lunes, febrero 25, 2008

La experiencia Venezuela-Exxon y las “asociaciones”

Antonio Gershenson

El domingo pasado se publicó en estas páginas amplia información sobre la pugna de la trasnacional Exxon Mobil (antes Standard Oil of New Jersey y Standard Oil of New York, que fueron ambas parte de Standard Oil Company) con Venezuela y su compañía pública petrolera, PDVSA. Esta experiencia, como también se señala en esa entrevista, muestra el grave error que representan los convenios o contratos de Petróleos Mexicanos (Pemex) con empresas trasnacionales.

Las declaraciones oficiales defendiendo que por ley se puedan dar asociaciones de Pemex con empresas privadas, que principalmente serían extranjeras, en realidad ocultan lo que ha pasado. Ya se han firmado diversas formas de asociación, y lo que quieren es legalizarlas después de haberlas firmado, y además ampliar su campo de acción. Los contratos de servicios múltiples en realidad incluyen obras públicas, pero violan la ley de obras públicas federal, y entonces les llaman de servicios. Otros contratos han encomendado a trasnacionales actividades de la industria petrolera, a pesar de que el artículo 27 de la Constitución dice que:

“Tratándose del petróleo y de los carburos de hidrógeno sólidos, líquidos o gaseosos o de minerales radioactivos, no se otorgarán concesiones ni contratos, ni subsistirán los que en su caso se hayan otorgado y la Nación llevará a cabo la explotación de esos productos, en los términos que señale la Ley Reglamentaria respectiva.”

Es evidente que la ley reglamentaria debe reglamentar, no violar la parte inmediata anterior de la Constitución. Tampoco podrían inventar un tercer nombre para esas asociaciones, que no sea concesión ni contrato, porque la misma Constitución dice, antes de lo que acabamos de citar, que “Corresponde a la Nación el dominio directo de todos los recursos naturales... el petróleo y todos los carburos de hidrógeno sólidos, líquidos o gaseosos (...) En los casos a que se refieren los dos párrafos anteriores, el dominio de la Nación es inalienable e imprescriptible y la explotación, el uso o el aprovechamiento de los recursos de que se trata, por los particulares o por sociedades constituidas conforme a las leyes mexicanas, no podrá realizarse sino mediante concesiones, otorgadas por el Ejecutivo Federal, de acuerdo con las reglas y condiciones que establezcan las leyes”.

La actividad petrolera mencionada “no podrá realizarse sino mediante concesiones” y, como se dijo antes en el texto citado, en esta actividad “no se otorgarán concesiones ni contratos”, pues toda actividad privada en materia petrolera está prohibida por este artículo 27 constitucional.

Así que se trata de “legalizar” actividades prohibidas, aunque sea violando la Constitución. Pero la experiencia de Exxon Mobil muestra posibles futuras consecuencias de semejantes asociaciones. Exxon está demandando el congelamiento de miles de millones de dólares, por cantidades que superan incluso lo que esta trasnacional demandaba como pago por indemnización. Hay que recordar que, a diferencia de otras empresas petroleras, Exxon Mobil se negó a quedar como socio minoritario de PDVSA, y exigió indemnización por parte de la misma por su salida. Es más, de 32 empresas a las que se planteó que ya no era legal el esquema anterior y que debían renegociar su situación para quedar como socios minoritarios de PDVSA, 30 han aceptado ya.

Como, del mismo modo que se ha hecho aquí en las diversas formas de asociación con trasnacionales, se establece que el fallo en caso de diferencias estará a cargo de tribunales extranjeros (esto fue aceptado por un gobierno derechista anterior de ese país), y como la trasnacional tiene mucha mayor fuerza económica y política en el país sede del tribunal que Pemex o PDVSA, ya lleva ventaja. De ahí que Asigne ya haya logrado algunos triunfos en esos tribunales en perjuicio de PDVSA. Y no podemos estar sujetos a que, en el futuro, suceda lo mismo con Pemex. Los tecnócratas dejan firmados convenios u otras formas de asociación, prohibidos por la Constitución, pero los tribunales no están sujetos a la Constitución mexicana sino a otras leyes. Hay que señalar que en Venezuela ahora no se permiten contratos en los que se establezca un arbitraje internacional o extranjero, sólo puede haber arbitraje nacional.

Otra experiencia venezolana importante es que la derecha entonces gobernante dio autonomía a PDVSA, con lo cual ésta empezó a operar como una empresa más, que trataba con otras empresas, y eludió todo control de los organismos públicos, sacando incluso del país un número creciente de operaciones. Esto se revirtió y PDVSA ya es nuevamente del Estado. Ahora hay quienes plantean lo mismo para Pemex, sin considerar esa experiencia.

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