En dos textos, clasificados como reservados para efectos de la Ley de Transparencia entre uno y 12 años, el gobierno mide los riesgos de la extinción de LyFC.
Como parte de los preparativos del golpe fascista en contra del SME, desde el 31 de agosto y 28 de septiembre de 2009, bajo la rúbrica del Subsecretario de Electricidad, Benjamín Contreras Astiazarán, el gobierno de Felipe Calderón preparó dos documentos: un “Informe de la Desincorporación Mediante Extinción del Organismo Descentralizado Luz y Fuerza del Centro”, fechado el 28 de septiembre de 2009 y un “Diagnóstico de Luz y Fuerza del Centro”, del 31 de agosto de 2009.
Ambos textos fueron clasificados como reservados entre uno y doce años, en los términos de los artículos 13, fracción primera y 14, fracción VI de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.
Llama la atención particularmente el artículo 13, fracción I, de dicha ley que establece: “Como información reservada podrá clasificarse aquella cuya difusión pueda: comprometer la seguridad nacional, la seguridad pública o la defensa nacional.”
Los documentos fueron entregados al diputado panista y presidente de la Cámara de Diputados, Francisco Javier Ramírez Acuña, el martes 13 de octubre a las 15:25 horas, es decir 63 horas después del decreto de extinción, tal vez porque alguien advirtió a Calderón que además de pisotear las facultades de la Cámara de Diputados, estaba faltando a una elemental cortesía.
Ramírez Acuña retuvo los documentos secretos durante tres días, pese a que en esa semana se estaban discutiendo dos puntos de acuerdo relacionados con el Decreto de Extinción y finalmente los entregó al presidente de la Junta de Coordinación Política el jueves 16 de octubre a las 15:03 hrs, cuando ya no había diputados.
Finalmente los documentos secretos fueron entregados a los diputados encargados de definir la posición en torno a la controversia constitucional por la extinción de LyFC el 27 de octubre. Bajo el cálculo del gobierno de que el golpe contra el SME estaba bajo control.
¿Por qué razón? La explicación está en la página 12 del Informe de la Desincorporación.
“…es de destacar que en la implementación de las soluciones propuestas en el presente informe, se liquidarían 44,600 empleos como consecuencia de la terminación de la relación colectiva laboral. Ello podría implicar:
1.- Riesgos inminentes a la integridad física de las personas y a sus bienes, como resultado de disturbios sociales que pudieran generarse por esta medida;
2.- Eventuales ataques al Sistema Eléctrico Nacional, frente a los cuales se tendría una mejor capacidad de respuesta que la de LyFC, pero que pueden resultar inevitables, y
3.- Instauración de Procedimientos judiciales tendientes a demostrar la inconstitucionalidad o ilegalidad de los actos administrativos que se expidan, o bien, la actualización de la figura de sustitución patronal, a fin de obtener la consecuente reinstalación de los trabajadores de LyFC.”
Los planes represivos en contra del SME
La demora en la entrega de los documentos tuvo que ver con la burda maniobra del gobierno de Calderón que esperó que en las horas y días siguientes al golpe fascista de la noche del 10 de octubre, el SME, sus trabajadores y jubilados cayeran en la trampa de la provocación, hubiera enfrentamientos para que la coartada del gobierno, asentada en la página 12 de estos documentos, pudiera hacerse realidad: Riesgos inminentes a la integridad física de personas y bienes, como resultado de disturbios sociales, eventuales al Sistema Eléctrico Nacional que pueden resultar inevitables, etcétera.
¿Qué contienen los documentos Secretos de Calderón?
1.- En primer lugar son un alegato sin sustento alguno en contra del SME, de su Contrato Colectivo de trabajo, de los salarios y prestaciones de los trabajadores activos y del derecho a la Jubilación y las cuotas de Jubilación de los más de 22 mil jubilados del SME
2.- En ambos documentos secretos de Calderón en contra del SME no se encuentran elementos que prueben que los llamados costos laborales sean los responsables de los elevados costos de LFC, de sus pérdidas crecientes y lo que el gobierno de Calderón califica de una situación financiera insostenible
3.- Por el contrario, el gobierno de Calderón, pese al manejo amañado de cifras no puede ocultar el dato de que el costo de los salarios y prestaciones, apenas representan el 15 por ciento de los costos totales de LFC si se excluye el costo de la energía comprada a CFE y el 6 por ciento si se incluye el costo de la energía comprada en bloque a CFE.
4.- Sin embargo, los documentos secretos de Calderón, eluden deliberadamente el análisis y reconocimiento de que la causa fundamental que ha provocado las pérdidas crecientes de LFC son la prohibición de incrementar su capacidad de generación propia, lo que fue derivando hacia una creciente dependencia de la energía comprada en bloque a CFE y que hoy el pago de esta energía, representó para el 2008 una factura de más de 60 mil millones de pesos en tanto sus ingresos apenas superaron los 50 mil millones de pesos.
5.- Para el gobierno federal, según estimaciones de CFE, la región de LFC puede ser atendida por 8,900 trabajadores. El resto de las actividades de LFC no son sustanciales y, según ellos, sobran 34,700 trabajadores. Para Calderón las tareas no sustanciales pueden y según ellos deben ser realizadas por contratistas o terceros, que como todos sabemos son las empresas lacras, propiedad de los altos funcionarios de CFE.
6.- Para Calderón y sus Documentos secretos, el CCT del SME es una carga insostenible, particularmente las siguientes clausulas:
Cl 7.- Para ellos la ropa de trabajo, las herramientas de trabajo, el transporte del personal, “implican grandes erogaciones para el organismo descentralizado” y deberían ser con cargo a los trabajadores. Página 18 del Diagnostico.
Cl 10.- Que impide el nefasto contratismo, fuente de corrupción y saqueo de los altos funcionarios de CFE y PEMEX.
Cl 17.- Que impide los trabajadores multiusos, contraria al artículo 25 de la LFT y que para Lozano seria lo deseable como parte de su contrarreforma a la Ley Federal del Trabajo
Cl. 30.- Que permite la retabulación de los salarios cuando hay incrementos en la calidad y cantidad del trabajo realizado. Calderón prefiere la sobreexplotación de los trabajadores, para que aumentar los salarios.
La Cl 55, particularmente la fracción VII. Permisos para periodo de lactancia, que permite que las trabajadoras cuyos hijos estén en periodo de lactancia, materna o artificial, tendrán derecho, con intervención de la Sección Medica de LyF a una hora diaria de permiso con goce de salario, al inicio o antes de terminar su jornada, de acuerdo entre las Partes y por un periodo de 11 meses quince días. Para Calderón este es un gasto oneroso.
Cl.- 61.- Vacaciones anuales y la prima vacacional. Para Calderón y Lozano es injusto que un trabajador pueda gozar de más vacaciones que los mínimos de la LFT
Cl. 82.- Que reconoce el derecho a que un puesto de trabajo se haga permanente. El gobierno de Calderón prefiere los trabajadores temporales como norma.
Para Calderón y su pianista fracasado, las prestaciones sociales del SME, como Transportación, Despensa, Fondo de Ahorro, Ayuda para renta, Aguinaldo, etc., que existen en contratos como el de CFE-SUTERM, PEMEX, Universitarios, Seguro Social, etc. , constituyen cargas insostenibles que deben desaparecer o disminuirse a los mínimos de la LFT. Ya nada más falto que dijera que los salarios son una carga insostenible para las fabulosas ganancias de las grandes empresas trasnacionales.
7.- Atención especial le dedican los doctos secretos a la Cl. 64 y a los jubilados del SME. Para Calderón la Cl. 64 establece “Condiciones muy favorables para la jubilación”. Se quejan de que conforme a la Cl 111 las cuotas de jubilación se incrementan en la misma proporción que los salarios de nómina, generando mayores incrementos en las cuotas de jubilación. Para Calderón lo deseable son las miserias de 900 pesos mensuales que en promedio reciben millones de jubilados en México.
Con un cinismo que no oculta, Calderón señala que “las condiciones establecidas en el CCT son mucho más favorables que las previstas en la Ley del Seguro Social. Este ordenamiento indica en su artículo 154 que para gozar de las prestaciones del ramo de cesantía en edad avanzada, se requiere que el asegurado cuente con 60 años de edad y tenga reconocidas en el Instituto un mínimo de mil doscientas cincuenta cotizaciones semanales.”
Sin asomo de vergüenza Calderón afirma que “el CCT permite que los trabajadores de LyFC puedan jubilarse a partir de los 55 años de edad recibiendo un porcentaje del salario base dependiendo de los años de servicio. En el caso de trabajadores de líneas vivas o energizadas, el porcentajes es mayor.”
Su odio visceral al derecho a la jubilación supura veneno cuando afirma que “Las condiciones para el caso de invalidez, por riesgos tanto de no trabajo como de trabajo son también más favorables.” Por lo tanto propone desaparecer estas prestaciones.
Para leer articulo completo AQUI.
lunes, diciembre 07, 2009
El secreto de Calderón
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