Antonio Gershenson
Ya hemos hablado del carácter anticonstitucional de los contratos de la iniciativa de cambios en la legislación petrolera. También de otros rasgos especialmente nocivos, no sólo para Pemex sino para la nación. Ahora nos referimos a otro elemento que favorece a las trasnacionales petroleras, en perjuicio del Estado mexicano y del país.
Se trata del arbitraje. La Ley Orgánica de Pemex que se propone, en su artículo 44, inciso VII, que en caso de controversia (entre Pemex y la empresa con la que firma o firmó el contrato) relacionada “con la licitación, adjudicación o ejecución de los contratos”, entre las opciones incluye la de que sea ante los tribunales arbitrales internacionales.
Esto ya se ha hecho al firmar contratos, pero no hay ninguna justificación. Son problemas nacionales, las empresas deben estar constituidas conforme a las leyes mexicanas (esa es una de las funciones de las filiales mexicanas de las trasnacionales) y nada justifica que se recurra a tribunales arbitrales antinacionales.
En semanas recientes se han publicado en estas páginas experiencias de otros países. Tuvo repercusión el caso de la Exxon Mobil contra Venezuela. Aunque la casi totalidad de las empresas extranjeras que trabajaban en ese país aceptaron de manera negociada que la empresa pública petrolera tuviera 60 por ciento de las acciones de la filial venezolana, la trasnacional mencionada, la mayor del mundo, demandó a gobierno y entidad venezolanos por un monto muy superior al valor de la empresa en cuestión. La atención se concentró en Inglaterra, y Venezuela ganó totalmente el juicio. Pero esto pudo suceder porque anteriores gobiernos derechistas aceptaban tribunales internacionales, lo cual en ese país ya está prohibido. Cito el ejemplo porque un pretexto para incluir este tipo de condiciones en los contratos es que si no se hace así, la inversión extranjera no va a venir. Y en Venezuela no sólo se quedó con contratos que prevén tribunales nacionales únicamente, sino que la mayoría del capital era de la empresa pública.
De modo que se trata de favorecer, innecesariamente, a las trasnacionales, en perjuicio de la parte nacional. Ya conocimos recientemente el caso de Repsol, a la que se le compra gas natural a más del triple de lo que ella paga en Perú. Y ahora se le quiere dar a este tipo de actos un soporte legal en materia petrolera.
Por si fuera poco lo anterior, en el siguiente artículo de la mencionada ley que se propone, el 45, se hace una lista de casos, adicionales a los de la legislación normal, en los que se permite adjudicar directamente y sin necesidad de concurso o licitación los famosos contratos. Uno de estos casos lo constituyen:
“Las contrataciones con el propósito de desarrollar innovaciones tecnológicas relacionadas con el objeto de Petróleos Mexicanos y sus organismos subsidiarios”. La transnacional “elegida” tiene su innovación tecnológica, las cuales abundan y pueden ser hasta de detalle, y ya. Se le adjudica el contrato y además se le puede agregar al mismo que los conflictos se van a arbitraje internacional, incluso precisando el tribunal internacional al gusto de la trasnacional petrolera.
Para que nadie meta después la mano, el organismo de control que depende del Congreso de la Unión es omitido de los que deben vigilar estos procesos. Todos los que “fiscalizan” dependen del Ejecutivo y/o son nombrados por él.
Da la impresión de que, para redactar estas partes de la legislación propuesta, alguien estuvo revisando los más recientes escándalos relacionados con concursos y con trasnacionales beneficiadas, y pretendió “legalizar” los elementos que mostraron ser más indefendibles. Vamos a ver si semejantes joyitas pueden pasar y ser aprobadas por las cámaras legislativas, con toda la movilización y las protestas que estamos viviendo, y con toda esta discusión que apenas empieza.
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