miércoles, octubre 17, 2007

"YO Acuso" . Parte III

Delincuente

El Presidente ERNESTO ZEDILLO NO ocultaba sus odios enfermizos.
* Desde que Mario Villanueva Madrid era Gobernador de Quintana Roo, el Presidente Ernesto Zedillo actuó en su contra sin el más mínimo respeto a la Constitución y reflejando una enfermiza subordinación hacia Roberto Hernández Ramírez, acusado de vínculos con el narcotráfico por los POR ESTO!
* PGR y CISEN: fabricantes de delitos que luego, como noticias "calientes", proporcionan a los medios de comunicación "consentidos", y esa misma información, una vez publicada, la utilizan después como pruebas para integrar expedientes como el del Ing. y Abogado Mario Villanueva
* Burlas y provocaciones groseras del Procurador Jorge Madrazo Cuéllar y el titular de la FEADS, Mariano Herrán Salvatti

* Los POR ESTO!, obsesión de un Zedillo acosado por el mayor depredador social, y el cierre de toda información.

ING. MARIO VILLANUEVA MADRID: disponibilidad para esclarecer las acusaciones, pero se enfrentó al muro de la anticonstitucionalidad.

III

Continúa en el uso de la palabra el Ingeniero y también Abogado Mario Ernesto Villanueva Madrid

GESTIONES ANTE GOBERNACION Y PGR
Preocupado por las continuas publicaciones en su contra, MARIO VILLANUEVA solicitó por teléfono en diversas ocasiones una audiencia con el Procurador, sin obtener respuesta, por lo que el veinte de noviembre de mil novecientos noventa y ocho dirigió una carta al Procurador JORGE MADRAZO CUÉLLAR manifestándole su extrañeza por la información que tanto él como personal de esa Institución estaban proporcionando a los medios de comunicación, solicitándole una audiencia y expresándole su total disposición para responder a cualquier investigación con objeto de esclarecer las acusaciones que existieran en su contra.No hubo respuesta a la carta ni a las insistentes peticiones por teléfono del entonces Gobernador para que se le concediera la audiencia que solicitaba. En virtud de la negativa a atenderlo, acudió al Secretario de Gobernación con base en el artículo 27 fracción VII de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo Federal, que dispone que corresponde a ese Secretario conducir las relaciones del Ejecutivo Federal con los gobiernos de los Estados.Los días primero y nueve de diciembre del mil novecientos noventa y ocho, MARIO VILLANUEVA se entrevistó con el Secretario de Gobernación, dándole a conocer su preocupación por la información que se estaba publicado por parte de la Procuraduría General de la República, así como su interés por obtener una audiencia con el Procurador y la negativa de éste para atenderlo.Por intervención del Secretario de Gobernación pudo obtener MARIO VILLANUEVA la cita con el Procurador, la cual se llevó al cabo el veintitrés de diciembre de mil novecientos noventa y ocho. Con notorias muestras de molestia por haber sido presionado para atender al entonces Gobernador, el Procurador lo recibió en su despacho en presencia del licenciado MARIANO HERRÁN SALVATTI, titular de la Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Contra la Salud (FEADS), y ante la solicitud de MARIO VILLANUEVA de que se le proporcionara la información relativa a las publicaciones sobre su supuesta participación en el narcotráfico, el Procurador le hizo entrega personalmente de un oficio que contenía un citatorio para que compareciera ante la FEADS tres días después, con objeto de que se le diera la información solicitada.Un detalle interesante de la entrevista con el Procurador consistió en que éste interrogó a MARIO VILLANUEVA sobre su supuesta participación en el Periódico "POR ESTO!" y las publicaciones que involucraban en el narcotráfico al Director del Banco Nacional de México, ROBERTO HERNÁNDEZ. Esto causó extrañeza al entonces Gobernador, ya que ese asunto no tenía ninguna relación con las acusaciones en su contra, era un problema que MARIO VILLANUEVA había tratado directamente con el Secretario de Gobernación y con el Presidente de la República, en virtud de que este último lo responsabilizó de las publicaciones en contra de ROBERTO HERNÁNDEZ, lo que también resultaba extraño, porque no parecía existir motivo para que el Presidente se constituyera en defensor de esa persona, y menos incurriendo en reclamos al entonces Gobernador por algo que no era cierto.
El veintisiete de diciembre de ese mismo año MARIO VILLANUEVA acudió a la cita y con sorpresa se enteró que comparecía en calidad de "inculpado", lo que significaba que existían imputaciones, es decir, acusaciones en su contra, de participar en hechos delictivos relacionados con el narcotráfico.De acuerdo con lo dispuesto por la Constitución Federal y las leyes penales, el Ministerio Público Federal tiene como función realizar la Averiguación Previa, consistente ésta en la investigación de los hechos delictivos de los que tiene conocimiento y en el caso que nos ocupa, de investigar las acusaciones que se habían hecho contra MARIO VILLANUEVA, que la Procuraduría General de la República estaba dando a conocer a través de los medios de comunicación.Por esas razones la Procuraduría tenía el deber, a través del Ministerio Público Federal, de darle a conocer a MARIO VILLANUEVA el contenido de las acusaciones, con el fin de que pudiera él aportar las pruebas necesarias para aclararlas en la misma etapa de la Averiguación Previa, lo que hubiera sido relativamente sencillo de hacer, ya que como podremos observar en el análisis que se hace en el documento anexo número dos, las acusaciones carecen de sustento, son falsas.La presencia del entonces Gobernador en FEADS constituía una comparecencia formal ante el Ministerio Público Federal, en la que esta autoridad se encontraba obligada a permitir a MARIO VILLANUEVA y a su abogado defensor el acceso a las actuaciones (actas) de la Averiguación Previa (investigación), en relación con los hechos de los que se le acusaba, cuyos datos debía proporcionarle. Esto, con base en lo dispuesto por los artículos 20 fracción VII de la Constitución General de la República y 13 de la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada.A pesar de lo establecido en los artículos señalados, el Ministerio Público Federal y los demás funcionarios de la Procuraduría se negaron a dar a MARIO VILLANUEVA los datos de las acusaciones, proporcionándole únicamente una relación de imputaciones cuyo texto, como podrá constatarse enseguida, era demasiado escueto, vago, general e impreciso, lo que impedía al acusado realizar la más mínima aclaración. Por parte de la Procuraduría estuvieron presentes en la comparecencia el licenciado JOSÉ LUIS SANTIAGO VASCONCELOS, Coordinador de Investigaciones de la FEADS, y el maestro JOSÉ TRINIDAD LARRIETA CARRASCO, titular de la Unidad Especializada Contra la Delincuencia Organizada (UEDO).Con el objeto de ilustrar debidamente lo que afirmamos a continuación transcribimos el texto íntegro de las acusaciones, tal como constan en el acta de la comparecencia.
ACUSACIONES PRESENTADAS EL 26 DE DICIEMBRE DE 19981.
Que es fama pública de su relación con el narcotráfico, información derivada, incluso, de publicaciones periodísticas.
2. Que se encuentra relacionado con la organización criminal de narcotráfico que opera en el Sureste del país y tiene como centro de operación la ciudad de Cancún, Quintana Roo, al mando del de nombre Alcides Ramón Magaña (a) "El Metro", asimismo que se encuentra relacionado con el narcotraficante de nombre Albino Quintero Meraz;
3. Que facilitó la introducción ilegal al país de cocaína y el transporte de la misma al Norte del país, para ser introducida a los Estados Unidos de América, que incluso se utilizó, para la descarga de la cocaína en territorio nacional, el hangar del Gobierno del Estado de Quintana Roo en la ciudad de Chetumal;
4. Que brinda protección a la organización criminal que comandan el señor Alcides Ramón Magaña (a) "El Metro" y el señor Albino Quintero Meraz;
5. Que por dicha protección ha recibido obsequios de esa organización, como un vehículo automotor y dos motos acuáticas Jet Sky;
6. Que se reunió en diversas ocasiones con narcotraficantes en un restaurante ubicado frente a la Presidencia Municipal de Cancún, Quintana Roo y que en dichas reuniones también participaba un narcotraficante colombiano y que, derivado de éste, se le relaciona con otros narcotraficantes de nacionalidad colombiana.
7. Que poseyó aproximadamente un kilogramo de cocaína para su consumo estando en un hotel de la ciudad de Cancún, Quintana Roo.Del texto de las acusaciones se observa la vaguedad e imprecisión que impedía toda la posibilidad de aclararlas, pues no referían hechos concretos. Cabe destacar incluso que la primera imputación, de tener fama pública de relación directa con el narcotráfico "...información derivada, incluso, de publicaciones periodísticas", resulta absurda y perversa, porque en Derecho Penal la fama pública no constituye delito y porque la referida fama pública fue creada al entonces Gobernador por la propia Procuraduría a través de la información dolosa que proporcionaba a los medios de comunicación y por la contenida en el documento del CISEN, que se divulgó con el mismo propósito.Conviene destacar que sin existir motivo alguno, porque no tiene ninguna relación con las acusaciones, en la comparencia los funcionarios de la Procuraduría le preguntaron a MARIO VILLANUEVA cuál era su relación con el Periódico "POR ESTO!", solicitándole que la aclarara. Esto consta en el acta de dicha comparecencia.

Para leer nota completa AQUI.

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