que en San Lázaro se haya rechazado la controversia, como los medios de información anuncian y aun los protagonistas parecen creer.
Cuando el pleno resuelve que un asunto no es de obvia y urgente resolución, la mesa directiva lo envía a comisiones o a la Junta de Coordinación Política para que allí sin apremio se formule un dictamen sobre el cual la sesión plenaria debe manifestarse. Para formular el dictamen sobre este asunto la Junta debe conocer y analizar el informe que presentó el diputado priísta Alfonso Navarrete Prida como cabeza de la comisión encargada de estudiar si la Cámara tiene motivo para demandar al máximo tribunal una definición sobre el decreto del 11 de octubre. No fue posible formar consenso al respecto, pues son irreductibles las posiciones de quienes sostienen que el decreto debió pasar de alguna manera por el Legislativo y la atiende quienes apoyan su emisión tal como ocurrió. No se trata, por ello, de un informe conclusivo, pero sí expositivo de los encontrados argumentos. Corresponde al órgano de coordinación política dictaminar lo pertinente, conforme a ese insumo indispensable, y presentarlo al pleno. Mientras eso no ocurra no puede darse por cerrado el capítulo que haría de San Lázaro partícipe en este conflicto. Sería la suya una intervención legítima, no una intromisión sectaria, porque es probable que el Ejecutivo haya obviado el paso por el Congreso de su decisión de liquidar una empresa paraestatal, siendo que de un mandato legislativo surgió a la vida de nuevo el organismo que había sido declarado en liquidación sin que ésta se consumara, y de un mandato legislativo debió surgir la decisión de extinguirlo de nuevo.
No es verdad tampoco que el resultado de la peculiar y aun ridícula votación en urna realizada con el mismo propósito sea definitorio de la situación. No puede serlo porque los acuerdos del pleno se toman por votación nominal o económica, o mediante la emisión del voto en papeletas, y cuando se alcanza la mayoría simple o calificada de los miembros presentes. La peregrina idea de que se recabaran al menos 251 firmas para iniciar la controversia constitucional no deriva del reglamento ni de la ley del Congreso y por lo tanto carece de efectos. Tan es así que ninguna autoridad de San Lázaro ha declarado que la votación fue insuficiente y por lo tanto la Cámara se abstendrá de ejercer la defensa de sus atribuciones.
Sólo hay, pues, un aplazamiento de la decisión de los diputados. La diferición puede equivaler al congelamiento, pero eso todavía no ocurre. Hay que esperar la conclusión de este procedimiento parlamentario por más que sea pronosticable su desenlace, ya que el PRI eligió el irresponsable y cómodo camino de ser simple espectador en este diferendo que en la Cámara se traduce en debates entre diputados petistas y perredistas por un lado y panistas por el otro.
También en otros frentes legales se han abierto lapsos de espera, que corren en beneficio del sindicato puesto en jaque por el Gobierno. Debiendo efectuarse el martes la audiencia constitucional para resolver de fondo el amparo solicitado por el SME contra el decreto de extinción, ese acto procesal se aplazó hasta el 10 de diciembre. Puesto que está vigente la suspensión definitiva en ese amparo, que protege al sindicato contra un laudo de la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje que declare terminadas las relaciones colectivas de trabajo, la diferición de la audiencia prolonga ese efecto. Es paradójico que la jueza Guillermina Coutiño no haya podido realizarla en la fecha fijada por la abulia de autoridades responsables (no es que lo sean en sentido sustancial, sino que así se les llama en la formalidad del juicio de garantías) como la Presidencia de la República que no presentaron el informe que justifique el acto reclamado, es decir el decreto de extinción. Igualmente se aplazó una audiencia en el tribunal colegiado que conoce el recurso de revisión iniciado por el Gobierno federal precisamente contra la suspensión concedida por la jueza de amparo.
No se aplaza, en cambio, la acción política del sindicato. Dieciséis de sus miembros se hallan en huelga de hambre -no consumen sólidos- como una forma de protesta contra su abrupto y arbitrario desempleo. Once mujeres, trabajadoras electricistas de diversos ramos blanden esta peligrosa arma de lucha desde el lunes y a ellas se unieron, en otro punto de la ciudad, cinco de sus compañeros. Es un recurso extremo, que consideran útil y necesario.
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