Rechaza el IFAI atender una solicitud al respecto
Es decir, que el Instituto Federal de Acceso a la Información, se convirtió en Instituto Federal de Cierre a la Información
Elizabeth Velasco C.
El pleno del Instituto Federal de Acceso a la Información (IFAI) clasificó como confidenciales por tiempo indefinido los ingresos mensuales y bimestrales que de 1999 a 2006 obtuvo la Comisión Federal de Electricidad (CFE) de las 133 empresas, grupos financieros y comerciales más importantes del país, mismos que cotizan en la Bolsa Mexicana de Valores.
Entre estos grupos están Cemex, Grupo Carso, Teléfonos de México, Altos Hornos, Bimbo, Minera Autlán, Citigroup, Industrias Bachoco, TvAzteca, Televisa, Bimbo, Modelo, Elektra, Herdez, Gruma, BBVA, Famsa, Grupo Financiero Banorte, ICA y otros.
Se trata de que los atracos de estas empresas al erario sean tapados por el IFAI para que no haya problemas.
En momentos en que en el paquete económico del gobierno federal se propone un subsidio de 7 mil 443 millones de pesos al consumo energético de las grandes empresas, la comisionada María Marván Laborde resolvió (en el expediente 2371/07) que procede ratificar la clasificación establecida por la CFE.
Ese organismo paraestatal argumentó que con “dar a conocer el consumo individual de un cliente se podría llegar a saber su costo de producción”, el cual “se define con base en el costo de ciertos insumos, entre ellos el de electricidad”.
También, dice la CFE, revelar esos datos implicaría una “desventaja competitiva” para la persona moral de que se trate, porque “el monto solicitado, asociado con las tarifas que publica la Secretaría de Hacienda, favorecería el cálculo del consumo de energía que cada una de las personas morales ha realizado”, y al “otorgar acceso a la información de los consumos se podría llegar a deducir las cargas que tiene conectadas al suministro”.
La clasificación de esa información se hizo con base en el artículo 18 fracción II de la Ley Federal de Transparencia (LFT), que protege datos personales. La CFE alegó que esa información tiene el carácter de “datos personales relacionados con el patrimonio, en tratándose de las personas morales y físicas”.
El ciudadano que requirió la información alegó que no solicitaba el consumo individual de energía de las empresas, ni datos personales físicos, y que el cobro de energía eléctrica por parte de la CFE, al ser un ingreso, forma parte de su presupuesto; por lo tanto, es información de carácter público, entre otros argumentos.
“No proporcionar la información requerida a la Comisión Federal de Electricidad equivaldría a hacer nugatorio el derecho a la información establecido en la Constitución (...), en la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública gubernamental y en las demás disposiciones jurídicas aplicables”, consignó el solicitante.
Sin embargo, la comisionada Marván retomó como precedentes para emitir su resolución los expedientes acumulados del IFAI 196/07, 197/07 y 2281/06 –resueltos por la propia Marván Laborde, Alonso Gómez Robledo y Juan Pablo Guerrero–, en los que se ratifica la confidencialidad de esos datos; también numerosas tesis de jurisprudencia administrativa en favor de la reserva de datos con carácter contable y administrativo, así como el artículo 14 de la Ley Federal de Transparencia relativo a los secretos comercial, industrial, fiscal, bancario, fiduciario y otros considerados así por alguna disposición legal.
Siempre dizque muy "legales", habría que considerar que esa palabra ha cambiado su significado por su antónimo.
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