La reforma al artículo 65, fracción 12, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria son "inconstitucionales, porque van en contra de la Ley Federal del Trabajo (LFT)"; por esta razón, los trabajadores deben recurrir al amparo, para lo cual tienen como plazo hasta el 15 de noviembre, o interponer el recurso cuando se aplique por primera vez esa norma, afirmó el abogado laboral Arturo Alcalde Justiniani.
En entrevista, calificó lo ocurrido como un acto de "despojo más hacia los trabajadores técnicos y profesionistas que prestan sus servicios al gobierno federal", y sostuvo que con la finalidad de frenar esa ley, los diputados pueden promover una acción de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, para lo cual se requiere que lo hagan "33 por ciento de los integrantes de las cámaras de Diputados o de Senadores, como indica el artículo 105, fracción segunda, de la Constitución".
La reforma "está generando gran impacto en Petróleos Mexicanos (Pemex), Comisión Federal de Electricidad (CFE) y Luz y Fuerza del Centro (LFC); existe un auténtica revuelta y en el caso de la CFE, ésta emitió un comunicado urgente en el que dice que no se preocupen, porque van a buscar la manera de que no se aplique a los puestos de subgerente".
Después de señalar que el hecho de que los diputados hayan aprobado esos cambios demuestra una "grave omisión y una impericia técnica", el abogado dijo que éstas "son de esas leyes que van en paquete, y me temo que ni la leyeron". Comentó que son los mismos diputados quienes deberían echar atrás lo aprobado.
Precisó que los trabajadores de esos sectores son "importantísimos para la operación del servicio público, porque a los de base los han ido reduciendo en número vía retiro voluntario y subcontratación. Entonces, muchas dependencias y paraestatales funcionan en buena medida por ese sector, que no tiene horarios, no le pagan horas extras y los tratan como personal de confianza o de base cuando les conviene, es gente indefensa".
Además, dijo que debe replantearse qué es el personal de confianza, porque lo que se califica actualmente como tal no concuerda con la Ley Federal de Trabajadores al Servicio del Estado ni con la LFT.*
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