Es decir, la Iglesia no tiene obligaciones morales con sus feligreses y cuando éstos sean violentados por sus representantes puede callarse haciéndose cómplice de los sacerdotes violadores. He ahí sus parámetros éticos.
Quien comete abuso debe dar asesoría espiritual, pastoral y sicológica a su víctima, dice.
Es decir, ¿el abusador que evidentemente está mal espiritual, pastoral y psicológicamente es quien va a darle ese tipo de asesoría a su víctima?
Por cuestiones de edad o enfermedad, el culpable podría no ser excluido de su ministerio
Es decir, si es viejo o está enfermo se le exculpa sin importar el daño que le hizo a todos los niños y niñas a quienes violó.
Alma E. Muñoz
La arquidiócesis de México determinó desde enero pasado que “no tiene la obligación de denunciar a un clérigo culpable de abuso sexual”. Asegura que la ley debe proceder contra el causante del ilícito “solamente por queja del ofendido o su representante”.
Es decir, si el ofendido que por lo general es un niño o niña muchas veces incapaz de quejarse, éste tendrá que soportar el abuso aunque haya adultos que sepan que se está abusando de él.
Determina, asimismo, que cuando un obispo, sacerdote o diácono cometa alguna falta relacionada con abuso sexual a un menor, ese religioso está obligado a ofrecerle a la víctima “la asesoría sicológica, espiritual y pastoral necesaria para tratar de resarcir el daño”. Y si el caso lo amerita, “asumir con responsabilidad las consecuencias canónicas y civiles” que correspondan.
¿Cómo un sacerdote enfermo mental que contraviene los mandatos de la Iglesia (porque supongo que ésta no lo autoriza a abusar sexualmente de los menores) puede "tratar de resarcir el daño" si el que está más dañado es el religioso mismo?
Lo anterior forma parte del compendio “Criterios de la arquidiócesis de México en relación con comportamientos inadecuados, principalmente con menores, que pudieran suceder por parte de clérigos”, presentado por el obispo auxiliar Marcelino Hernández Rodríguez en la Gaceta Oficial de la Curia, con fecha enero-junio 2007, y ordenado por el cardenal Norberto Rivera Carrera, a quien en septiembre del año pasado se acusó, en Estados Unidos, de presunto encubrimiento del sacerdote pederasta Nicolás Aguilar Rivera.
Es decir que el compendio "Criterios de la arquidiócesis..." es un compendio de estupideces e inmoralidad.
En el texto, la arquidiócesis se compromete a cooperar con las autoridades civiles para facilitar la investigación en torno a una denuncia por ataque sexual cometido por un religioso, “cuidando la confidencialidad y todo el respeto a los derechos humanos tanto de la víctima como del acusado”, siempre y cuando el afectado o alguno de sus representantes interponga la denuncia correspondiente.
A la fecha no ha cooperado, por el contrario, ha obstaculizado las investigaciones.
Pero antes de cumplir con ese compromiso, el arzobispo –en este caso el cardenal Rivera Carrera– ordenará una “seria investigación” que procure la “clara verdad de los hechos”, para evitar que sus clérigos sean víctimas de denuncias falsas.
En vez de defender a las víctimas, se les persigue para acusarlos de que hacen denuncias falsas.
El arzobispado de México ofrece a obispos, sacerdotes o diáconos que tienen inclinación al abuso sexual o que en el pasado lo han cometido, dar cuenta por sí mismos para recibir la ayuda necesaria tanto en el campo espiritual como en el sicológico, y si se comprueba que alguno cometió “alguna falta que involucre a un menor, debe ofrecerle (a la víctima) la asesoría sicológica, espiritual y pastoral necesaria para tratar de resarcir el daño”.
Otra vez con la misma contradicción: el que está dañado sicológica, espiritual y pastoralmente no puede dar asesoría a nadie porque el que necesita asesoría es él. Cómo se puede ser tan estúpido y seguir con esa flagrante necedad.
Para la Iglesia católica, la corrupción de menores, el hostigamiento sexual, el abuso sexual, el estupro y la violación cometidos por alguno de sus representantes son pecados graves y “contrarios a la moral y la doctrina cristiana”, además de ser delitos “severamente castigados por la ley civil y eclesiástica”.
Hasta ahora no vemos que hayan sido castigados por el contrario se les mueve de lugar para que sigan con sus abusos.
La curia metropolitana precisa en el compendio que normalmente no investiga acusaciones anónimas basadas en sospechas o murmuraciones sin fundamento, aunque sí trata con “respeto y atención” las recibidas de viva voz o por escrito.
De acuerdo con el procedimiento establecido para atender las acusaciones por abuso sexual contra clérigos, existe la posibilidad de cerrar un caso y guardarlo en el expediente personal del imputado, si éste ofrece una explicación “creíble” de su comportamiento y se carece de evidencias, testigos o acusaciones previas de alguna falta similar.
¿Explicación "creíble" de un delito? ¿Y si se carece de "evidencias, testigos o acusaciones previas de alguna falta similar", el niño o la niña tienen que soportar los abusos? ¿Cuáles serían las "evidencias"? ¿Es "creíble" que el pederasta va a abusar de un niño o niña ante testigos? ¿El que nadie lo haya acusado previamente significa que es incapaz de haber cometido el delito?
Si un religioso ya ha sido acusado de abuso sexual o existe en su contra una “sospecha razonable”, se le someterá a una evaluación de personalidad “para tener mayor certeza” de su conducta, y se tomarán “medidas cautelares, ya sea traslado o suspensión”, además de que se realizará un careo entre las partes involucradas y, si es oportuno, “se pondrá el resultado por escrito”.
Lo dicho, se le traslada para que siga cometiendo el delito pero en otro lugar.
Una vez que el arzobispo reciba un reporte completo de todo lo anterior, éste determinará, junto con el equipo que haya nombrado para el manejo de los casos de abuso sexual –integrado por cinco personas–, el procedimiento a seguir.
Si el denunciado no acepta las indicaciones que le haga el arzobispo, éste “puede iniciar el proceso canónico más adecuado para proteger a la comunidad cristiana”, como es remover del cargo al acusado, retirarle facultades, impedir el ejercicio de su ministerio o imponerle algún otro castigo.
Pero si el clérigo admite la acusación, se le retirará del ejercicio público de su ministerio y de cualquier cargo eclesiástico. En caso de que su “mal comportamiento fuera tan grave”, se le podría expulsar del estado clerical, ofreciéndole ayuda espiritual y terapia sicológica adecuadas.
Aunque la arquidiócesis advierte que un solo acto delictivo comprobado es suficiente para que un religioso no reciba más nombramientos para servir en parroquias, escuelas, ministerios pastorales o cualquier otro cargo, señala que se puede retornar al ministerio activo con restricciones y un programa de seguimiento, aunque se reservarán algunos casos por “especiales circunstancias (abuso de menores –especifica, así entre paréntesis–) para que sea la sagrada congregación para la doctrina de la fe la que diga al arzobispo cómo proceder.
Destaca, en el compendio dirigido a sacerdotes, que un clérigo podría no ser excluido de su ministerio, aunque sea culpable de abuso sexual, por razones de edad o enfermedad. Sin embargo, aclara que “deberá llevar una vida de oración y penitencia sin celebrar públicamente o administrar sacramentos. Vivirá con discreción y sin exhibirse como sacerdote”.
En los casos en que hubiera escándalo, el equipo del arzobispado estudiará la oportunidad de informar a la comunidad sobre las determinaciones tomadas, “con el fin de propiciar la pronta recuperación del daño social”.
Es inconcebible que millones de mexicanos sean guiados espiritualmente por una institución que ha demostrado por siglos ser la peor lacra que ha tenido la humanidad. ¡Que asco!
Suscribirse a:
Comentarios de la entrada (Atom)
No hay comentarios.:
Publicar un comentario