Arturo Alcalde Justiniani
A escondidas, pasando de noche a nuestros legisladores, se ha reformado la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, cuyo artículo 65, fracción XII, obliga a toda la administración pública federal, tanto del sector público central como paraestatal, a violar la Ley Federal del Trabajo en perjuicio de un inmenso número de trabajadores denominados “mandos medios, mandos superiores y personal de enlace”. Se trata del propio gobierno, aquel que tiene como obligación fundamental hacer respetar el estado de derecho; los destinatarios son miles de técnicos y profesionistas a quienes se les da trato de trabajadores de segunda.
Esta reforma señala que las condiciones de trabajo, los beneficios económicos y las demás prestaciones derivadas de los contratos colectivos y condiciones generales de trabajo de la administración pública federal no se harán extensivas en favor de los servidores públicos de mandos medios, superiores y personal de enlace. Esta disposición impone a los titulares de las dependencias que se rigen por los apartados A y B del artículo 123 constitucional, lo cual incluye secretarías de Estado, organismos descentralizados, desconcentrados, empresas paraestatales, banca de desarrollo y universidades autónomas, que realicen los actos y las “negociaciones” necesarias para que este sector quede expresamente excluido de los beneficios laborales que perciben los trabajadores en general.
Los altos directivos no se lesionan por esta exclusión, en virtud de los elevados salarios de que gozan, incluyendo prestaciones, gastos médicos y sistemas de retiro que se han otorgado a sí mismos con extrema impunidad. La verdadera intención es afectar a ese ejército de mandos medios y enlaces, que ha crecido por la marginalidad y acotamiento en que se encuentran los trabajadores de base, representados generalmente por sindicatos inmóviles, liderazgos cómplices y un conjunto de políticas de orden administrativo y presupuestal instrumentadas por el gobierno federal a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. Esta dependencia ignora cotidianamente la legislación laboral al imponer arbitrariamente sus propias clasificaciones, formas de contratación y supresión de derechos.
Los llamados “enlaces” son personal técnico y profesional, equivalentes a la categoría de analistas, con un salario ligeramente mayor; los “mandos medios” en la práctica no mandan a nadie, carecen de las garantías del personal sindicalizado y de los beneficios de los verdaderos empleados de confianza, y sin embargo, a ellos se les encargan las labores operativas cotidianas, de las que depende en gran medida la eficacia del servicio público. Son su columna vertebral.
La reforma viola el principio de extensibilidad contenido en el artículo 396 de la Ley Federal del Trabajo, el cual ordena que las estipulaciones de los contratos colectivos de trabajo (CCT) deben ampliarse a todas las personas que trabajen en la empresa, aunque no sean miembros del sindicato. Asimismo, violenta el artículo 184, el cual prevé que las condiciones de trabajo contenidas en los CCT se harán extensivas al personal de confianza, salvo disposición expresa pactada con el gremio. En otras palabras, la regla general es que opere un principio de igualdad en las condiciones de trabajo, y sólo excepcionalmente podrá operar una limitación a este derecho. Lo lesivo de la reforma es que otorga carácter de confianza a quien no lo es, suprime derechos sobre la base de la discrecionalidad y rompe con el principio general de igualdad; en otras palabras, una ley fiscal desplaza a la laboral. Este mecanismo se empieza a convertir en costumbre. La supresión de derechos la vienen sufriendo actualmente los profesionistas y técnicos de Petróleos Mexicanos, el Instituto Mexicano del Seguro Social y la Comisión Federal de Electricidad (CFE); la inconformidad en esta última dependencia obligó a un comunicado de emergencia firmado por el licenciado Fernando Bueno Montalvo, director de administración, buscando detener las protestas.
La dureza de la acción gubernamental se finca en la indefensión de los mal llamados trabajadores de confianza; saben que los sindicatos burocráticos no los defenderán y, por su parte, ellos tampoco confían en estos gremios. Los intentos de organización sindical propia han sido objeto de represión, como la sufrida por los trabajadores de confianza de Pemex en el sexenio pasado, una negra historia pendiente de contar. Algunos grupos han reaccionado acudiendo al amparo en contra de la ley, cuyo plazo vence el próximo 15 de noviembre; otros se limitan a compartir la angustia y la rabia con compañeros de trabajo.
El modelo laboral en el sector público requiere de una transformación que incluya a los trabajadores de base, hasta hoy sujetos a condiciones de trabajo extremadamente rígidas y salarios bajos; el reto es revisarlo en su integridad, buscando profesionalizar el servicio y mejorar su desempeño, sin menoscabo de los derechos laborales esenciales. En tanto se logra esta reforma de la administración pública, nada se gana colocando al personal mal llamado “de confianza” contra la pared.
Por lo pronto, es urgente lanzar una convocatoria nacional, al menos por sectores, para que estos indocumentados laborales, con la misma eficacia y responsabilidad que acreditan cotidianamente en su labor, hagan sentir su voz y ejerciten plenamente la defensa de sus derechos como servidores públicos y trabajadores.
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