Debate sobre el aborto
Foto: octavio gómez
México, D.F., 11 de abril (apro).- El 26 de abril pasado, la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF) reformó el Código Penal local en lo referente al delito de aborto. Hasta antes de la reforma, el artículo 144 de dicho ordenamiento legal definía al aborto como la muerte del producto de la concepción en cualquier momento del embarazo. La sanción oscilaba de uno a tres años de prisión si lo hacía la mujer o mediaba su consentimiento. A partir de la reforma, el aborto se define como la interrupción del embarazo después de la décima segunda semana de gestación, lo cual viene a “despenalizar” la muerte provocada del producto acaecida antes de ese periodo.Más aún, la reforma en comento redujo considerablemente la sanción privativa de libertad para la mujer que llegase a abortar. La pena va de los tres a los seis meses de prisión. Si el aborto lo causare un médico cirujano, enfermero o practicante, se le suspenderá en el ejercicio de su profesión. Inconformes con las reformas, la Procuraduría General de la República (PGR) y la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) interpusieron acción de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, juicio que aún está pendiente de resolución, y que tal vez se dirima en octubre (por cierto el día 31 de marzo, la Corte anunció que recibirá en audiencias públicas a las partes enfrentadas en este juicio).Dos posiciones antagónicas subyacen en el debate: por una parte, la que considera al concebido no nacido como un ser humano y, por otra, la que afirma que este status se adquiere después de la décima segunda semana de embarazo, por ser el momento en la que se ha formado la corteza cerebral.La embriología, la biología molecular y la bioética juegan un papel de primerísima importancia en el debate que tienen sobre la mesa los ministros de la SCJN.Cifras que abarcan hasta enero de 2008, muestran que se han practicado 6 mil 400 abortos en el Distrito Federal, y sólo en 0.4% de los casos hubo alguna complicación, falleciendo una sola persona; y de la cifra total, aproximadamente 6% son personas que no radican en la capital de la República; es decir, el aborto se toma en su justa dimensión, ya que los opositores a esta medida planteaban la posibilidad de que la Ciudad de México se convertiría en el “paraíso” del aborto en el país, y los números muestran que no es así.El beneficio social que trae consigo la despenalización del aborto es significativo: según cifras de la ONU, en países donde el aborto es legal, las tasas de mortalidad son de una por cada cien mil abortos, al contrario de donde se penaliza esta práctica, donde la cifra es mil veces mayor, esto es, mil por cada cien mil. (Y habría que considerar que en México se practican un millón 700 mil abortos al año, según cifras avaladas por el gobierno federal).Pero hagamos un somero recorrido histórico. En la antigua Grecia, Platón (más que de aborto, habla del infanticidio) y Aristóteles propiciaron la práctica del aborto por cuestiones de salud social (aborto eugenésico) y por razones del buen desarrollo del Estado.Aristóteles piensa ya en que la licitud del aborto lo marca la vida, la viabilidad e, implícitamente, este filósofo afirma que un feto es susceptible de ser abortado, pues no ha comenzado ni a sentir ni a vivir.En Roma se consideraba al embrión o feto como parte de las entrañas de la embarazada, en consecuencia, el aborto no era calificado como un delito, pues si la mujer abortaba, no hacía otra cosa que disponer de su propio cuerpo. Algo similar a lo que en la actualidad alegan las organizaciones feministas. Una sociedad que en su mayoría practica el catolicismo se encuentra en la disyuntiva del pecado que lleva aparejada la excomunión; pero, a decir de la organización Católicas por el Derecho a Decidir, la mayoría de las mujeres que practican esta religión no piensan que cometen “pecado” al abortar, ya que al ser una decisión tomada a conciencia y con libre albedrío, y al ser éstas, cualidades superiores protegidas por la Iglesia, no se convierte en pecado; por tanto, no habría excomunión ni automática ni declarada.Esto por lo que toca al factor religioso, que si no es lo que debe determinar una decisión de esta envergadura, sí es de tomarse en cuenta.Además, cabe advertir que no debemos tener regresiones indeseables, ni asimilar nuestro sistema neorromanista al sistema jurídico-religioso del Islam, en el cual la religión es fuente de derecho, es decir, no hay fronteras entre el delito y el pecado, porque si así fuera en nuestro caso, entonces tomemos el Código Canónico como fuente de derecho sancionado por el Estado mexicano y que la Suprema Corte quede en manos de la Congregación para la Doctrina de la Fe. Así mismo, siguiendo a un gran filósofo cristiano, Tomás de Aquino, afirmaremos hipotéticamente que se comete asesinato contra una persona, y que esta persona es tal hasta que tiene forma humana, no antes, es decir, hasta que su alma ha tomado posesión del cuerpo. El feto tiene vida vegetativa, de ninguna manera es vida humana.Tomás de Aquino era partidario de la “animación retardada”, cuya teoría la Iglesia católica había adoptado como doctrina, y que sólo fue sustituida por patrañas como la “animación inmediata”. ¿Qué obispo se atrevería a excomulgar a Tomás de Aquino hoy?Moralmente, los que apoyan la penalización del aborto argumentan el “respeto a la vida”. Sí, hay que defender la vida. Pero el aborto no se hace por diversión, sino que se tiene que interrumpir el desarrollo de la vida por la conservación de otro ser humano, que es la madre; esto es, no es inmoral acabar con la vida en una circunstancia determinada.El que comete aborto es un asesino, dicen para apoyar su penalización; pero “asesinato” es dar muerte a una persona humana, no a un feto. Al desarrollarse, el feto humano toma diferentes estructuras biológicas, es decir, en su evolución embrionaria, va alcanzando formas de pez, anfibio, mamífero inferior, antropoide y, evidentemente, nadie ha ido a parar a la cárcel por “asesinar” a un pez para comérselo.Al pescar un pez no se está fomentando el amor a la muerte, sino la supervivencia del ser humano; al abortar, las mujeres no impulsan la muerte como forma de vida, si es que cabe ese contrasentido, sino que buscan su supervivencia.Legalmente, la prohibición del aborto ha traído las mismas consecuencias que la prohibición de las drogas: violaciones a la ley que, al contrario de proteger la vida, han hecho que más vidas humanas se pierdan debido a su ineficacia y absurda prohibición. Además, impulsa la perpetración de otros delitos y de inmoralidades más complejas: abandono de niños, infanticidios, maltratos, hambre, desintegración familiar, etcétera. El aborto es una cuestión de salud pública, de salud social, de importancia capital para el reconocimiento pleno de los derechos de las mujeres. Se ha demostrado que un país avanza y se democratiza en mayor medida en función de las libertades que se reconocen a las mujeres.
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