miércoles, noviembre 14, 2007

Boletín Informativo ISA núm 258

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Sumario:

I. Los acuerdos secretos en el IMSS buscan terminar con el sistema solidario de seguridad social, declaran las secretarias de Trabajo y de Salud del gobierno legítimo de México

II. Propone el diputado José Antonio Almazán echar atrás las legislaciones aprobadas recientemente que vulneran derechos constitucionales y laborales de los servidores públicos

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LOS ACUERDOS SECRETOS EN EL IMSS BUSCAN TERMINAR CON EL SISTEMA SOLIDARIO DE SEGURIDAD SOCIAL, DECLARAN LAS SECRETARIAS DE TRABAJO Y DE SALUD DEL GOBIERNO LEGÍTIMO DE MÉXICO

Los convenios firmados a raíz de la revisión contractual entre el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y el Sindicato Nacional de Trabajadores del Seguro Social representan la decisión del gobierno espurio de acabar con el sistema solidario de seguridad social del país y, al mismo tiempo, finiquitar el Estado de bienestar para millones de trabajadores del IMSS, afirmaron las secretarias del Trabajo, Bertha Elena Luján Uranga, y de Salud, Asa Cristina Laurell, del gobierno legítimo de México.

Las funcionarias lopezobradoristas recordaron que el secretario de Trabajo y Previsión Social del gobierno usurpador, Javier Lozano Alarcón, declaró que “lo pactado entre el IMSS y el sindicato es una promesa de contrato o una carta de intención consensuada por representantes de ambas partes, que de concretarse sería el cambio histórico que el IMSS ha estado esperando por años”.

Sin embargo, Luján Uranga y Laurell destacaron que los convenios firmados a raíz de la revisión contractual fueron negados y escondidos por parte del director del IMSS y por el secretario general del sindicato de esta institución.

Señalaron también que Lozano Alarcón afirmó que con el convenio “se trata de que las nuevas generaciones de empleados en el Seguro Social asuman el costo de su retiro”, lo que se entiende como la intención de que este gremio asuma “el incremento en los años de servicio necesarios para jubilarse, así como el que se fije “un mínimo de edad para acceder al retiro”, lo que es calificado por llos gobiernos de la derecha como ir “a tono con los nuevos tiempos”.

“Lo que Lozano no dice es que dichos convenios fueron firmados a espaldas de los trabajadores del IMSS y de los mismos órganos de gobierno del instituto. Que hasta la fecha dichos acuerdos permanecen ocultos y que tanto la dependencia que él encabeza, como el IMSS se han negado a entregarlos a quienes los han solicitado”, expresaron las integrantes del equipo de gobierno de Andrés Manuel López Obrador.

Con sus declaraciones, indicaron, “Lozano Alarcón ha dejado muy claro el proyecto que el gobierno espurio plantea para los trabajadores de la institución de salud más grande del país: acabar con el sistema solidario de seguridad social y con el Estado de bienestar de tajo, al costo que sea. Además el gobierno usurpador pretende convertir al sistema de pensiones en un fondo de ahorro con las aportaciones sólo de los trabajadores, pero un fondo que se constituye obligatoriamente, con montos, forma de administración, retiros, entre otros, y decididos por quien nada va a aportar que es el patrón, en este caso, el Instituto Mexicano del Seguro Social”, comentaron.

“Como colmo del descaro ―concluyeron Bertha Luján y Asa Cristina Laurell― Javier Alarcón se ostenta como “secretario del Trabajo y Previsión Social” en el país y presenta como un éxito el cambio regresivo en las condiciones para la jubilación, así como en su momento lo hizo ante la aprobación de la inconstitucional Ley del ISSSTE”. “A declaración de parte, relevo de prueba. Los trabajadores y el pueblo de México tienen la palabra” afirmaron.

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PROPONE EL DIPUTADO JOSÉ ANTONIO ALMAZÁN ECHAR ATRÁS LAS LEGISLACIONES APROBADAS RECIENTEMENTE QUE VULNERAN DERECHOS CONSTITUCIONALES Y LABORALES DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS

El pasado 9 de noviembre, el diputado electricista José Antonio Almazán presentó al Poder Legislativo una iniciativa que permita revisar aspectos de las leyes hacendarias y del presupuesto de egresos que contravienen a la carta Magna en su histórico y central artículo 123 relativo a los derechos laborales.

La siguiente es la intervención de Almazán al respecto.

Ni Fox se atrevió a tanto. Promulgó la LFPRH y su Reglamento en marzo y junio de 2006, pero sin afectar las prestaciones y prerrogativas que la Constitución y las leyes laborales, la lLy Federal del Trabajo, otorga a los servidores públicos de la administración pública federal.

Salvo en el Presupuesto de Egreso de la Federación (PEF) en el que de manera recurrente desde 2001 presentó para anular estos derechos y prerrogativas a los servidores públicos de mando y personal de enlace, en redacciones parecidas al artículo 20 del actual Proyecto de PEF 2008, sobre el que he presentado Reserva que será discutida a partir de la próxima semana.

Pero incluso habría que puntualizar que Fox fue más cuidadoso en su redacción, respetando los derechos adquiridos por Constitución y leyes laborales a los servidores públicos. Haciendo explícito la no retroactividad con redacciones como la siguiente:

“Asimismo, deberán verificar que las modificaciones relativas a prestaciones que se realicen en el presente ejercicio fiscal, respeten los derechos adquiridos que, por disposición expresa, gocen los funcionarios públicos y personal de enlace”.

“Para el caso de los funcionarios públicos y personal de enlace de nuevo ingreso, sólo les serán aplicables las prestaciones que se encuentren registradas y autorizadas ante la Secretaría”.

Por supuesto que no fue el Ejecutivo Federal el que presentó la inconstitucional reforma al artículo 65 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, que adicionó la nueva fracción XII. Fue el PRI el que le hizo la tarea sucia a Calderón.

Dicha reforma al artículo 65 es de origen inconstitucional, pues contradice principios básicos del artículo 123, tanto en lo relativo al principio de a trabajo igual salario igual, la no retroactividad en la aplicación de la Ley; además que entra en contradicción con lo establecido en el artículo 184 de la LFT que hace extensivo los beneficios de la contratación colectiva a los trabajadores de confianza. Vulnera el principio de supremacía de las leyes en materia laboral, pues mediante una adición en una Ley Presupuestal anula derechos laborales adquiridos. Coloca en estado de indefensión a los servidores públicos de confianza. Bueno en el colmo, lo que aquí se votó además de mal redactada, pues ni siquiera recoge mejores redacciones anteriores que vienen desde el 2001, está ubicada en un artículo que regula el cómo realizar el pago de los servicios personales.

En el colmo de los colmos, dicha inconstitucional reforma adición en el artículo 65 de la LFPRH entra en contradicción con el artículo 64 en su fracción I de la misma ley que establece la obligación de integrar las remuneraciones de los servidores públicos a lo que constitucional y legalmente corresponda y también contradice la fracción IV del artículo 65 de esa ley que establece la obligación de sujetar el pago de las remuneraciones de los servidores públicos a lo dispuesto en las leyes laborales.

Para variar, esta inconstitucional e ilegal reforma al artículo 65 de la LFPRH fue cocinada en lo oscurito. Calderón no la envió en su propuesta de reforma a la LFPRH. Pero el PRI le hizo el trabajo sucio, presentando esta modificación un día antes, escondida en un mar de hojas y de 8 reformas a leyes que integraron la llamada miscelánea fiscal. Y el mismo día, el 13 de septiembre, en que se votó este conjunto de leyes, presentó la nueva redacción en un anexo entregado unos minutos antes de la votación.

La redacción que hoy se propone en el artículo 20 del PEF 2008 incurre en las mismas violaciones y contradicciones que he señalado en relación al recién reformado artículo 65 de la LFPRH, pues la redacción es la misma. Además es vaga y confusa, pues entra en contradicción con lo aprobado en el artíulo 65 que habla por un lado de mandos medios y superiores de los servidores públicos y personal de enlace en su primer párrafo y en el segundo sólo se refiere a servidores públicos de mando y personal de enlace.

Lo aprobado el 13 de septiembre de este año es un engendro jurídico, que será objeto de amparos de miles de trabajadores que han sido afectados en sus derechos. No cometamos el ridículo nuevamente de ser enmendados en nuestro trabajo legislativo por el Poder Judicial.

Por todo ello, propongo corregir la redacción del artículo 20 del PEF 2008 y convoco al Poder Legislativo a revisar de inmediato la reforma al artículo 65 en su fracción XII, para hacerla congruente con lo que la Constitución y las leyes laborales establecen.

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