Los legisladores, maiceados o la aprobaron sin leerla, “lo que es una vergüenza”
Esto no es inocente; es una medida maquiavélica y perversa, opina académico de la UAM
Carolina Gómez y Georgina Saldierna
Abogados laborales calificaron como “inconstitucional, maquiavélica, perversa, salvaje, engendro legislativo, monstruo jurídico y un caso para Ripley” la reforma al artículo 65 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, con la cual se priva a los trabajadores públicos de confianza de sus prestaciones económicas y en especie contenidas en los contratos colectivos y en las condiciones generales de trabajo de la administración pública federal.
En entrevistas por separado, Eduardo Torres Maldonado, profesor investigador del Departamento de Derecho de la Universidad Autónoma Metropolitana (UAM); Eduardo Miranda Esquivel, presidente de la Unión de Juristas de México (UJM), y Román Díaz Vázquez, dirigente del Movimiento Ciudadano Obradorista y abogado laboral, sostuvieron que es “condenable” que por medio de una reforma, que “entra por el lado legislativo pero pega por el lado administrativo, se estén reformando las condiciones laborales”, en este caso de trabajadores de confianza.
Por otro lado, el senador perredista Tomás Torres recomendó a los empleados del sector público que recurran a los tribunales para defenderse, y refirió que su partido apoyará desde el Senado y otros espacios políticos las acciones que emprendan.
Dijo que con las disposiciones aprobadas se pretende dar la vuelta a las relaciones laborales vigentes y ocultar el verdadero propósito de menguar garantías adquiridas, y reiteró que el PRD tiene como uno de sus principios políticos fundamentales la defensa de los derechos de los trabajadores.
El abogado Torres Maldonado, quien también es coordinador del libro Reforma laboral y globalización en México, sostuvo que “esto no puede ser inocente, pues es una medida maquiavélica y perversa que está “imponiendo una reforma laboral, pero mediante una medida fiscal”, de ahí que es “absolutamente inconstitucional”, y además “tiene una pésima y aberrante técnica jurídica-legislativa”.
Según el experto, los “legisladores lo aprobaron con los pies, fueron muy bien maiceados o bien es fruto de un acuerdo interpartidista”. Añadió que si el caso es que “la aprobaron sin leerla, y les vieron la cara, entonces es una vergüenza, una falta de dignidad legislativa”.
En opinión del especialista, es “un caso más para Ripley”, pues calificó dicha reforma de “engendro legislativo específico del Día de Muertos”.
Los tres abogados coincidieron en que esto va a dar lugar a demandas de amparo “y a acciones de derecho procesal constitucional, es decir, acciones que impugnen lo aprobado”.
Miranda Esquivel refirió que es “totalmente condenable y corrobora el sentido de la política laboral del gobierno, en la que mediante una reforma administrativa llevan a cabo una que cancela derechos laborales adquiridos” y confirma el “interés del régimen de establecer una modificación en materia de trabajo contraria a los intereses de las mayorías”.
Según el litigante, los afectados pueden interponer amparos indirectos o esperarse al primer acto de aplicación y solicitar recursos en los tribunales del trabajo, o bien reclamar sus derechos a través de las juntas federales de Conciliación y Arbitraje.
Díaz Vázquez sostuvo que dicha modificación al artículo 65 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria es violatoria de la Constitución, porque en materia laboral no puede darse ningún retroceso en las prestaciones y demás derechos de los trabajadores en cualquiera de sus niveles burocráticos; con mayor razón cuando están contempladas en un contrato colectivo de trabajo. Para el litigante, en concreto se violan los artículos 1, 3, 65 y 123 constitucionales y preceptos de la Ley Federal del Trabajo.
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